Mostrando entradas con la etiqueta poderes. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta poderes. Mostrar todas las entradas

domingo, 18 de abril de 2021

Otorgué un Poder y quiero revocarlo.

En mi practica profesional he tenido que representar a varios clientes en diferentes instituciones del estado, instituciones privadas, o bien ante los juzgados para defender o alegar sus derechos. Para ello debieron otorgarme un Poder, o Mandato…. en El Salvador se le conoce como poder o mandato al documento que, reuniendo las formalidades de ley, acredita a una persona para actuar o representar a otra ante diferentes instituciones o autoridades reconocidas.



Tengo varios de esos documentos otorgados a mi favor, algunos son especiales o específicos para una gestión determinada, pero otros son bastante amplios y con toda certeza podría acudir a las instituciones a solicitar o gestionar otros trámites y sé que me aceptarían la solicitud. Pero no lo haré sin antes mediar una solicitud expresa de mi cliente.

También existe muchos casos en que familiares delegar facultades con un Poder a sus amigos u otros familiares, pero pasado cierto tiempo o realizada la gestión para lo cual otorgaron el podes sienten la necesidad de revocarlo o suspenderlo; y es que, generalmente no se pone una fecha de caducidad a estos documentos, aunque se puede perfectamente establecer una fecha al momento de su otorgamiento, de lo contrato el Poder no Caduca, no termina con la sola realización del acto para el cual fue comisionado o delegado del apoderado. Y entonces ¿cómo hacemos si no pusimos fecha de caducidad?



Existe un mecanismo poco utilizado pero viable para todos contemplado en el artículo 23 de la Ley del ejercicio Notarial de la Jurisdicción voluntaria y de otras diligencias; digo que aplica para todos, en general, cualquier documento de Poder, bajo la denominación que sea, el trámite se llama Notificación de Revocación de Poderes o sustituciones. Este artículo menciona la forma en que usted puede revocar un poder y consiste y con ello usted estaría quitándole o suspendiendo a su apoderado las facultades delegadas para que interceda en su nombre ante cualquier autoridad o institución sea pública o privada, cerrando así la posibilidad que tome decisiones en su nombre de las cuales usted no esta autorizando.

Dijo la cantante Mercedes Sosa: cambia, todo cambia, y aunque no preceda una desconfianza es mejor cerrar los círculos sanamente antes que cualquier cosa indeseada llegue a pasar.

Gracias por leer este blog. 

Haga sus comentarios o consultas y con gusto le responderé.


ABOGADO Y NOTARIO

EL SALVADOR CENTRO AMERICA

LABORAL-FAMILIA-PENAL

Documentos-Demandas-Extranjería-Poderes-Compraventas

ESCUCHA PODCAST ACORDE JURIDICO

CLICK AQUI



Símbolos patrios en El Salvador

 En estricto sentido ¿cuáles son los símbolos patrios en El Salvador, según la Ley? Y entonces ¿qué son la flor nacional, el árbol nacional,...