miércoles, 24 de junio de 2015

Cómo hacer que funcione un matrimonio.

En el transcurso de la vida tenemos momentos especiales y uno de esos es el matrimonio, que en el caso de ser legalizado genera una serie de responsabilidades, deberes y derechos que la pareja debe asumir sabiendo plenamente todo lo que implica.

El Código de Familia Salvadoreño es muy preciso al definir el matrimonio en el artículo 11 y expresa, que es la unión legal de un hombre y una mujer, con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida. Si, en efecto, el matrimonio es un compromiso que se adquiere para sostenerlo de manera plena, ante los ojos de todo el mundo y de forma permanente en toda la vida. Al menos esa es la idea, ese es el objetivo que todos deberían perseguir.


En Latinoamérica los matrimonios legalizados son cada vez menos y muchos de los valientes que deciden unir su vida a otra persona con las formalidades que la ley plantea, en un corto periodo de tiempo estarán considerando impulsar una disolución definitiva. Una razón que destaca es precisamente no tener la madurez y la comprensión plena de todo lo que implica el matrimonio. No se trata tener profundos conocimientos sociológicos o jurídicos para que un matrimonio funcione y permanezca en el tiempo, personalmente creo que son dos los aspectos los que garantizan la existencia y subsistencia de un matrimonio.

Trabajar en equipo: El día de su matrimonio usted hace una promesa,  que implica nunca abandonar a su pareja y resolver todos los problemas de manera conjunta, como equipo. Los compromisos al contraer matrimonio no deben ser considerados como un problema, el matrimonio es bueno, el compromiso que se adquiere es bueno, legalizar el matrimonio lo hace estable ante la ley y la sociedad. Con su  matrimonio tiene la seguridad que aun cuando surjan problemas ninguno de los dos pensará en abandonar el proyecto “familia”; entre cónyuges debe existir esa mística de aprender a resolver todo de forma conjunta, abandonando el egoísmo, pensando en los intereses del otro, por el bien de ambos como equipo.


Cultivar la Lealtad por el otro cónyuge: Como todo lo bueno, cuesta, pero es posible lograrlo. Con la Lealtad se tiene la certeza que a pesar de las diferencias y problemas que surjan, (porque llegarán esos días de conflicto), no cabe la posibilidad de pensar en una ruptura matrimonial, precisamente porque la lealtad del uno por el otro estará firme y de alguna manera encontrarán las formas de sortear las diferencias entre ambos o problemas que afecten directamente su unión. El dicho que reza “lo que no te mata te hace más fuerte” también se aplica al matrimonio; el asunto es no darse por vencido y poner cada uno de su parte para encontrar la solución.

Para finalizar quiero recomendarte la lectura de este excelente artículo en el Blog de VallejoMárquez: La-familia-el-cimiento-de-la-sociedad, donde podrás ampliar tu información al respecto; es mi primo...  él escribe con mejor técnica, es su fortaleza. 

Gracias por visitar este blog.
Deja un comentario, consulta o sugerencia.

Revisa la publicidad de este blog, 
podrías encontrar buenas promociones.

martes, 23 de junio de 2015

Sobre juramentar un testigos.

Juramentar un testigo es en sencillas palabras, revestir de solemnidad a una declaración hecha ante una autoridad judicial o funcionario que decidirá un conflicto y que busca esclarecer los hechos acontecidos. En los tribunales existen métodos distintos y hoy te platicaré de una experiencia personal al respecto de juramentar testigos.

Fue como voluntario en un juzgado cuando presencie las primeras declaraciones de testigos, era un Juzgado especializado en materia de familia donde colaboré en actividades sin remuneración alguna, como estudiante universitario la experiencia fue nutritiva. Mis funciones incluían juramentar al testigo.

En esa época estaba vigente en El Salvador el Código Procesal Civil que ya ha quedado derogado, y se utilizaba la fórmula siguiente: ¿Juráis por Dios decir la verdad en lo que fueres preguntado?, a lo que el testigo responde “Si juro”. Si la creencia del testigo no le permitía prestar juramento, debía prometer decir la verdad bajo su palabra de honor, y así lo hacía. Esta fórmula está contenida en el artículo 311 del Código Procesal  Civil hoy derogado.

Actualmente está vigente en El Salvador un nuevo Código Procesal Civil y Mercantil, que establece de manera diferente esta solemnidad judicial, no se plantea una fórmula como en la disposición legal anterior, pero brinda un marco completo para que se pueda comprender la importancia, trascendencia y consecuencias de la declaración del testigo.

El artículo 362 del Código Procesal Civil y Mercantil menciona: la obligación de concurrir a prestar declaración, de no hacerlo puede ser sancionado económicamente, ser procesado por desobediencia judicial; la obligación de responder a todas las preguntas que se le hagan en la audiencia; la obligación de responder con la verdad. Además el juzgador o colaborador debe hacer del conocimiento del testigo de las disposiciones legales al incurrir en el delito por falso testimonio. Todas estas explicaciones se deben efectuar en la nota de citación que le dan al testigo.

Un testigo es aquella persona que declara ante un juez o da testimonio de algo por haberlo visto, oído, leído o experimentado por cualquiera de los medios perceptibles de información que tiene el ser humano, me refiero a la vista, al olfato, al tacto, al gusto o la combinación de estos.


Vale mencionar en este punto el curioso origen de la palabra Testigo, siendo que en la época del Imperio Romano los testigos juraban decir la verdad, no por Dios, ni su palabra de honor, sino por su propia descendencia realizando un gesto muy particular que consistía en agarrar con sus manos sus propios testículos. Para mayor referencia visita este sitio:




Gracias por visitar este blog.
Revisa la publicidad de este blog y aprovecha las promociones.

domingo, 21 de junio de 2015

La condición de la herencia

Te lo he comentado en otra ocasión: el testamento es un documento que contiene escrita la última voluntad de una persona, declarada antes de morir; en ese documento se establece a quién le quedará su herencia, su patrimonio, sus bienes materiales, las deudas por cobrar y la deudas por pagar. Pues bien, existe la posibilidad que en el texto del documento se establezca condiciones a los herederos para poder obtener la herencia. Las condiciones las redacta el testador.

Las telenovelas suelen revelar la existencia de esta modalidad de testamentos, donde el personaje que fallece establece como una condición, por ejemplo, que su heredero no contraiga nupcias hasta cierta edad, que obtenga una acreditación académica o profesión, entre otras condiciones que al momento de fallecer el testador no se había efectuado. Es valido legalmente y posible en la realidad que una persona establezca en su testamento una o varias condiciones para sus herederos, que deberán cumplir previa la obtención de la herencia.

Con seguridad te preguntarás ¿cómo se verifica que se cumpla, si el testador ya ha fallecido? La ley ha establecido mecanismos para controlar que la voluntad del finado se cumpla con exactitud: al momento de dar apertura al testamento, el juez del caso, nombra un administrador provisional de la herencia, quien deberá verificar el cumplimiento de la condición antes de entregar al destinatario el objeto heredado, de no cumplirse la condición, no existe posibilidad de obtener la herencia, y si la obtiene sin haber sido verificada la condición, el administrador de la herencia (técnicamente se llama albacea) correrá con todas las consecuencias legales.

Ahora ya sabes, puedes redactar tu testamento, planteando las condiciones a tus herederos, conforme sea tu voluntad y apegado a las leyes de El Salvador. Puedes revisar los artículos 1052 y siguientes del Código Civil para ampliar información.

Gracias por visitar este blog.
Deja un comentario, crítica, opinión o consulta.

No te olvides de dar clic y pinchar en la publicidad de este blog, encontrarás grandes ofertas en productos y servicios.

Vecino intolerable.

Siendo abogado debería poner en práctica las vías civilizadas para resolver un asunto de desacuerdo vecinal, pero hoy no, más que como abogado, como humano normal he tenido que alzar la vos y soltar algunos sapos y culebras por mi boca. 

Todos tenemos un límite que rebasado provoca exabruptos, profiriendo groserías intentando hacer valer un derecho… pero en mi caso particular no es una situación de ayer para hoy, es el cúmulo de soportar y soportar, días tras días el constante golpeteo de paredes, retumbar de pisos, relajos una y otra vez de un vástago del vecino que presume de Hulk, acróbata o deportista extremo al interior de su casa, casa por cierto colinda pared con pared con mí casa.

Y no solo eso, también por años esa deleznable familia han realizado una serie de abusos, irrespetos a la propiedad y altanerías que hoy se llegaron al límite. Para colmo de males el tal vecinito se siente ofendido y en la reyerta verbal me acusa de todo lo que él hace. El desgraciado no se percata cuan molesto es.

Deben existir muchos de casos como el mío en tu vecindario y después de mi reacción de hoy francamente no tengo la calidad moral para recomendar paciencia tolerancia y utilizar la vía civilizada que las leyes marcan para resolver estos asuntos, porque lo he vivido, en estos casos no es lo más ágil, no es lo más próximo para defender los propios derechos, cuando el hartazgo te suelta lo más primitivo que el humano puede contener por freno de la cordura y la educación.

No puedo despojarme de mi naturaleza  humana como tampoco de la vocación que profeso, por eso  en esta ocasión y con toda la pena que merece,  debo recomendar precisamente eso que yo no he podido hacer: tenga paciencia, denuncie a su vecino ante las autoridades utilizando la vía civilizada, evite confrontaciones que puedan llegar a la violencia física; luego reflexionando, ya con la cabeza fría, es lo que menos problemas acarrea. Recuerde que todas las acciones traen consecuencias, en mi caso particular, te contaré en qué termina este drama vecinal, eso sí, no me voy a dejar, tanto derecho tiene mi vecino de hacer en la intimidad de su casa las orgias, los bacanales, cualquier aberración de la que le creo capaz hasta de cabrear como un energúmeno reprimido, como yo tengo del derecho de descansar, estar en silencio, reposar y buscar el sosiego como me da mi muy preciada gana.

Voy a poner en marcha los mecanismos legales que existen, voy a asumir las consecuencias reales que se deriven de esta lamentable situación que no se debe a otra cosa que a la poca capacidad de mi vecino de llevar la fiesta en paz, su total incapacidad de comunicarse como un homo sapiens.

Gracias por visitar este blog

Haz un comentario, comparte tu  opinión

viernes, 19 de junio de 2015

La importancia del nombre de una persona.

 Para identificarnos entre tantos humanos, hace mucho tiempo se inventó poner un nombre a cada uno, con el objeto de identificarlo, individualizarlo, resaltar sus atributos y sus características. En la actualidad tener un nombre no solo es por que la costumbre asi lo dicta, más importante aun es considerado un atributo de la personalidad, un Derecho innegable a todo ser humano.

Las leyes establecen cómo debe establecerse el nombre para una persona y en El Salvador existe una ley particular denominada Ley del Nombre de la Persona Natural donde detalla muchos aspectos a considerar al momento de dar un nombre a una persona.

Dice la Ley que el nombre propio de compone de dos palabras como máximo (puede ser uno solo), y también forman parte del nombre el apellido. El nombre es el que identifica a una persona el que da su individualización; el apellido se adquiere por efecto de ley, para determinar la filiación o parentesco.

El nombre de los niños, niñas y adolescentes

Existe también en El Salvador una Ley denominada "Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia" que contiene una serie de disposiciones que regulan los derechos de los niños, y también menciona en sus artículos el derecho de identidad de los niños ( Ver art. 73 LEPINA). Es importante saber que la mencionada ley atribuye a los padres, Estado y sociedad en general - incluyendo los maestros en las escuelas - la protección de sus derechos. En tal sentido son responsables que se respete el nombre correcto de un niño, niña o adolescente. 

Recientemente he conocido dos casos que he de mencionar: un niño estudia en una escuela de El Salvador, la maestra por pereza prefiere llamarlo por el número de la lista, y no por el nombre. En otro caso, una niña estudia en una escuela privada, la maestra tiene otra niñas alumna con el mismo nombre, a una la llama por su nombre, y a la otra por el apellido. ¿crees tu que estas maestras están respetando el derecho de identidad de estos niños?. Yo creo que no. Un niño no puede tener en su Partida de Nacimiento el nombre de Juan José Perez Abarca y que la maestra por pereza le llame "número 8". Veamos el otro caso, la niña fue asentada en su Partida de Nacimiento como María Ester González y la maestra le llama González. 

En mi opinión es una forma de violentar el Derecho del niño, niña o adolescente por parte de los maestros y los padres deberían al menos protestar. También es un atentado contra este derecho permitir que se les asignen apodos, peor aun si estos son denigrantes. (vease art. 38 LEPINA)

El nombre en las personas adultas.

En El Salvador se alcanza la mayoría de edad a los 18 años. A esta edad ya hemos utilizado en toda la vida escolar, y algunos otros trámites el nombre tal y como nos conocen en sociedad, muchos inclusive tienen un apodo marcado en la mente de sus amigos, a tal grado que ni saben como se llama, pero el apodo, ese no se olvida.

Ya con la mayoría de edad, cada quién es responsable de permitir o detener el abuso en sus derechos existiendo mecanismos para frenar usos indebidos e inadecuados de su nombre. Inclusive la Ley antes citada permite el cambio del nombre cuando existan confusiones entre dos personas, lo que se conoce como "homónimos". también es permitido el cambio de nombre cuando este es contrario a la dignidad humana. Finalmente es posible la adecuación de un nombre o bien los llamados juicios de identidad donde se establece que una persona es conocida socialmente por diferentes nombres, estableciéndose legalmente cuáles son.

Gracias por visitar este blog.
Deja un comentario o una consulta.

martes, 9 de junio de 2015

Corregir rumbos en un inmueble.

Las propiedades inmobiliarias tienen límites determinados por cuatro rumbos básicos el Norte el Oriente el Occidente y el Sur, cada rumbo tiene una distancia especifica que puede encontrarse en la Escritura de Propiedad.

En ocasiones los limites no coinciden con la realidad, y es necesario modificar el contenido en el texto de la Escritura de Propiedad, pero esa modificación no se hace de forma antojadiza debe pasar por un proceso legal en el que se ven involucrados: 

  1. El interesado en establecer los límites correctos de su propiedad, 
  2. Los vecinos, 
  3. Un funcionario público o Notario, 
  4. Un profesional de Ingeniería civil y 
  5. El Centro Nacional de Registros.


La forma más recomendable de seguir este proceso es de la mano de un Notario autorizado, quien basándose en la ley realizará el trámite denominado “Remedición de Inmuebles” y consiste en rectificar los datos contenidos en la Escritura de Propiedad, que finaliza con la autorización del Centro Nacional de Registro sobre los nuevos rumbos y límites de un inmueble. Puede consultar este procedimiento de la Ley del  Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en el artículo 15, de El Salvador.

El trámite puede durar 15 días o hasta 2 meses, dependiendo de varios factores... uno de ellos es la coordinación de reuniones con todos los involucrados, los trámites en la oficina de Registro entre otros. Siendo la más destacada de las actividades a realizar el día en que el Ingeniero Civil con su cinta métrica visita el inmueble y se dispone a medir por cada rumbo las distancias, luego mediante operaciones matemáticas determina el área en metros cuadrados, en varas cuadradas, rumbos y distancias adecuadas, presentando al Notario un informe sobre su trabajo realizado.

Finalmente el Notario emite un documento con las medidas correctas y este se lleva a la Oficina Registral para que se Registre las dimensiones correctas del inmueble.

La remedición de un inmueble sirve precisamente para conocer con exactitud la dimensión de una porción de tierra, inmueble o propiedad. Con estos datos el interesado puede heredar, vender, ceder, constituir derechos sobre el inmueble, hipotecar, valuar, arrendar, dividir el inmueble entre otras que no son posibles cuando el inmueble no tiene bien definidas sus límites o dimensiones.

Gracias por visitar este blog
Escribe un comentario o pregunta.

lunes, 8 de junio de 2015

Cómo obtener una Certificación Extractada.

Puede haber muchas razones por la que tengas la necesidad de obtener una Certificación Extractada, el trámite es sencillo de realizar y se efectúa en una oficina del Centro Nacional de Registros. Puede hacer este trámite cualquier persona o puedes delegar a un abogado de tu confianza.

Una Certificación extractada es un documento que te permite conocer el estado jurídico de una propiedad, en ella observarás de forma resumida quién es el dueño el inmueble, y los derechos existentes vinculados con la propiedad.

Para conseguir, tramitar u obtener una Certificación Extractada  te recomiendo escuchar el PODCAST ACORDE JURIDICO y obtendrás la información necesaria para conseguir una certificación extractada

ESCUCHA EL PODCAST 

Gracias por visitar este blog.
Si lo deseas puede hacer una consulta.

ABOGADO Y NOTARIO

EL SALVADOR CENTRO AMÉRICA

LABORAL-FAMILIA-PENAL

Documentos-Demandas-Extranjería-Poderes-Compraventas

ESCUCHA PODCAST ACORDE JURIDICO

Haz click aquí





sábado, 6 de junio de 2015

Heredero digital de internet y sitios web.


Ya he postergado por mucho tiempo redactar unas palabras para tratar este asunto que trata sobre ¿qué pasará con toda la información divulgada por internet y sitios web cuando hallas fallecido, el manejo de las cuentas de Google, Yahoo, Hotmail, Facebook, Linkedin, etc?

Es inevitable, la muerte de todo ser humano llegará en cualquier momento, de hecho es lo más seguro que hay en la vida, no sabemos cuando pero llegará el día en qué partirás de este mundo. ¿qué será de tu patrimonio, de tus deudas, de ese romance oculto que sostuviste por internet?. Pensar en la muerte es bueno cuando te ayuda a definir prioridades.

Actualmente muchas personas al rededor del mundo poseen cuentas en diversas sitios web y me atrevo a decir que toda esa información, al morir el titular, rondan por el ciberespacio y por efecto del desuso, y por su misma inactividad son clausuradas varios años después.

Realizando una breve investigación al respecto encontré que facebook permite la designación de un heredero digital que le permitirá gestionar ciertos datos luego del fallecimiento del títular. Lee más en este enlace: Heredero digital en facebook

Otras compañías que ofrecen servicios y productos de internet aun no gestionan tal asunto, sería interesante impulsar una campaña al respecto sobre todo porque la muerte no es el final real o efectivo de una persona, aun después de fallecido sobreviven algunas de sus obligaciones y derechos que por lo general son asumidos por los que le sobreviven. Estoy seguro que muchas personas desearían dar continuidad a su blog, a su cuenta de facebook y otras redes sociales en las que nos inscribimos para perdurar en la memoria de sus seres queridos o fans, o para resguardar la confidencialidad de cierta información.


Aveces las información es muy confidencial y delegar un heredero digital de internet y sitios web, se vuelve complicado, por eso la mejor forma es evitar que aquellos secretos inescrutables salgan a la luz y mejor aun no divulgar información en internet, dicho sea de paso la información que proporcionas en internet no estará jamás bien guardada. Siempre hay piratas que descubren como vulnerar sitios web, ¡hasta los bancos tienen esos problemas!. Lo mejor sería no revelar la información a ningún sitio de internet, pero si ya lo has hecho, no está de más elegir una persona de confianza para que, en caso de sobrevenir la muerte, tenga acceso para gestionar, cerrar o cancelar cuentas digitales.

Legalmente existen los testamentos, documento que, cuando una persona fallece, es efectivo y práctico además pueden cubrir esta necesidad. El testador puede establecer una cláusula testamentaria donde se designa a un legatario o heredero con la comisión especial de gestionar, administrar o cerrar cuentas de internet y entonces con seguridad podrás decir "descansa en paz". Hay dos testamentos que pueden interesarte: el testamento abierto, donde el testador revela a sus herederos su herencia, y el testamento cerrado o secreto, donde el testador no les revela a sus herederos la herencia o legado que les entrega al momento de su muerte.

¿Quieres hacer un testamento? ponte en contacto con mi persona y te daré una explicación detallada de los requisitos y alcances de redactar un testamento.

Gracias por visitar este blog. 
Si tienes un comentario escríbelo 
será un gusto conocer tu opinión o consulta. 


viernes, 29 de mayo de 2015

Cambio de nombre en El Salvador

El nombre propio nos identifica e individualizan de las otras personas; se compone de “nombre” y “apellido”, pero en muchos casos estos no coinciden con los documentos que se poseen o que se han acumulado en el transcurso de la vida.




Por ejemplo, a Juan, en su partida de nacimiento quedó consignado que se llama "Juan Antonio Herrera"; se le inscribió en la escuela como "Juan Antonio Pérez", cuando ya estaba trabajando, el patrono lo inscribió en el Seguro Social como "Antonio Pérez Herrera", y así, sin mala intención pero por descuido se fue estableciendo en diferentes momentos que Juan Antonio Herrera, lo conocían e identificaban en con otros nombres.

Esa situación genera inconvenientes en muchos casos, por eso es necesario establecer con claridad, y definitivamente, cuál o cuáles son los nombres con los que es conocido "Juan". Para esto existe un trámite denominado "Diligencias de Identidad Personal", que puede solicitar a un Notario. En la práctica se le ha denominado "el conocido por", debido a que al finalizar el proceso, se establece que el interesado también es conocido por a, b y c, nombres y que corresponden a la misma persona.

Los documentos y pruebas a presentar al Notario son:
  • Certificación de la Partida de Nacimiento del interesado. Esta se obtiene en la Alcaldía Municipal,  donde nació el interesado en establecer su nombre.
  • Documento Único de Identidad.
  • Pruebas documentales que pueden ser uno o varios de los siguientes: diplomas, certificados de estudios cursados en escuela o colegio, documentos del Seguro Social, títulos, carnet de afiliación, etc. 
  • Pruebas testimoniales: dos personas como mínimo que digan conocer al interesado y que le aseguren al Notario que es conocido también con otros nombres, correspondiendo a la misma persona.

¿Qué documentos hace el Notario?
El Notario autorizará un documento denominado "Escritura Pública de Identidad", donde se hace constar que esa persona, ha sido conocida socialmente, en su ámbito familiar, comercial y otros, por diferentes nombres, pero que todos corresponden a la misma persona; en el mismo documento se hace constar la comparecencia de los testigos, y otros datos que estime conveniente el Notario.

Luego el mismo Notario, expide un documento llamado "Testimonio de la Escritura pública", el cual se debe llevar a la Alcaldía Municipal donde está asentada la Partida de Nacimiento del interesado en las diligencias de identidad.

Finalmente se obtiene una anotación en la Partida de Nacimiento del interesado, que menciona el resultado final de las diligencias de identidad, desde ese momento el interesado puede perfectamente modificar sus documentos más importantes (en El Salvador son el DUI, el Pasaporte, Carnet de pensionado, carnet del ISSS), y así no tendrá más inconvenientes en el futuro. Obviamente podrá continuar usando su nombre tal como lo venía haciendo solo que desde este momento no se podrá prestar a confusiones.

Cuánto dinero cuesta realizar este trámite?
En El Salvador, un Notario puede establecer un precio por el trámite dependiendo de varios factores, tiempo invertido, gastos de traslado del documento para su inscripción, firmas, diligencias entre otros. Este trámite tiene precios que oscilan entre los $60 hasta $150 Dólares de los Estados Unidos de América. 


Consulte más, haga un comentario en este blog.


Abogado y Notario en El Salvador

Laboral-Familia-Penal

Contratos-Escrituras-Poderes-Actas

Podcast





domingo, 3 de mayo de 2015

El Izote sigue floreciendo.

El izote es una planta muy común en tierras salvadoreñas, los campesinos dicen que es "bien agradecida" por que en cualquier lado y en condiciones bastante inhóspitas resucita o crece. Algo similar al temple del ciudadano salvadoreño.

En esta ocasión me referiré a los acontecimientos de la década entre el año 1980 a 1992, fechas para recordar, y representan para todos los salvadoreños amargura y dolor. 

Nací en esa época, y para finales de los años 1990 apenas y comenzaba a tener conciencia de lo que estaba sucediendo. Recuerdo las noticias de la ofensiva que tuvo su epicentro en la Capital de El Salvador. 

En el año 1980 fue ultimado Monseñor Oscar Arnulfo Romero, yo ni había nacido, fue un asesinato tan inaceptable como el asesinato masivo, sucesivo e implacable que se estaba realizando en todo el territorio nacional, por parte de militares, grupos de terror, y miembros de grupos revolucionarios.

El conflicto armado terminó con la firma de los Acuerdos de Paz, que tuvo sus importantes aportes a la vida nacional pero en temas de justicia social se quedó en un acuerdo hueco, pues no sanó ni eliminó las raíces verdaderas que le dieron origen al desmadre de diez años. (Desmadre como caos y confusión).

Platicando con personas que tienen mayor edad que yo, encuentro diversos puntos de vista: se dice entre ellos que una de las causas por las que terminó el conflicto, no fue por que se hayan puesto de acuerdo las partes involucradas, porque ya no querían matarse unos a otros o por que la conciencia y madurez les invitaba a conciliar, sino más bien porque atrás de escena, el financiamiento del conflicto se terminaba para ambos lados.

¿Y el asesinato de Monseñor Romero? Hasta 1992 seguía siendo parte del costo humano del conflicto, seguía como banderín revolucionario, seguía como ejemplo de la injusticia.

En esa época surgieron diversas investigaciones que pretendían esclarecer los miles de asesinatos, secuestros, genocidios, robos de niños, tráfico de personas, violaciones y graves atrocidades, pero los avances alcanzados con la firma de los Acuerdos de Paz no han podido dar frutos o flores perennes como se esperaba, especialmente con la emisión de la Ley de Amnistía, que en sencillas palabras le da borrón y cuenta nueva a todos los que pudieron estar involucrados en las abyectas actividades de la guerra con más de 80,000 muertos y otras personas desplazadas. La ley de Amnistía fue aprobada por miembros de partidos políticos que hoy subsisten y que todos conocemos. También participaron otros partidos existentes interesados en salir beneficiados.

Hace unos años atrás nos gobernaba el partido político al que le han atribuido error tras error, hoy nos gobierna el otro bando político y ninguno tiene la entereza moral para decir que aquellos fueron malos, porque en ambos lados cometieron crímenes, a pesar de lo que diga la Comisión de la Verdad. 

Hoy en el ámbito político esos dos institutos políticos siguen abonando a su lista muchas injusticias; por sobre todas la más deleznable es permitir la vigencia de esa ley que permite andar por ahí, libres como si nada hubiera pasado, a todos los autores intelectuales y materiales de crímenes en el conflicto armado; me refiero a soldados rasos, comandantes guerrilleros y militares de rango superior, inclusive personas de la sociedad que se mueven sigilosamente tras escena ostentando poder.

Es inaceptable el asesinato de Monseñor Romero, así como la matanza del Mozote y el Sumpul, el secuestro de aquel empresario y el exterminio de esos otros campesinos por soplones del ejército, el reclutamiento de niños en filas revolucionarias y del ejército, la violación de señoras y niñas, torturas de estudiantes, artistas y opositores políticos... y demás injusticias que ambos bandos realizaron.

Qué bueno que otorgarán a Monseñor Romero el grado de Beato, pero eso no abona al avance de la justicia. Por otro lado eliminar la vigencia de la Ley de Amnistía, investigar las desapariciones y autores de miles de asesinatos podría ayudar en alguna medida a enfrentar la crisis y superarla, ¿acaso no es eso lo que se hace para superar un trauma?... pero esas son de las cosas que no pasan pronto, más cuando los implicados en los crímenes aun están en el poder político y ya olvidaron los ideales de justicia,  aprendieron y pusieron en práctica las malicias de la política encontrando la buena fortuna. Será una locura poner la soga al cuello. 

Aquel clamor que Monseñor Romero mencionaba en sus homilías... "que sube al cielo cada vez más tumultuoso" sigue latente, sigue gimiendo e implorando a Dios un milagro para alcanzar la paz y la justicia que los políticos y los pandilleros no permiten alcanzar, por que aun existe en ellos la maldad, el egoísmo, la búsqueda de poder a costa de todo, la execrable actitud de "yo primero y los demás que vean como hacen". 

A pesar de todo el Izote sigue floreciendo en estas tierras teñidas de sangre humana, injusticias e impunidades; el salvadoreño sigue buscando la manera de salir adelante con todo y los atropellos a sus derechos, vive y hasta es calificado como uno de los pueblos con mayor indice de felicidad en el mundo.


El general Vargas cuenta otra versión de ese pasaje. Él asegura que la comandancia del FMLN, Schafik Hándal incluido, aceptaron que esa ley, en definitiva, era exclusiva para el FMLN, y que la aceptaban a cambio de seguir en conversaciones para una ley de amnistía “más amplia y general”.—¿Está diciendo que el FMLN aceptó que le dieran una amnistía para luego favorecer a los militares con la de 1993?... La Comisión registró más de 800 denuncias de “graves hechos de violencia atribuidos al FMLN”. En sus conclusiones plantea que esa violencia se ejercía, mayoritariamente, en las zonas en conflicto en las que el FMLN tuvo control militar.
Así se fraguó la Amnistía


Gracias por visitar este blog.

martes, 21 de abril de 2015

La fama del abogado de hoy.

La entrevista televisiva se inició con cinco abogados en el panel, el objetivo era conocer a los juristas que aspiraban a tener un cargo público en la Corte.

Entre las preguntas planteadas se encontraba esta:

¿Qué dice usted de la fama que hoy por hoy tienen los abogados?, la mayor parte de personas dicen que son unos pícaros, ladrones con licencia, entre otros adjetivos más ilustrativos, los comparan con buitres y hasta con el mítico Drácula. ¿Qué piensa al respecto?

La respuesta del entrevistado fue certera: 

- Muchos abogados estamos acostumbrados a escuchar ese tipo de comentarios y otros más creativos, también elaboran chistes al respecto. 

En toda profesión existen buenos y malos elementos, lamentablemente aquellos que obran de forma equivocada siempre salpican con su ejemplo a los que ejercemos la profesión con ética y probidad. 

Para quienes obramos apegados a nuestros principios morales en función de ayudar al prójimo y buscar la justicia apegada a la ley, esos comentarios negativos nos pasan de largo, no nos afectan, sin embargo siempre buscamos destacar para que la población encuentre en nosotros un abogado que le responderá a sus solicitudes con ética y probidad.


Encontré esta frase en internet, supuestamente creada por Charles Dickens, y aquí les comparto

Gracias por visitar este blog.



sábado, 28 de marzo de 2015

Cancelación de hipoteca en El Salvador.

Para adquirir un inmueble, muchas personas utilizan la figura legal de la hipoteca, que en sencillas palabras es una garantía de pago. 

Cancelado todo el dinero que se debe, la hipoteca ya no tiene razón de existir, es cuando debe realizarse el trámite de cancelación de hipoteca que debe ser impulsado por el deudor, el principal interesado en que la propiedad esté libre de todo gravamen legal.

Para cancelar una hipoteca debe reunir ciertos documentos:
  • Carta de cancelación del crédito otorgado o constancia de saldos a cero, emitida por el banco, prestamista o institución que le había prestado dinero.
  • La escritura de hipoteca con la constancia y razón de inscripción emitida por el Registro de Propiedad o al menos una copia.
  • Acta Notarial donde el acreedor menciona que el crédito ha sido pagado y por tanto, declara libre de todo gravamen el inmueble hipotecado, firmada por el banco, prestamista o institución que le había prestado dinero.


Una vez haya conseguido los documentos anteriores puede acudir al Registro de Propiedad para realizar el trámite de cancelación de hipoteca.

¿Cuánto tiempo se tarda?

Es común que el trámite de las cancelaciones de hipoteca se hayan concluido 15 días después de iniciado, pero esto no es una garantía invariable, puesto que en ocasiones los trámites se vuelven engorroso en las instituciones públicas, o bien hace falta recopilar información. He conocido de casos complicados donde ha sido necesario acudir a los tribunales para encontrar una solución y el tiempo demorado ha sido de varios meses, pero suponiendo que no es su caso el tiempo promedio para obtener resultados es de 15 días.

¿Cuánto dinero va a gastar?

Debe estimar los siguientes costos:
  • Gastos Notariales. Puede variar en función de lo sencillo o complicado que sea el trámite, algunos cobran desde $35 hasta $85 o más. Es cuestión de buscar un profesional que no se exceda en el cobro y que le ofrezca un servicio completo, o que solamente elabore el acta notarial y usted hace todo el resto del trámte.
  • Derechos de Registro en el Registro de Propiedad, que varían de conformidad a la cantidad de dinero de la hipoteca. Este dato puede averiguarlo directamente en el Centro Nacional de Registro de El Salvador.
  • Gastos de movilización para llevar y traer los documentos de una institución a otra. Algunas personas prefieren hacer ellos mismos el trámite, otras delegan el trámite a un profesional del Derecho.

¿Que obtiene al final?

El profesional del Derecho que le atendió su caso o bien, si usted mismo hizo el trámite, obtendrá como resultado final en el Centro Nacional de Registros una hoja con un membrete por la institución, donde hace constar que la hipoteca ha sido cancelada. Esta es su garantía de que el trámite ha sido realizado y concluido con éxito.


Gracias por visitar este blog.
Deja un comentario o pregunta.

jueves, 26 de marzo de 2015

Alfonso María de Ligorio

Navegando por internet encontré este texto que debo transmitir, principalmente por que sé que muchos colegas abogados y estudiantes visitan este sitio de vez en cuando. 

Tratamos de Alfonso María de Ligorio, actualmente considerado santo en la Iglesia Católica, quien a los 20 años de edad era un abogado exitoso en Nápoles, Italia, a principios del siglo XVIII. Estaba muy empeñado en dedicarse al Derecho con desinterés y fue famosos porque ganaba todas las causas eligiendo a su parecer  aquellas que consideraba justas.

Preocupado por la malicia y la mentira con que actuaban sus colegas de profesión, nada distinto en nuestros tiempos, antes de desistir de la carrera y ser ordenado sacerdote, Alfonso escribió una lista de conductas éticas que pueden, deben y es urgente que sean aplicadas en nuestros días, al menos si se quiere conducir con rectitud. 

Transcribo literalmente:

12 Reglas de Alfonso María de Liogorio. 

1 – No es lícito jamás aceptar causas injustas, porque son perniciosas para la conciencia y el decoro.
2 – No se debe defender una causa con medios ilícitos.
3 – No se debe cargar al cliente con demasiados gastos, teniendo la obligación de restituir lo no necesario.
4 – Las causas de los clientes deben ser tratadas con esmero y dedicación así como se tratan las propias causas.
5 – Es necesario el estudio de los procesos para sacar de ellos los argumentos precisos para la defensa de la causa.
6 – Muchas veces, la dilación y la dejadez de los abogados perjudican a los clientes y los perjuicios deben ser reparados; de lo contrario, se peca contra la justicia.
7 – El abogado debe implorar a Dios su auxilio en la defensa, porque Dios es el primer protector de la justicia.
8 – No es digno de elogio un abogado que acepta muchas causas, superiores a sus talentos, a sus fuerzas y al tiempo que frecuentemente le faltará con el fin de prepararse para la defensa.
9 – La justicia y la honradez nunca deben separarse de un abogado; al contrario, deben siempre guardarse como se guardan las niñas de sus ojos.
10 – Un abogado que pierde una causa por negligencia suya, está obligado a reparar los daños.
11 – Al defender las causas es preciso ser verdadero, sincero, respetuoso y razonable.
12 – Finalmente, los requisitos de un abogado son: ciencia, diligencia, verdad, fidelidad, justicia.


Gracias por visitar este blog.

lunes, 2 de marzo de 2015

Leyes para la mujer el El Salvador.

El 8 de marzo de cada año es un día especial para celebrar la existencia de la mujer, para promover sus derechos, impulsar el respeto de los mismos y concienciar a toda la humanidad de la importancia de la equidad de genero en todos los ámbitos humanos.

El Salvador está incluido entre los países firmantes de tratados internacionales donde se compromete a impulsar la legislación más idónea que permita la erradicación de violencia en contra de la mujer, la promoción de derechos y su respeto entre la misma sociedad y en la relación existente entre Estado y sus administrados femeninos.

En el presente mes publicaré escuetas apreciaciones sobre las leyes existentes en El Salvador que pretenden encaminar un Estado de Derecho que ampare y promueva el respeto a la mujer en todos sus ámbitos de desarrollo humano.

En El Salvador existen varias leyes que buscan promover los derechos de las mujeres, entre ellas están:
  • Ley Especial Integral para una vida libre de violencia para las mujeres. Vigente en El Salvador desde el año 2012
  • Ley de Igualdad, equidad y erradicación de la Discriminación contra la mujer.Vigente desde el año 2011
  • Ley General de prevención de riesgos en los  lugares de trabajo. Vigente desde el año 2011.

Espero que sigas mis publicaciones y amplíes tus conocimientos sobre estos importantes derechos y de alguna manera te conviertas en un agente de multiplicación para que en el menor tiempo posible podamos vivir en una sociedad más justa y digna para todos los seres humanos.


Gracias por visitar este blog.



lunes, 16 de febrero de 2015

Vigencia del Documento Único de Identidad en El Salvador

Hace un poco más de 15 años atrás, para identificarse en El Salvador se utilizaba la llamada Cédula de Identidad Personal, cuya validez era permanente, al menos mientras el papel aguantaba el uso cotidiano, que si se arruinaba era imprescindible solicitar una nueva.

En el año 2000 se implementó el Documento Único de Identidad que sustituyó a la Cédula de Identidad Personal; pero en este caso se estableció un plazo de vigencia, que comenzó siendo de 4 años, luego fue de 5 años, y ahora por un nuevo decreto legislativo el Documento Único de Identidad alcanza la vigencia de 8 años. Este decreto es ley de la República, pero conociendo mi país decidí hacer unas llamadas para verificar su aplicabilidad en la práctica.

Para corroborar información llamé a varias instituciones y algunas me han dicho que diferentes bancos e instituciones o empresas, no dan aplicabilidad al mencionado decreto y le exigen al ciudadano que lo renueve.

También llamé a la Dirección General de Migración y Extranjería de El Salvador, y la recomendación que me proporcionaron fue que, el Decreto solo tiene aplicación en El Territorio Nacional, mas no fuera de sus fronteras, de tal manera que si usted pretende salir a Guatemala, Nicaragua u Honduras el agente fronterizo no le admitirá el DUI vencido. Esto es un asunto debatible legalmente pero las razones agudas son palabras mudas para los no entendidos.

Es recomendable que leamos detenidamente los datos contenidos en nuestro Documento Único de Identidad, pues ahí se establece claramente el día de vencimiento, fecha en la que es necesario acudir a una institución encargada de emitirlos para evitar la sorpresa ante un trámite de urgencia.


Para ampliar esta información visite estos enlaces:

Nota: también los pasaportes tienen una fecha de vencimiento. Le recomiendo encarecidamente que los revise y actualice con tiempo suficiente. Recuerde: prevenir es saber vivir.


Gracias por visitar este Blog. 

martes, 10 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta un divorcio en El Salvador?




Con el divorcio se busca disolver el vínculo legal que une a la pareja; para esto es necesario iniciar un proceso y trámites ante un tribunal de Familia de El Salvador, por que el único facultado para romper ese vínculo legal es un Juez de familia. La Ley establece que quien desee divorciarse deberá ser acompañado por un abogado que le represente en el juicio.

Tres son los motivos de divorcio:
  • Cuando la pareja se ha separado definitivamente por uno o más de un año consecutivo.
  • Cuanto la vida en pareja se ha vuelto insoportable.
  • Cuando ambos han decidido divorciarse voluntariamente.


Dos aspectos a valorar al momento de divorciarse es el tiempo que tardará en realizar su divorcio y el dinero que gastará en abogados.

Sobre el tiempo:
Lamentablemente El Salvador es un país en vías de desarrollo (por decirlo bonito), sufre de burocracia y lentitud en los trámites que se siguen ante instituciones del gobierno. Un divorcio en El Salvador puede durar como mínimo 3 meses y como máximo un año. Dura tres meses por lo general si el divorcio es de común acuerdo. Puede durar más de 3 meses cuando el divorcio es contencioso, es decir, cuando es necesario demandar al otro individuo para obtener el divorcio, esto es así por que hay que presentar pruebas  y realizar dos audiencias para obtener finalmente una sentencia del juez.

Sobre el dinero a gastar:
En El Salvador existen muchos abogados, entre ellos hay abogados con buena reputación y profesionalismo, como también abogados pícaros y tramposos. Como medida estimada un divorcio en el que los cónyuges están de acuerdo en divorciarse puede costar entre US $300 y US $500. Por el contrario los divorcios que son contenciosos pueden costar mucho más dinero por lo complicado que es el proceso: hacer demanda, escritos, preparar testigos, negociaciones y otros asuntos relacionados, llegando en ocasiones a costar desde US $800 hasta los US $3,500

Finalmente es de conocer que cuando los cónyuges que se van a divorciar han procreado hijos y han de dividir un patrimonio (casas, carros, acciones de empresas) el divorcio se vuelve más complicado. 

Gracias por visitar este blog.
Haga un comentario o pregunta.


Abogado y Notario en El Salvador

Laboral-Familia-Penal

Contratos-Escrituras-Poderes-Actas

ESCUCHA AQUI EL PODCAST




Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...