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lunes, 11 de agosto de 2025

Ya es momento del matrimonio. ¡Que emocionante!

No es común que un profesional del derecho te explique el detalle cada aspecto de un matrimonio legal, desde su inicio hasta el final. Si, habrá quienes lo hacen, pero no es común, la mayoría te dicen:

-Venga platiquemos, deme la fecha que quiere casarse, me va traer estos documentos (y le dan la lista) y los honorarios son estos.

Luego explican uno u otro detalle que, por obligación de ley deben explicarlo, y los novios van firmando y llenando los pasos requeridos sin saber, o entender cómo se llega a consolidar legalmente su matrimonio.





Sé que es emocionante el matrimonio y  las emociones dan pereza ligarlos con pensamientos, con analisis... la emoción te transporta al momento, y está bien, pero en materia legal debes saber, la serie de pasos que debes porque el conocimiento de ello te da más tranquilidad: 

La decisión. 

Para la ley el requisito más importante es que los contrayentes estén de acuerdo y consientes de lo que quieren hacer, así lo expresa el artículo 12 del Código de Familia de El Salvador: El matrimonio se constituye y perfecciona por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes. Con el tiempo se aprende que los malos entendidos son costosos en tiempo y dinero, algún día te contaré sobre como afecta más de lo que se cree, el "vicio del consentimiento" en las relaciones contractuales; vale decir que también aplica en el Matrimonio legal.

La elección del funcionario que autorizará el matrimonio. 

El mismo artículo citado anteriormente expresa que la expresión de voluntad para contraer matrimonio debe hacerse con las formalidades que la ley establece ante funcionario autorizado, y ¿Cuáles son? El artículo 13 del Código de Familia los enumera:

  1. El procurador General de la República y los procuradores Auxiliares. En la oficina de la Procuraduría hacen matrimonios, deberás acercarte a una de ellas y consultar sus requisitos.
  1. Los Notarios. Yo soy uno de ellos, autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, tengo la autorización para celebrar el solemne acto matrimonial y como parte de mis servicios ofrezco “la firma de amor” donde te doy cobertura completa desde la toma de decisiones relacionadas al matrimonio hasta su consolidación y registro en el Estado Familiar, haciendo que tu cobertura legal sea óptima. Mis servicios se amoldan a las necesidades del cliente y los honorarios son accesibles. Espero tu llamada o consulta. (guiño).


Otros funcionarios autorizados para celebrar Matrimonios, que también están contemplados en la Ley:

  • Los Gobernadores Políticos departamentales
  • Los Alcaldes Municipales.
  • Los jefes de Misión diplomática y los cónsules de carrera en el lugar donde estén acreditados.

Fijar la fecha.

Todo lo que tiene fecha ya no es un sueño, es una meta, y tan importante es la elección del día la hora y el lugar como lo es la elección de los demás detalles de tu evento matrimonial. Deberás considerar la variante, en lo posible, clima, el lugar, la disponibilidad de tiempo entre otros detalles.



LA CONSULTA LEGAL

Este aspecto muchas veces menospreciado es de vital importancia por que te da los elementos necesarios de información que te permita tomar la decisión más acertada, por ejemplo sobre: disponibilidad de pago de honorarios, la factibilidad de conseguir los documentos necesarios para celebrar el matrimonio en la fecha que has elegido, comprender aspectos tan importantes como la elección del régimen patrimonial del matrimonio y determinar cuál será el nombre que usará la contrayente después de celebrado el matrimonio.

DOCUMENTAR EL MATRIMONIO: Ya superado lo anterior y recabado la información que te pidió el abogado en la asesoría legal, es el momento de entregar documentos/requisitos para la celebración del matrimonio, que requieren ser examinados por el profesional del derecho de tal forma que no existan fisuras legales:

Estos documentos generalmente son sencillos de conseguir, pero en algunos casos especiales requieren un poco más de trabajo, por ejemplo, traducciones, indagar sobre la ubicación del documento. ¿Qué solicitamos generalmente los funcionarios que autorizamos matrimonios?

Certificación de la partida de nacimiento de los contrayentes, original y de emisión reciente, cuando uno de los contrayentes de origen extranjero la certificación que solicitamos es la versión completa o larga donde se determina quién es el padre y la madre, donde nació, además se solicita venga apostillada. Cuando uno de los contrayentes es divorciado también se le solicita constancia de ello… lo mejor es que platiquemos de ello por esto te invito a que coordinemos una asesoría legal para mayo precisión. Otros documentos que generalmente solicitamos es el Documento de Identidad vigente que puede ser el Pasaporte, la licencia de conducir, o el Documento de Identidad oficial. Serán necesarios dos testigos que sean mayores de edad que conozcan a los contrayentes, que sepan expresarse en castellano y que puedan leer y escribir en castellano, estos dos testigos deberán estar sí o sí el día del a firma de amor, es decir, el día de la celebración del solemne acto.

Es posible que en tu caso particular existan otros requisitos y por eso insisto en la necesidad de una asesoría legal personalizada, contáctame (guiño).



 

EL ACTA PRE MATRIMONIAL:

Una vez examinado los documentos y verificado que todo está en orden la ley ordena  en el artículo 21 del Código de Familia que los contrayentes firmen un acta prematrimonial donde se establecen formalidades previas al matrimonio en sí, del mismo modo es obligación del funcionario autorizante leer determinados artículos a los contrayentes en la reunión para la firma del acta pre - matrimonial, donde se les informa la seriedad del compromiso que se adquiere, se les explica el tema de los diferentes regímenes patrimoniales, como se diferencian y así poder optar por uno de ellos.

Te invito a leer este artículo ¿Qué son los regímenes patrimoniales?

Generalmente en este acto los notarios particulares cobramos un porcentaje previamente pactado de los honorarios, con lo cual el servicio está garantizado.

LA HORA DE LA FIRMA DE AMOR.

Llega el día tan esperado y el evento está montado, el acto se desarrolla a través de una agenda sencilla que es similar a la que podrás ver en el enlace sobre Guia para la celebración de un matrimonio

Como verás el tiempo estimado de un matrimonio legal es de 30 minutos pero en ellos se debe cumplir con todas las solemnidades que la ley establece para ello; en el caso de los funcionarios que no son Notarios en el ejercicio libre de la profesión, desconozco el tiempo estimado, sé por lo que he platicado con otros colegas que son reuniones comunitarias de parejas que desean contraer matrimonio y el alcalde o procurador auxiliar hace una sola reunión un solo acto matrimonial que podrá rondar inclusive menos del tiempo que, al menos yo, empleo para la celebración del matrimonio. A ese tiempo puedes aumentar los detalles del besito después de la firma, las fotos obligatorias con los testigos y los invitados, de tal forma que es el tiempo aproximado que un profesional del derecho emplea en la celebración del solemne acto matrimonial.

 


Trámites colitas... los Testimonios

Pasado el magno evento toca seguir con el trámite matrimonial quedan algunas gestiones administrativas que he llamado trámites colita, consiste en llevar documentos, presentarlos, revisarlos; como ya te habrás enterado en todo este trámite el documento con mayor peso es la firma de amor impuesta en la Escritura de Matrimonio. Este documento en realidad se llama Escritura Matriz de Matrimonio, se asienta en el protocolo del Notario o funcionario autorizado para autorizar matrimonios, de ese documento se obtiene una copia a la que denominamos Testimonio; el testimonio es un copia autorizada por el mismo funcionario como un original y se las personas suelen conocerlo como el documento original. Pues bien, este documento debe presentarse al registro correspondiente para que quede totalmente verificados los pasos que la ley exige en estos casos.

 

Registro.

Esta etapa del trámite los contrayentes hoy cónyuges están en luna de miel, descansando del estrés de la fiesta, y de todo el ajetreo que ello conlleva, pero el funcionario autorizante sabe que le queda un pequeño trecho legal que cerrar para que el matrimonio esté completo. Consiste en llevar, remitir o presentar el testimonio de escritura publica de matrimonio a la alcaldía municipal y distrito, en el departamento donde nació el novio, donde nación la novia y donde se celebró el matrimonio, todo con el objeto de noticiar y registrar debidamente el matrimonio celebrado, así como marginar en la Certificación de la Partida de Nacimiento el hecho legal acaecido, es una formalidad que debe cumplirse.

Para los casos de parejas que se componen de un salvadoreño/a y una persona de origen extranjero es recomendable que se haga el respectivo registro en el país y localidad de origen del cónyuge extranjero, situación que debe gestionarlo el cónyuge salvadoreño o un comisionado de la pareja porque al menos como Notario Salvadoreño solo tengo rango de acción en todo el territorio salvadoreño no fuera de las fronteras.

Como medida sana de  verificación es recomendable la obtención de una Certificación de Partida de Nacimiento y de Matrimonio unos quince días después de celebrado el evento matrimonial y solicitado su registro, esto con el afán de verificar que la autoridad del Registro del Estado Familiar haya gestionado correctamente la inscripción de lo solicitado… y es que ya he tenido malas experiencias que, confiando, tiempo después verifiqué inscripciones mal redactadas, errores en las fechas o en la redacción de los nombre de los cónyuges y esto es un tramite posterior que también genera costos de tiempo y dinero. Por esas y otras razones basadas en mi experiencia profesional siempre solicita una constancia de inscripción; bueno, esto yo lo incluyo en mi servicio profesional, yo gestiono este trámite y regreso con el cliente presentando la prueba constancia de haber hecho el registro correctamente.

Espero que esta información te sirva para conocer cómo se desarrolla un matrimonio legal y si tienes dudas o necesitas una asesoría legal personalizada no dudes en contactarme.

Gracias por leer este blog.






martes, 20 de agosto de 2024

Guía para la celebración de un Matrimonio.

En la ceremonia, formal, legal y profesional de un matrimonio legal se tiene esta guía elemental para no olvidar los puntos clave de la ceremonia.

Los nombres son ficticios y con objeto ilustrativo.

AGENDA DE REUNIÓN PARA SOLEMNE ACTO DE MATRIMONIO

ANTE NOTARIO SALVADOREÑO

Bienvenida.

Objeto de la reunión.

Nombre de los comparecientes: Augusto Ernesto Pérez Sánchez y Ana María López Hernández

Testigos: Armando José, Herrera Sopón y Amalia Rocío Chávez Solórzano

Agenda de la Reunión

  1. Breves palabras sobre el matrimonio y su importancia en la sociedad. La familia como base fundamental.
  2. Lectura de los artículos del Código de Familia, lectura obligatoria.
  3. Declaración de voluntad, de viva voz frente a los testigos.
  4. Imprimir el documento, lectura del instrumento y firma.
  5. Cierre de la ceremonia - oportunidad para símbolos y muestras de compromiso.
  6. Despedida.
Tiempo estimado 30 minutos a una hora.
Elementos necesarios: una mesa, cinco sillas, lapicero, papel, protocolo notarial, elementos técnicos del profesional del derecho que considere necesarios.

La agenda se desarrolla en coordinación con lo platicado o acordado por los contrayentes quienes están formalizando su matrimonio. Previo a este evento habrá de tenerse toda la documentación estudiada y analizada para el otorgamiento de cada instrumento: acta Notarial Prematrimonial y la Escritura de Matrimonio.

Gracias por leer este blog.
Lee este otro artículo


jueves, 15 de agosto de 2024

Matrimonio sin fronteras.

MATRIMONIOS SIN FRONTERAS

Tratamos hoy el tema de los matrimonios entre personas de diferentes nacionalidades, con precisión cuando una persona es de nacionalidad salvadoreña y otra de nacionalidad peruana, inglesa, holandesa, estadounidense, francesa...etc.

¿Qué dice la ley?, ante esta situación no existe ningún impedimento, salvo los enunciados por la ley, claro está. En efecto, pueden contraer matrimonio siempre que esté todo dentro del marco legal, habrán situaciones muy peculiares que deberán tomarse en cuenta, entre ellos el idioma de la persona que es de origen extranjero. Y es que ante la ley, todos los documentos legales deben otorgarse en el idioma oficial, por Constitución de la República es el castellano, y obligadamente se debe seguir un procedimiento para establecer  sin lugar a dudas la voluntad que expresarán ambos contrayentes en el acto solemne de matrimonio y la ley nos da la solución. 

Dice la ley:

Código de Familia de El Salvador: Art. 33.- Cuando alguno de los contrayentes no comprendiere el idioma castellano, se asistirá de intérprete para la celebración del matrimonio y para los actos previos a la misma, y el funcionario consignará lo que exprese en castellano el intérprete. Si el funcionario y los testigos entienden el idioma del contrayente, podrá prescindirse del intérprete a no ser que el contrayente prefiera que lo haya. En todo caso, el contrayente formulará en su propio idioma una minuta de lo que exprese al funcionario, la traducirá éste o el intérprete en su caso. Si uno de los contrayentes sólo pudiere darse a entender por lenguaje especializado, deberá intervenir, para asistirlo en cada uno de los actos mencionados, una persona que lo entienda, y la interpretación de lo que exprese el contrayente, deberá consignarla bajo juramento en una minuta. Las traducciones y minutas se agregarán al expediente matrimonial, debiendo ser firmadas por el funcionario, el contrayente y el intérprete, si lo hubiere. 



El tema de la traducción en el documento en minuta es relativamente sencillo para el versado en estos trámites, dicha minuta deberá necesariamente otorgarse bajo la dirección del Notario o funcionario ante quien se otorgue el matrimonio precisamente porque es un elemento vinculante, y de suma importancia para el acto legal que se está ejecutando.


Posterior a todo el trámite matrimonial y aunque la ley no lo menciona, personalmente recomiendo a los contrayentes asegurar que se registre debidamente el Matrimonio, tal como lo indica la ley, para la persona salvadoreña el registro se realiza en el Registro del Estado Familiar, ubicado en las Alcaldías de El Salvador; para salvadoreños que radican en otro país se realiza por medio del consulado o embajada; para la personas que no es de origen salvadoreño, se le recomienda indagar donde, en su país de origen, se asienta, registran, o dejan constancia de la vinculación legal de matrimonio, para que auto gestione este trámite, con el objeto de revestir y proteger sus derechos y obligaciones que el acto de matrimonio implica.


Si tienes dudas relacionado con este tema, te invito a que consultes por medio de mensaje directo de correo electrónico o dejando un comentario en este blog.

Gracias.

Nota: cuánto cuesta un matrimonio en El Salvador: dependerá de muchos factores: el funcionario ante quien se otorgue las alcaldías rondan los $30 en matrimonios comunitarios, y los abogados particulares cobran honorarios convencionales; con las características especiales de incorporar una minuta o traducción, generalmente son los Notarios particulares quienes realizan este tipo de matrimonios y su costo puede depender entre otras circunstancias, del idioma a traducir, del lugar donde se realizará el matrimonio, podría rondar los $200 a $400 incluyendo la traducción.

jueves, 14 de enero de 2021

Ya vienen los novios, ¡pongan la música!


Como Notario, y a lo largo de estos años, concluimos que la temporada de matrimonios se incrementa en los meses de febrero, junio-julio y noviembre-diciembre; ¿habrá alguna misteriosa energía que fluye por esos meses, en los que las parejas deciden contraer nupcias?. Aun no lo sé, pero sí que se incrementan las solicitud de servicios matrimoniales por alguna razón.

El solemne acto matrimonial previsto en las leyes de El Salvador, son un evento sobrio, en el que no suele haber tanta ceremonia como lo es en un evento religioso, no obstante puede diseñarse de tal forma que el la reunión sea memorable, respetando los lineamientos que la ley exige para el acto correspondiente.

En las bodas religiosas suelen usar la famosa "Marcha Nupcial escirta por Mendelsshon" y para la salida de los novios, la aria de Wagner: Lohengrin; 

Te invito a ver esta otra publicación sobre la 

música en una boda


En los casos donde he presidido un solemne acto matrimonial como Notario autorizante, procuro sobre todo lo apegado a la ley, sin extenderme mucho en su desarrollo pero dando la solemnidad adecuada. En torno al evento mis clientes han tenido la libertad de desarrollar otros detalles: música de entrada, música para la firma del documento, espacio para las fotos, decoración de la mesa principal, etc.

Gracias por leer este blog.

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sábado, 4 de mayo de 2019

Generalidades del Divorcio.


La ruptura del vínculo matrimonial es el Divorcio, solo puede ser decretado por un Juez de Familia, después del debido proceso judicial establecido en el Código de Familia para cada caso particular.

Los motivos para romper el matrimonio, han sido establecidos por la ley en tres grupos, aunque en la práctica y vida cotidiana las parejas puedan tener miles de motivos para no continuar con su matrimonio; en suma, la ley define estos tres motivos:
  • Cuando la pareja se ha separado definitivamente por uno o más de un año consecutivo.
  • Cuanto la vida en pareja se ha vuelto insoportable.
  • Cuando ambos han decidido divorciarse voluntariamente.
En varias ocasiones, algunos de mis clientes, han  preguntado si puede iniciar un proceso de divorcio, aun cuando su pareja le asegura que no cederá, y que no quiere divorciarse. La respuesta es “SI”, sí puede iniciarse un proceso de divorcio, aun cuando la pareja se niegue.

De los tres motivos para divorciarse, el menos complicado, es cuando ambos cónyuges han decidido dar por terminado el vínculo, porque, en ese caso, el juez solo debe avalar los acuerdos a los que han llegado para disolver el vínculo matrimonial.

Los otros dos motivos, son procesos entablados por medio de un abogado salvadoreño, mediante una demanda, expuestos ante un juez de familia, y las partes tienen el derecho de alegar en contra, oponiéndose a lo demandado, allanarse a lo demandado, o agregar hechos que el juez debe valorar para emitir una sentencia conforme a la justicia.

El costo de un divorcio depende del profesional que atiende el caso, de lo complejo que puede volverse defender los derechos de su representado, apelaciones, recursos, preparación de pruebas, entre otros aspectos.


Tengo la experiencia en divorcios, puedo ayudarte a resolver y a romper con ese vínculo, haz una pregunta en este blog, o ponte en contacto con mi persona para una asesoría más personalizada.

Gracias por visitar este blog.

lunes, 26 de septiembre de 2016

El apellido de la mujer casada.




En El Salvador, centro América, cuando vas a contraer matrimonio el Notario o funcionario que autorizare el matrimonio, te preguntará ¿cuál será el apellido que usará después de haber contraído matrimonio?, de conformidad con la Ley, acorde a o jurídico, acorde a la Ley del Nombre de la Persona Natural y Código de Familia que rige esta materia en El Salvador tendrás las siguientes opciones.


Cónyuges:
María Julia Herrera Hernández - contrajo matrimonio con - Jacinto Ernesto Pérez García.

OPCIÓN 1
Conservar tu nombre y apellidos tal y como están consignados en tu Partida de Nacimiento. Por ejemplo: María Julia Herrera Hernández.

OPCIÓN 2
Usar tu nombre y primer apellido tal y como están consignados en tu Partida de Nacimiento, y como segundo apellido, el primer apellido de tu cónyuge, precedido de la partícula "de". Por ejemplo: María Julia Herrera de Pérez.

OPCIÓN 3
Usar tu nombre y primer apellido tal y como están consignados en tu Partida de Nacimiento, y como segundo apellido, el primer apellido de tu cónyuge, sin la partícula "de". Por ejemplo: María Julia Herrera Pérez.

La legislación aplicable en este caso es la Ley del Nombre de la Persona Natural, artículo 21, y Código de Familia, artículo 21 inciso 2.

¿Qué sucede al adoptar e incorporar el apellido de tu cónyuge en tu nombre, y la partícula "de"?

Tradicionalmente y por una costumbre que poco a poco va desapareciendo, a muchas mujeres les agrada incorporar la partícula "de" y el apellido de su cónyuge a su nombre propio, según una pequeña encuesta que he realizado, lo hacen por adquirir una especie de prestigio, o estatus; sin embargo muchos lo califican de machismo al decir que una persona determinada es "de" otra persona.


En lo personal recomiendo conservar el apellido de soltera, tal como lo dice la opción 1, no por moderno, feminista, debido más que todo a las complicaciones que se reportan al modificar el nombre de una persona que ha adquirido documentos de identidad en otras instituciones, como el Seguro Social, ha comprado bienes muebles o inmuebles y los ha registrado con ese nombre, ha hecho trámites bancarios entre otros asuntos que pueden generar confusión al momento de identificarse. Llegará el momento en que requerirá impulsar un trámite Notarial de Identidad Personal para establecer que en su vida social, académica y comercial también es conocida por otros nombres.

En caso de divorcio o anulación del matrimonio, dice la ley, se anulará la marginación que se hace del nombre de la mujer casada; no dice más, pero en teoría la mujer volverá a su nombre de soltera, en nuestro caso María Julia Herrera de Pérez, al divorciase, o anular su matrimonio, volverá a llamarse María Julia Herrera Hernández. El problema surge si ella ha comprado bienes muebles o inmuebles, realizó gestiones en Bancos u otras instituciones con el nombre de casada, cambió su pasaporte o Documento de Identidad, es estos casos deberá gestionar la modificación de sus documentos y gestionar el trámite Notarial de Identidad Personal.

En Acorde Jurídico tenemos la solución de este tipo de problemas y te asesoramos para tomar la mejor decisión, la más económica, precisa y puntual.

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jueves, 22 de septiembre de 2016

El matrimonio ¿es un error?


En las conversaciones se escucha decir que el matrimonio es una decisión donde el casado pierde su libertad, se cansa de vivir y se somete a una tortuosa situación de la cual no podrá salir.

La decisión de contraer matrimonio debe ser tomada con la cabeza en frío, porque es una decisión que afectará todas y cada unas de las áreas en las que nos desenvolvernos e inclusive afectará a terceras personas.

Que el matrimonio sea un error es una cuestión personal.
El error está en que uno u otro en la pareja no tenga el suficiente acierto en elegir a la persona idónea con quién va a contraer matrimonio, ese compromiso en el que ambos cónyuges se prometen guardarse fidelidad, asistirse mutuamente en todas las circunstancias de la vida, sean cuales sean.

Al tomar la decisión es importante dejar de lado los síntomas del amor, que pone alas a todo, y pinta de rosa todo el rededor, para comenzar a autoanalizarse y ser consciente del nivel de compromiso que se tendrá. Si usted no siente vocación por el matrimonio, mejor elija por convivir en unión libre. No es obligatorio contraer matrimonio, y menos por aparentar a la sociedad. 

El matrimonio será un error cuando por mala decisión su vida ha sido convertida en un infierno.

El matrimonio es un acierto cuando ha elegido, concientemente, una forma de vida junto a su pareja.

Si usted es de los que desean divorciarse, en Acorde Jurídico podemos ayudarle, con tres modalidades de divorcio que le harán recobrar su felicidad perdida.

Si usted decide contraer matrimonio en Acorde Jurídico también podemos ayudarle, con el paquete "La firma de amor". Una ceremonia solemne y concisa para iniciar esa etapa de la vida.

Gracias por visitar este blog.
Consultas al correo electrónico:
acordejuridico@gmail.com


Matrimonio legal, requisitos y papeles.

¿Has decidido contraer matrimonio y te gustaría saber qué requisitos y documentos necesitas reunir?, entonces toma nota:



1-Partida de nacimiento de tu príncipe azul... (el novio),
2-Partida de nacimiento de la princesa soñada... (la novia),
3-Fotocopia ampliada al 150% del Documento de Identidad del novio y de la novia.
4-Convence a dos testigos de tu matrimonio, y pídeles una fotocopia ampliada al 150% del Documento de Identidad. Ojo, que no sean parientes de los novios.
5-Si uno de los futuros esposos está divorciado debe presentar también la partida de divorcio.

Todos estos documentos debes presentarlos al Notario que hará el matrimonio.

Entre otros requisitos:
Tener mayoría de edad, en El Salvador se alcanza con los 18 años cumplidos.
No tener impedimentos absolutos o relativos, contemplados en el artículo 14 y 15 del Código de Familia de El Salvador.

El matrimonio es un acto solemne mediante el cual una pareja se une legalmente, con el fin de establecer una permanente y plena comunidad de vida; se debe realizar con todas las solemnidades que la ley establece y posteriormente registrar el acontecimiento en la correspondiente Alcaldía Municipal, en el Registro del Estado Familiar.

Consulta en Acorde Jurídico sobre el paquete "La firma de amor" que te permite concluir este trámite sin mayores inconvenientes y con la mayor comodidad, envía un correo acordejuridico@gmail.com

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Registrar un nacimiento o un matrimonio...

Existen acontecimientos en la vida de todo ser humano que debe ser inscrito en los respectivos registros públicos, por constituir un hecho relevante y con trascendencia legal, la ley menciona cuáles son esos acontecimientos de los cuales debemos dar noticia inmediata a la autoridad competente:

Los nacimientos.
Los matrimonios.
Los divorcios.
Las defunciones.

Si en casos excepcionales y por otras circunstancias no se inscriban de manera inmediata existen procedimientos para que un Juez especializado ordene el registro de dichos acontecimientos, siempre de la mano de un buen abogado usted podrá resolver su asunto legal.


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Consulte más

lunes, 8 de febrero de 2016

Un Matrimonio en El Salvador.

En el mes de febrero muchas parejas se animan a formalizar legalmente su unión; el amor se materializa en compromisos reales, concretos y todo comienza con estampar la firma de los novios sobre el documento de matrimonio.

Si ya tomó esa buena decisión, le propongo hacer uso del servicio "La firma de amor" con el Aval de la Marca de Servicios Legales, Acorde Jurídico: 1- Un servicio exclusivo donde el Notario va a lo concreto, sin aburrir  a los invitados hablando demasiado pero respetando la solemnidad requerida por la ley. 2- Un servicio completo donde los cónyuges tienen la certeza de obtener un trámite íntegro antes, durante y después del evento, con la puntualidad y diligencia que Acorde Jurídico respalda.

Será un gusto atender sus consultas. 

Escriba un comentario en este blog, o envíe un correo a acordejuridico@gmail.com

¡Feliz mes de febrero!


miércoles, 24 de junio de 2015

Cómo hacer que funcione un matrimonio.

En el transcurso de la vida tenemos momentos especiales y uno de esos es el matrimonio, que en el caso de ser legalizado genera una serie de responsabilidades, deberes y derechos que la pareja debe asumir sabiendo plenamente todo lo que implica.

El Código de Familia Salvadoreño es muy preciso al definir el matrimonio en el artículo 11 y expresa, que es la unión legal de un hombre y una mujer, con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida. Si, en efecto, el matrimonio es un compromiso que se adquiere para sostenerlo de manera plena, ante los ojos de todo el mundo y de forma permanente en toda la vida. Al menos esa es la idea, ese es el objetivo que todos deberían perseguir.


En Latinoamérica los matrimonios legalizados son cada vez menos y muchos de los valientes que deciden unir su vida a otra persona con las formalidades que la ley plantea, en un corto periodo de tiempo estarán considerando impulsar una disolución definitiva. Una razón que destaca es precisamente no tener la madurez y la comprensión plena de todo lo que implica el matrimonio. No se trata tener profundos conocimientos sociológicos o jurídicos para que un matrimonio funcione y permanezca en el tiempo, personalmente creo que son dos los aspectos los que garantizan la existencia y subsistencia de un matrimonio.

Trabajar en equipo: El día de su matrimonio usted hace una promesa,  que implica nunca abandonar a su pareja y resolver todos los problemas de manera conjunta, como equipo. Los compromisos al contraer matrimonio no deben ser considerados como un problema, el matrimonio es bueno, el compromiso que se adquiere es bueno, legalizar el matrimonio lo hace estable ante la ley y la sociedad. Con su  matrimonio tiene la seguridad que aun cuando surjan problemas ninguno de los dos pensará en abandonar el proyecto “familia”; entre cónyuges debe existir esa mística de aprender a resolver todo de forma conjunta, abandonando el egoísmo, pensando en los intereses del otro, por el bien de ambos como equipo.


Cultivar la Lealtad por el otro cónyuge: Como todo lo bueno, cuesta, pero es posible lograrlo. Con la Lealtad se tiene la certeza que a pesar de las diferencias y problemas que surjan, (porque llegarán esos días de conflicto), no cabe la posibilidad de pensar en una ruptura matrimonial, precisamente porque la lealtad del uno por el otro estará firme y de alguna manera encontrarán las formas de sortear las diferencias entre ambos o problemas que afecten directamente su unión. El dicho que reza “lo que no te mata te hace más fuerte” también se aplica al matrimonio; el asunto es no darse por vencido y poner cada uno de su parte para encontrar la solución.

Para finalizar quiero recomendarte la lectura de este excelente artículo en el Blog de VallejoMárquez: La-familia-el-cimiento-de-la-sociedad, donde podrás ampliar tu información al respecto; es mi primo...  él escribe con mejor técnica, es su fortaleza. 

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podrías encontrar buenas promociones.

martes, 10 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta un divorcio en El Salvador?




Con el divorcio se busca disolver el vínculo legal que une a la pareja; para esto es necesario iniciar un proceso y trámites ante un tribunal de Familia de El Salvador, por que el único facultado para romper ese vínculo legal es un Juez de familia. La Ley establece que quien desee divorciarse deberá ser acompañado por un abogado que le represente en el juicio.

Tres son los motivos de divorcio:
  • Cuando la pareja se ha separado definitivamente por uno o más de un año consecutivo.
  • Cuanto la vida en pareja se ha vuelto insoportable.
  • Cuando ambos han decidido divorciarse voluntariamente.


Dos aspectos a valorar al momento de divorciarse es el tiempo que tardará en realizar su divorcio y el dinero que gastará en abogados.

Sobre el tiempo:
Lamentablemente El Salvador es un país en vías de desarrollo (por decirlo bonito), sufre de burocracia y lentitud en los trámites que se siguen ante instituciones del gobierno. Un divorcio en El Salvador puede durar como mínimo 3 meses y como máximo un año. Dura tres meses por lo general si el divorcio es de común acuerdo. Puede durar más de 3 meses cuando el divorcio es contencioso, es decir, cuando es necesario demandar al otro individuo para obtener el divorcio, esto es así por que hay que presentar pruebas  y realizar dos audiencias para obtener finalmente una sentencia del juez.

Sobre el dinero a gastar:
En El Salvador existen muchos abogados, entre ellos hay abogados con buena reputación y profesionalismo, como también abogados pícaros y tramposos. Como medida estimada un divorcio en el que los cónyuges están de acuerdo en divorciarse puede costar entre US $300 y US $500. Por el contrario los divorcios que son contenciosos pueden costar mucho más dinero por lo complicado que es el proceso: hacer demanda, escritos, preparar testigos, negociaciones y otros asuntos relacionados, llegando en ocasiones a costar desde US $800 hasta los US $3,500

Finalmente es de conocer que cuando los cónyuges que se van a divorciar han procreado hijos y han de dividir un patrimonio (casas, carros, acciones de empresas) el divorcio se vuelve más complicado. 

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martes, 17 de junio de 2014

Cómo impedir un matrimonio.

En una amena plática de amigos me preguntaban si un matrimonio se puede impedir tal y como se ve en las novelas televisivas. Mi respuesta: 

"No se da con frecuencia, pero puede darse. muchas parejas contraen matrimonio aun en contra del visto bueno de otras personas, ya sean familiares, amigos o enemigos; y si éstas últimas reúnen las pruebas contundentes pueden impedirlo hasta en el mismo día de la celebración"

-Si alguien tiene un impedimento, hable ahora o calle para siempre. 
-Yo!, me opongo a ese matrimonio!

Con toda sinceridad nunca he visto un caso en el que se impida la conclusión del acto solemne de matrimonio. 

Entre los requisitos que la ley exige para llevar a cabo un matrimonio, destaca la voluntad de los "novios", que debe ser expresada comunmente de viva voz y ante el funcionario autorizante o Notario. 

En el desarrollo del acto solemne de matrimonio, nunca se le pide a la concurrencia su opinión, precisamente por que ante la ley solo interesa la voluntad de los futuros cónyuges y no la opinión de la concurrencia. Todo puede cambiar si alguien expresa con prueba en mano una razón fundada para evitar que se realice ese matrimonio.


Cualquier persona puede denunciar o impedir la conclusión o trámite de un matrimonio, probando la existencia de un impedimento legal

En estos casos el funcionario autorizante debe suspender la celebración del matrimonio, dar noticia a los interesados y remitir inmediatamente el expediente al juez a fin que resuelva sobre la denuncia.

Tómese en cuenta que quien denuncia el impedimento debe aportar las pruebas necesarias al juzgador, no puede ser una simple denuncia verbal o basarse en emociones de celos, envidias o rumores.

¿Cómo impedir un matrimonio?
¿Qué pruebas aportar?

La forma idónea sería presentar en el momento oportuno al funcionario autorizante, un documento probatorio en el que conste un dato importante para evitar se realice el matrimonio legal; un ejemplo sería la Certificación de Partida de nacimiento donde conste que uno de los novios ya está ligado a otro vinculo matrimonial, o que existe un parentesco entre los que van a contraer matrimonio. 

La ley establece cuándo una persona no puede contraer matrimonio, es tajante y lo menciona claramente en el Código de Familia de El Salvador.

Antes de iniciar todo el trámite de matrimonio legal, el Notario autorizante está en la obligación de constatar que los contrayentes se encuentren libres de todo impedimento. 

Los impedimentos para contraer matrimonio son denominados “impedimentos absolutos”, o “impedimentos relativos”. Los impedimentos absolutos no permiten de ninguna forma la celebración del matrimonio, por el contrario están los impedimentos relativos que pueden ser salvados en ciertas circunstancias también establecidas por la ley. 

Para ampliar esta información puede consultar el Código de Familia de El Salvador, en los artículos 14 y 15. Aqui

Finalmente y a manera de consejo si no cuenta con las pruebas contundentes y especialmente documentales, vale más abstenerse de hacer una escena que será mal vista. Habrá de recabar la información necesaria para revertir la ilegalidad de cualquier matrimonio.

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