La traducción de documentos de forma legal lleva un procedimiento que está determinado por la ley, y lo gestionamos en Acorde Jurídico, Notario autorizado por a Corte Suprema de Justicia para este tipo de diligencias: TRADUCCIONES Art. 24.-Cuando un instrumento o sus auténticas estuvieren escritos en idioma extranjero, el interesado podrá ocurrir ante notario, quien nombrará perito a un intérprete de su conocimiento, al que juramentará. Hecha la traducción, el notario pondrá su firma y sello en cada folio del instrumento y auténticas traducidos y del dictamen del traductor; y entregará originales las diligencias al interesado, para los efectos legales. "Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción voluntaria y otras diligencias". PARA QUÉ PUEDE SERVIR UNA TRADUCCIÓN. Trámites en la Dirección General de Migración y Extranjería de El Salvador, traduciendo los antecedentes policiales del visitante foráneo en El Salvador, parar obtener un permiso de trabajo, una residencia def...