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Traducción de documentos en El Salvador.

Traducción de documentos en El Salvador.

El idioma oficial de El Salvador es el castellano, lo menciona así la Constitución de la República, por tanto todo documento oficial, legal o que pretenda tener validez plena está escrito en ese idioma principalmente.

Si usted tiene un documento oficial o legal emitido por una autoridad de un país donde no se habla oficialmente el castellano y quiere que sea válido en El Salvador, debe someterlo a un trámite ante Notario de la República de El Salvador, conocido como Traducción legal de documentos.

La ley del ejercicio notarial de la jurisdicción voluntaria y otras diligencias establece lo siguiente:

Art. 24.-Cuando un instrumento o sus auténticas estuvieren escritos en idioma extranjero, el interesado podrá ocurrir ante notario, quien nombrará perito a un intérprete de su conocimiento, al que juramentará. Hecha la traducción, el notario pondrá su firma y sello en cada folio del instrumento y auténticas traducidos y del dictamen del traductor; y entregará originales las diligencias al interesado, para los efectos legales.

¿Qué documentos deben llevar un trámite ante Notario?

Existe una gran cantidad de documentos que pueden objeto del trámite de traducción ante notario, ante mis oficios notariales he tenido clientes que solicitan:
  1. Traducción de títulos o grados académicos.
  2. Traducción de resumen académico de notas y materias cursadas en una universidad.
  3. Traducción de antecedentes policiales o antecedentes criminales.
  4. Traducción de partidas de nacimiento.
  5. Traducción de estatutos empresariales.
  6. Traducción de constancias de nombramiento de directores de empresas u organizaciones.
  7. Traducción de Mandatos o Poderes legales.
  8. Certificado de autenticad de obras artísticas.
  9. Certificados de autorización para alimentos por entidades oficiales en materia de salud.
  10. Credenciales de inscripción de marcas o signos distintivos.
Lo anterior solo son ejemplos pero la cantidad de documentos puede ser de diversa índole.

¿Cómo es el trámite?

En realidad la ley del ejercicio notarial de la jurisdiccion voluntaria y de otras diligencias ha establecido en forma general el trámite que se sigue pero muchas personas desconocen que, para poder hacer la traducción de un documento, primeramente el documento debe estar emitido por una autoridad en su país de origen, y en todo caso firmado por una persona que ostenta la representación oficial de la institución que representa; por ejemplo en el caso de el titulo universitario debe estar firmado por el Rector de dicho centro educativo, que a su vez está autorizado por el Ministerio de Educación o la máxima autoridad educativa del país de origen del documento.

Luego de tener el documento firmado por la autoridad correspondiente, debe legalizarse ante un notario o funcionario que de fe, de la autenticidad de esa firma.

Luego ese documento debe contener Apostilla de la Haya. Es importante anotar que no todos los países han suscrito el convenio de la Haya relativa a la legalidad de los documentos habrá que revisar particularmente las condiciones des este apartado para cada caso, pero generalmente para países como Estados Unidos, Brasil, Costa Rica, España y otros el convenio de la Haya permite que sean apostillados documentos.

Al tener el documento con todo lo anterior, el Notario Salvadoreño debe nombrar un perito traductor, quien rendirá un informe con la traducción correspondiente; finalmente el Notario Salvadoreño cierra el trámite y entrega al solicitante la traducción legal del documento y de esta forma es completamente válido para ser presentado a cualquier institución privada o pública que lo requiera.

Nota final: toma en cuenta que hay traductores certificados.

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