jueves, 1 de febrero de 2024

Anécdota real: cómo un testamento puede ser la gran solución.


Día de Pódcast: 

Ya está disponible en el Pódcast: Anécdota real, cómo un testamento puede ser la gran solución.

Te cuento sobre lo importante de otorgar un testamento en un caso real; la importancia de buscar asesoría legal oportuna, y lo importante de tener en orden tus documentos legales, gestiones de aceptación de herencia, identidad personal, relaciones patrimoniales y familiares, toda una ensalada de líos legales que tienen solución si los abordamos con determinación.


"Cabe la posibilidad de quedarte en la calle sumido en la completa pobrerza", escucha cómo en caso de María la vida puede cambiar drásticamente en los últimos días de vida.


Sigue este enlace: Pódcast Acorde Jurídico


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martes, 30 de enero de 2024

¿Qué es una presunción legal?

 ¿Qué es una presunción legal?

Una presunción es una suposición o conjetura, fundada en indicios o señales, el legislador, siguiendo el orden lógico de un silogismo básico (premisa mayor, premisa menor igual un determinado resultado), ha tenido a bien establecer las presunciones que le permitan definir como ciertos los hechos previos al resultado final. Así se puede generar la siguiente clasificación: Presunciones legales - Presunciones judiciales

 

Articulo 45 Código Civil, de El Salvador.

Art. 45.- Se dice presumirse el hecho que se deduce de ciertos antecedentes o circunstancias conocidas. Si estos antecedentes o circunstancias que dan motivo a la presunción son determinados por la ley, la presunción se llama legal. Se permitirá probar la no existencia del hecho que legalmente se presume, aunque sean ciertos los antecedentes o circunstancias de que lo infiere la ley; a menos que la ley misma rechace expresamente esta prueba, supuestos los antecedentes o circunstancias.

Si una cosa, según la expresión de la ley, se presume de derecho, se entiende que es inadmisible la prueba contraria, supuestos los antecedentes o circunstancias.

 

 


Clasificación de las presunciones legales:

Relativas  (iuris tantum), también conocidas como presunciones de hecho.

Absolutas (iuris et de iure), también conocidas como presunciones de derecho.

 

Presunción iuris et de iure: no admiten prueba en contrario.

Estas presunciones también son conocidas como presunciones de derecho; se establecen por ley no admiten prueba en contrario, el legislador le da el nivel de certeza al hecho a la conjetura o suposición que le da su origen, por consiguiente no admite prueba en contrario.

 

Presunción iuris tantum: si admiten prueba en contrario.

Estas presunciones también conocidas como presunciones relativas, son establecidas por la ley pero su existencia depende de que la parte a quién afecta la presunción pueda probar que  no existe razón en la suposición o conjetura que le dio origen a la presunción.




 

“Decir que una presunción no admite prueba en contrario, no implica que no se pueda atacar la existencia del hecho presumido, lo que no se podrá objetar es el razonamiento”.-

Recomiendo leer este artículo: Tratado, presunciones.


La legislación actual tiene muchos ejemplos: 

Articulo 37. Ley del Nombre de la Persona natural. El Salvador.

Las personas facultadas por esta ley para asignar el nombre propio a un nacido podrán hacerlo personalmente o por mandatario.

Para todos los efectos relacionado con esta ley, se presume legalmente que quien comparece a registrar un nacimiento, es mandatario de quien o quienes tienen derecho a asignar el nombre.

 

Artículo 3. Código de Trabajo de El Salvador.

Se presume de derecho que son representantes del patrono en sus relaciones con los trabajadores: los directores, gerentes administradores caporales y en general las personas ue ejercen funciones de dirección o de administración en a empres establecimiento o centro de trabajo los representantes patronales en sus relaciones con el patrono, están ligados por un contrato de trabajo.

 

Artículo. 79. Código Civil de El Salvador.

Se presume muerto el individuo que ha desaparecido, ignorándose si vive y verificándose las condiciones que van a expresarse. (Es necesario continuar leyendo Código Civil de El Salvador artículo 80).


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lunes, 29 de enero de 2024

Reclamos válidos de la generación de cristal en educación.

Reclamos válidos de la generación de cristal en educación.

Todo estudiante puede enumerar una lista de situaciones donde consideró que una institución educativa abusó, se aprovechó o sacó ventaja; las experiencias más ruines vienen de algunos docentes en su trato con los estudiantes. Cobros excesivos por un servicio mal proporcionado en temas de educación, o por actividades extra curriculares innecesarias; abusos de autoridad, obligación de cumplir reglas de la institución que no son necesarias.


En la universidad se verifican los mismos abusos. Supe de al menos 2 catedráticos que fueron expulsados por su mal proceder: uno por insinuaciones sexuales a alumnas a cambio de nota para aprobar el examen, y otro por obligar a los alumnos a comprar la nota para aprobar la materia. Recientemente supe de una anciana catedrática de la Facultad de Artes que considera a sus alumnos una generación de ignorantes y pésimos estudiantes, y lo ha declarado de forma abierta de viva voz a las personas que conducen la facultad. Otro catedrático me expresó que la generación actual es una generación de cristal, que por todo eleva la voz y demanda atención; con lo cual los consideraba débiles, inmaduros, llorones, quejistas. Todos estos son abusos en la universidad que merecen atención.

Estoy totalmente de acuerdo con las demandas de los jóvenes actuales que denuncian los abusos, aquellos que sí son reales, tendrán frutos pero los que no, se desvanecerán por  que la verdad brilla por su propia luz. Es imprescindible no restar importancia a la denuncia, verificar su procedencia y sí es real atenderla con prontitud. Es imprescindible se deje de ver a la generación actual como un grupo de jóvenes delicados y de cristal que por todo reclaman; ellos han percibido un aspecto que debe cambiar y sí es para reconocer derechos, hay que atenderlos. Antes se consideraba "normal" decir un "piropo" a una mujer por la calle, aunque fuera grosero y denigrante, luego se comenzó a regular ese aspecto, se burlaban de ello; hoy es un delito decir cosas denigrantes a las mujeres. ¿Cuantos abusos sexuales se pueden evitar si se actúa a tiempo?,¿cuanto abuso emocional se puede frenar a tiempo (bulling escolar)?; ¿cuánto cobro exorbitante se puede detener?, y un sin fin de situaciones que la generación de cristal está visibilizando con sus denuncias. Claro, algunas son sin fundamento pero hay otras que sí tienen razón de ser.



¿Qué hacer ante los abusos de las instituciones educativas y los profesores?


El ministerio de Educación de El Salvador dispone de un Call Center donde se puede obtener asesoría por reclamos o denuncias relativas a cobros abusivos de las instituciones educativas, abuso de autoridad por parte de los directores o maestros contra los alumnos o padres de familia. No es algo garantizado pero existe este medio como recomendación. Teléfono:2592-2009 y 6008-3286

Si eres un menor de 18 años, espero tus padres estén de tu lado y conozcan toda la situación, siendo así puedes acudir a una oficina de la Procuraduría General de la República de tu municipio, a solicitar asesoría y orientación legal para proceder. Si fuese un delito penal, o un trámite administrativo por vía del Ministerio de Educación, la ley ordena se te brinde acompañamiento legal. También tienes la opción con Acorde Jurídico, con un abogado privado.

Si eres menor de 18 años y tus padres o representantes legales no te acompañan, también puedes acudir a la Oficina Departamental del Ministerio de Educación a solicitar información para buscar proteger tus derechos.

Es posible que los mismos abogados de la Procuraduría, y los empleados del Ministerio de Educación se queden asustados cuando llegues a interponer tu denuncia o reclamo, es normal que ni ellos conocen este tipo de mecanismos y no saben cómo proceder ante estas situaciones; puedo asegurar que te dirán que no que eso no es en esa oficina y que vaya a otro lugar. No te decepciones, argumenta con la ley y defiende tus derechos. Es lo más normal que los empleados busquen hacer menos trabajo y se esfuerzan poco por los demás, exceptuando algunos claro que destacan por su empatía y diligencia.

Es importante frenar los abusos desde que comienzan, de lo contrario se vuelven un mecanismo acostumbrado contra los abusados y se comienza a considerar normal. Un ejemplo son los abusos de los estudiantes de medicina que al llegar a su año social y/o el período que ellos llaman "residentado", se encuentran con abusos de todo tipo en su desempeño estudiantil, horarios extenuantes de más de 48 horas de vigilia, maltratos psicológicos de las enfermeras y los médicos que les deben orientar y también se han verificado abusos de tipo penal, insinuaciones sexuales, entre otros. El colegio médico de El Salvador no los protege, y ahora se considera la "prueba de fuego" de los aspirantes a ser Doctores.

Ley General de educación.
Artículo 90. 
Son derechos de los educandos:
g) Reclamar la tutela de sus derechos ante la Dirección del Centro Escolar, el Consejo Directivo Escolar, las Juntas y Tribunal de la Carrera docente, el Procurador de los Derechos del Niño y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Recomiendo leer esta legislación: Leyes de educación. Aunque no seas abogado debes conocer las leyes del ámbito social en el que te mueves para alegar tus derechos con sólidos argumentos, incluso contra quienes se supone deben dominar su contenido por ser empleados públicos o profesioanles.

Espero te sirva la información que te he proporcionado, si necesitas una asesoría puntual no dudes en escribierme a acordejuridico@gmail.com encontraremos la forma de acompañarte legalmente.


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sábado, 27 de enero de 2024

El vecino insoportable.

Siempre ha y un vecino insoportable, ya sea por que quiere que los demás hagan lo que él considera que es lo correcto, o porque se pretende imponer sobre las reglas de los demás con su libre voluntad: pone la música a alto volumen, estaciona donde quiere, deja suelto a su perro que amedrenta a la comunidad.

Y qué hacemos con un vecino insoportable?

Por fortuna hay mecanismos legales que pretenden contrarrestar este tipo de actitudes, como abogado recomiendo primer paso busca acercarse al vecino y de forma amable intentar convencerlo de no ser tan insoportable, siguiendo aquella moraleja que se gana más con buenos modales que con agresiones.

Si el método anterior no funciona, ya usted puede acudir a las instituciones públicas que permiten la mediación, en El Salvador la Procuraduría General de la República que tiene sedes en todos los municipios, generalmente tienen este servicio, igual sucede con la Alcaldía Municipal.

Por ultimo la denuncia ciudadana con pruebas: tome fotografías, grave vídeos, utilice el mecanismo confiable de la denuncia formal ante la Policía Nacional Civil dependiendo del delito o agravante que haya recibido por parte del vecino fastidioso.

La extrema recomendación que le voy a sugerir es por su bienestar: busque otro domicilio, y evite entrar en una dinámica de violencia comunal cada vez más grande, recuerde que por un paqueo hay personas que se han asesinado y eso no vale la pena. Es mejor evitar una catástrofe de ese tipo.

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viernes, 26 de enero de 2024

4 consejos legales para jóvenes que buscan empleo.

Ya estás buscando empleo o estas trabajando, por favor lee estos consejos y ponlos en práctica. En un pasado no muy lejano hubo personas que murieron luchando por los derechos de los trabajadores, en tu beneficio y en honor de su vida, haz que valga la pena el logro de estos derechos laborales, con estos:

4 consejos legales para jóvenes que buscan empleo.

NEGOCIO BILATERAL.

1.-Usted está vendiendo sus servicios, la parte patronal le va a pagar por ello. Legalmente esto es un contrato bilateral donde el joven aspirante a empleado va hacer un trabajo y la otra parte va a pagar por ello. Es un negocio de dos personas en igualdad. Usted puede aceptar las condiciones, negociarlas o rechazarlas.

DIGNIDAD.

2-Usted, joven aspirante a trabajador, tiene derechos, lo protege la ley, en específico el Código de Trabajo. En El Salvador tenemos una ley laboral “pro operario”, término técnico que significa simple y llanamente, que esa ley busca proteger y amparar más los derechos del trabajador que los del empleador. Existen muchas presunciones legales que le benefician a usted joven trabajador, por ejemplo: el contrato de trabajo existe desde que usted trabaja 3 días seguidos bajo las órdenes de un patrono. Otro: se presumen ciertas lo que dice el trabajador cuando demanda al patrono por despido injusto.

DERECHO A RETRACTARSE.

3-Usted está en la libertad de retirarse de un trabajo cuando ya no se sienta bien, cuando lo humillen, cuando el empleador lo trate como esclavo, cuando no le reconozcan su salario a tiempo, cuando le exijan más de lo convenido en la contratación. Es práctica de los empleadores decir al joven: “este es el trabajo y tenés que sacarlo sea como sea” o “tenés que estar acostumbrado a trabajar bajo presión”. ¡No!, hay límites, y usted joven trabajador desde el inicio debe poner límites. No se deje pisotear. El ministerio de trabajo tiene oficinas que amparan al trabajador cuando hay situaciones de abuso. Otro ejemplo: en la reunión de trabajo el empleador o jefe se exaltó, e insultó con toda la caja de lustre al trabajador. Esto es motivo de denuncia. Nadie debe ser humillado.

PRUEBAS.

4-La gente cambia, sea desconfiado, registre toda su actividad en un block de notas, en un cuaderno escolar, lleve un registro personal de su trabajo, una bitácora de memorias. Con la facilidad de la tecnología usted puede hacer un registro de las actividades que realice; de ser posible grabe vídeos, audios; todo esto puede servir de prueba al momento de una demanda por incumplimiento de contrato. Los abogados que le acompañen frente a una demanda por Despido Injusto se lo agradecerán enormemente; la mayoría de casos que ellos promueven se desvanecen porque no tienen ni un indicio de prueba de la relación laboral ni de los extremos de la demanda.

 

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jueves, 25 de enero de 2024

¿Se puede vender un inmueble hipotecado?

¿Se puede vender un inmueble hipotecado?

Sí, se puede, pero en la dinámica se ven involucrados más que el comprador y el vendedor. 

  • Importante será examinar la documentación que se tiene, y solicitar una certificación extractada al Registro de la Propiedad.
  • Es necesario determinar quién es el acreedor.
  • Será importante determinar cuál es el estado de la deuda. Luego acercarse al acreedor e informarle que se va a poner en venta el inmueble para que esté enterado.
  • Llegar a un acuerdo con el comprador del inmueble informándole de la situación legal de la propiedad.
  • Una posible solución es que el comprador y el vendedor acuerdan una promesa de venta de inmueble, donde el comprador dá al vendedor un cheque certificado a nombre del acreedor de la hipoteca, por el monto total de la deuda, razón de la existencia de la hipoteca. De esta forma el dinero del comprador está yendo directamente a manos del acreedor hipotecario;
  • Una vez pagada la deuda, el acreedor hipotecario deberá conceder la liberación de la misma en el Registro de la Propiedad. Este trámite dura aproximadamente unos 15 días hábiles y debe ser realizado por el vendedor del inmueble.
  • Cuando ya no exista la hipoteca por haberse cancelado la deuda, el vendedor se encuentra en plena libertad para otorgar la venta de inmueble y trasladar el dominio y la propiedad al comprador, otorgando la escritura pública de compra venta ante Notario Salvadoreño.

Sí se puede hacer este tipo de negocios, es más tardado, hay más riesgos, porque requiere de confianza entre las partes y que cada acción se realice puntualmente cumpliendo con lo acordado.

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¿Cuánto cobrar?... abogado y notario El Salvador.

Que frustrante es terminar la Licenciatura en Ciencias Jurídicas, ser autorizado para ejercer de Abogado y aun lograr superar la dificultad ...