jueves, 29 de agosto de 2013

Amaños en el fútbol, es parte de la cultura social salvadoreña.

Con la noticia que se dio a conocer en agosto del presente año (2013), relacionada con la corrupción en los partidos de fútbol que involucra a jugadores de la selección nacional de El Salvador, la población ha recibido, más que un balde de agua fría, una dolorosa puñalada en la espalda que ha dañado la confianza en sus propios jugadores, puesto que han vulgarizado uno de los pocos elementos que permiten a los salvadoreños identificarse como nación.

El tema de la corrupción en El Salvador no es cosa de asombro, se escuchan las noticias casi a diario de acusaciones de este tipo sobre todo en el ámbito político, de forma reiterada se habla de la corrupción en las instituciones públicas en todas sus esferas, poco menos frecuente se trata de la corrupción que existe en las escuelas, colegios y universidades; muchas son las historias de estudiantes desde los niveles más básicos, hasta los niveles universitarios donde los maestros, docentes o directores de centros educativos, han obtenido un “regalito” para colocar una calificación favorable; o alumnos que obtienen las pruebas  antes de ser examinados.

Cuando se trata de este tema se menciona que habría que modificar el sistema, sustituir a los corruptos por los probos, cambiar todo lo que permite la corrupción. Si se reflexiona en los orígenes de este mal social concluimos, entre otras, que es una cuestión de tipo cultural, que está arraigada en la población de generación en generación, y si de cambiar algo se trata, habrá que comenzar por ir cambiando las bases de la cultura salvadoreña que da cabida a la corrupción.

El fútbol, la sociedad, la familia y los valores.

La Constitución de la República establece que la familia es la base fundamental de la sociedad, y es ahí donde todos los seres humanos aprendemos lo básico para desenvolvernos en la sociedad, los padres repiten muchas veces los modelos que a su vez les enseñaron sus padres, los hijos se nutren de lo que ven en su familia. Si la familia fomenta valores, los hijos y sus generaciones venideras serán probos y rechazaran lo incorrecto. Por consecuencia la sociedad se verá conformada por seres humanos probos o corruptos, con valores o sin valores en cualquier sitio que estén. Sean futbolistas, maestros, docentes universitarios o empleado institucional si tienen valores bien cimentados, aunque los tienten con ofertas de oro, no aceptarán.

Las leyes están bastante bien hechas, claro que pueden mejorarse, pero para evitar, prevenir o sancionar la corrupción no se trata tanto del contenido de las leyes, sino del bagaje de valores que los seres humanos practican a diario. Las leyes regulan el comportamiento y las manifestaciones externas del ser humano en una sociedad pero no sus pensamientos valores morales o emociones. En todas las personas, el código moral que practican a diario es lo que les frena o permite ser corruptos o cometer todo tipo de delitos.

Por donde comenzar.

En opinión de su servidor el mecanismo más efectivo para combatir la corrupción está en fomentar valores y practicarlos desde muy corta edad. ¿A quién le toca comenzar?, ¿al gobierno?, ¿a los políticos?, ¿a los maestros y las escuelas?. Corresponde especialmente a la familia, a Usted padre o madre de familia, a Usted niño niña o adolescente que lee estas líneas. Haga lo correcto, fomente lo correcto, sea un ejemplo, no sea corrupto en la escuela, en la tienda, en la cola del banco o del supermercado, en su empleo o en sus estudios; Todas las edades tienen su madurez, pero nunca se es muy joven o muy viejo para cambiar lo malo por lo bueno. Haga todo lo posible  en su vida diaria y modifique aquello que  no es correcto. Se trata de no repetir lo malo, comenzar por cada uno, haciendo lo correcto y enseñando a las nuevas generaciones o con el ejemplo a sus amigos a hacer lo correcto. Busque ser disciplinado, busque  mejorar como ser humano cada día de su vida.


 Al menos inténtelo.

viernes, 23 de agosto de 2013

El empleo para jóvenes y el voluntariado.

No es desconocido lo difícil que es conseguir un puesto laboral para los jóvenes, exista crisis económica o no. Aquí en El Salvador, como en muchas partes del mundo las conexciones o compadrazgos son un requisito indispensable para obtener un empleo. Si, habrán quienes consiguen un trabajo sin llevar recomendación por alguien en particular, pero no es algo común.


La constante violación a derechos impide a muchos jovenes incorporarse al mercado laboral, entre ellos está la discriminación por razones de sexo, que inclusive es violentada por las autoridades. Se da la discriminación por condición social, por estatura, por aspecto físico e inclusive, por la edad, en la que tener 30 años de edad cumplidos es un obstáculo para obtener una plaza laboral.

Aquí ve Usted una imagen que contiene la oferta laboral difundida por el Ministerio de Trabajo, en la que se especifica una plaza laboral destinada "a mujeres", cuando deberían poder aplicar también hombres. Existen muchos más casos a la inversa, donde se publican puestos laborales que perfectamente pueden ser desempeñados por mujeres en los que solo admiten hombres.

Por otra parte en El Salvador las labores de meritor, voluntariado, prácticas, horas sociales o actividades extracurriculares no son un elemento bien valorado, y me atrevo a afirmar que es totalmente menospreciado por empleadores. Estas actividades son para muchos jóvenes la única experiencia que pueden presentar a la hora de aplicar a un trabajo, pero es subestimadoLos jóvenes se quejan de esto.!

Hace varios años atrás conocí una iniciativa denominada "Iniciativa Nacional del Voluntariado", que entre sus objetivos era promover la formulación de una ley, que regulara el ejercicio del voluntariado en El Salvador. 

Siga este enlace: Ley de Voluntariado El Salvador, y lea el articulo 8 literales: F), I), y también los artículos 12 y 14; en ellos se establece como Derechos del Voluntario, el reconocimiento de su labor social, y más importante aun, poder "obtener certificado o constancia de las actividades realizadas, de la capacitación recibida,  y del tiempo brindado en concepto de voluntario".

En la mencionada ley se debió incluir en el texto del artículo 8, como un Derecho del voluntario, el poder exigir que en los procesos de selección laboral a los que aplique el interesado, se reconozca su labor voluntaria como una experiencia laboral, no solo en la institución donde prestó sus servicios, sino en cualquier otra donde corresponda o sea equivalente.
"Derecho como la facultad humana de poder tener o exigir lo que la ley permite o establece"
Un persona involucrada constantemente en actividades de voluntariado, u obras sociales demuestra con su labor altruista, tener la capacidad, entrega y compromiso necesarios para cualquier reto laboral remunerado.

Lastimosamente en El Salvador y en otros tantos países, a muchos voluntarios se les menosprecia la capacidad para desempeñar una labor remunerada.

¿Qué opina Usted?, deje un comentario en este blog.








jueves, 15 de agosto de 2013

Ley de extinción de dominio.

En la Asamblea Legislativa de El Salvador se está estudiando la formulación de los artículos que contendrá la denominada Ley de extinción de dominio que, en sencillas palabras consiste en un cuerpo legal que busca crear los mecanismos y respaldos legales necesarios para cortar las fuentes de ingreso de delincuentes, o bien para sustraer de su patrimonio bienes ilícitamente obtenidos, o que están siendo utilizados para cometer ilícitos y poner dichos recursos a disposición de instituciones estatales que se encargan de combatir la delincuencia.

Mediante la denominada acción de extinción de dominio, el estado pretende crear un instrumento que limita la actividad delictiva de personas condenadas por delitos cometidos en El Salvador, transfiriendo la propiedad de los bienes incautados al Estado Salvadoreño, quien tendrá la facultad de venderlos o asignarlos como recursos a diferentes instituciones del mismo Estado, por ejemplo la Fiscalía General de La República, el Ministerio de Defensa u otros.

Al momento de la redacción de esta nota de blog, el destino de los bienes obtenidos por el Estado a través de la ley de extinción de dominio, aun se discute, para ponderar prioridades.

Hasta antes de la creación de esta ley, los bienes de los delincuentes condenados suelen quedar en abandono y se van deteriorando, en el peor de los casos el valor económico que tuvieron se pierde y se vuelve un problema su tenencia y realización económica.

Esta ley pretende atacar entre otros delitos:
  • El contrabando de mercadería que va desde productos agrícolas hasta los industriales.
  • El lavado de dinero.
  • Apropiación indebida de bienes.
  • Dinero procedente de extorsiones, de narcotraficantes y otras actividades delictivas.
  • Vehículos decomisados por ser usados en delitos.
  • Propiedades inmobiliarias suntuosas adquiridas por corrupción u otros tipos de actividades delictivas.

En El Salvador existen muchas leyes de excelentes objetivos, contenidos muy buenos y hasta son ejemplo para otros países, el problema sustancial está en la aplicación de las leyes existentes. Con esta ley se avanza y va modernizando el grupo de leyes de orden público en la rama punitiva, que por cierto no esta actualizada ante la delincuencia de estos tiempos.

lunes, 5 de agosto de 2013

Contaminación, caso Baterias Record

Hace unos días me hicieron estas preguntas que hoy les comparto.

Que opina del tratamiento que se le dio a las víctimas del caso de contaminación ambiental de la fábrica Record.

Las medidas administrativas llegaron con la tardanza que puede caracterizar a un Estado que adolece de burocracia extrema y que al contrario de cumplir su función garantista de derechos, los violenta de manera consecutiva, llegando al punto que la reparación de los Derechos afectados es casi nula. En el caso planteado las resoluciones administrativas y las medidas presupuestarias no fueron las más apegadas a los Derecho Humanos.

El Estado Salvadoreño es uno de los países firmantes de varios pactos internacionales: los Derechos humanos así como los protocolos facultativos relativos a la niñez y la adolescencia; a pesar de ello el cumplimiento real de dichos compromisos aun se queda corto.

En el caso de la empresa Baterías Record de El Salvador, el  MISAL no actuó con la diligencia más adecuada, luego de años se comenzó a tomar medidas que no logran encajar en la Protección Integral, en especial referencia al Derecho de Salud y a un medio ambiente adecuado para los niños, niñas y adolescentes de la zona afectada.

Como resultado de una breve investigación realizada, el órgano judicial debió crear los tribunales especializados en medio ambiente hace bastante tiempo, cosa que aun no se verifica en la realidad y que afecta otro derecho: acceso a la justicia.

La LEPINA especialmente dedica pocos artículos al tema de la salud y medio ambiente, al que tienen derecho los niños, niñas y adolescentes, concretamente el artículo 35 menciona que el Estado debe prever la política medioambiental, y dicha política existe pero con un alcance pobre y poco efectivo en la realidad, para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Otros cuerpos legales como la Ley del Medio Ambiente, Constitución de la República  y tratados internacionales como la CDN y Protocolo de Kioto sobre cambio climático, entre otros que reconocen los llamados derechos de la tercera generación, incluyendo el derecho a un medioambiente sano, vienen a configurar una rica base para generar políticas adecuadas en beneficio de toda la población y sobre todo de los niños, niñas y adolescentes.

¿Puede la LEPINA dar una respuesta para los niños niñas y adolescentes afectados en su salud directamente por las omisiones o acciones del Estado Salvadoreño? 

Si, y no a la vez. En relación a la tesis que vengo planteando la vigente LEPINA plantea el tema de forma superficial, aunque no se puede negar que implica un avance significativo  el hecho que se establezca en ella lineamientos básicos para que los actuales gobernantes tengan un punto de partida, para impulsar programas que busquen proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes, el Derecho a la Salud y a un ambiente sano.

La LEPINA da respuestas sobre este asunto, como puede leerse en el artículo 32, que busca dar cobertura a la protección del Derecho a la salud, sin embargo. en su redacción actual implica una discriminación a niños, niñas y adolescentes, si estos no tienen un progenitor afiliado al ISSS; el artículo 22 que consagra derechos que no se cumplen en la actualidad por la falta de conocimiento de la población en general. Ante este panorama la LEPINA da una respuesta, pero en la vida cotidiana de muchos niños, niñas y adolescentes, el enfoque de necesidades persiste y la protección integral que se persigue aun es poco palpable, debiendo los niños, niñas y adolescentes estar a merced de atropellos, especialmente por las acciones u omisiones del MISAL y otras instituciones.


lunes, 29 de julio de 2013

Cómo recuperar una escritura de propiedad.

La propiedad de un inmueble (casa, terreno, hacienda, finca), se ampara con el documento que en  El Salvador se conoce popularmente como “escritura de propiedad”. En muchas ocasiones el funcionario o profesional que los expide, no explica en detalle su contenido o la importancia de ese papel que aparentemente solo es una fotocopia con un par de sellos.

Con el tiempo y por diversas causas estos documentos llegan a extraviarse y el propietario no encuentra la manera de recuperar ese documento que amparaba su propiedad.

En El Salvador, la oficina que se encarga de llevar un registro de cada propiedad es el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, adscrita al Centro Nacional de Registros de la cual hay una oficina designada para casi todos los departamentos de El Salvador.

Si Usted ha extraviado su escritura de propiedad puede seguir estos pasos para obtener un nuevo ejemplar.


  1. Acuda a la oficina del Centro Nacional de Registros del departamento donde se ubica su propiedad (casa, finca o terreno)
  2. Solicite un documento que se llama “Índice de Propiedad”, para esto deberá presentar sus documentos de identidad.
  3. Pasado cierto tiempo le entregaran en esa oficina, una hoja donde le detallarán el número de matrícula y la ubicación del inmueble de su propiedad.
  4. Con los  datos contenidos en el documento anterior puede solicitar en la misma oficina del Centro Nacional de Registros, otro documento denominado “Certificación Literal” que lo constituye una fotocopia literal del documento en el que consta su propiedad sobre ese inmueble, el cual está registrado en el CNR.
  5. También es recomendable solicitar al mismo tiempo otro documento denominado “Certificación Extractada” que contiene el actual estado jurídico del inmueble; el él podrá conocer si hay o no embargos, hipotecas o servidumbres, y cuál es el porcentaje de propiedad que tiene sobre mencionado inmueble.
¿Que puede hacer con este documento?

Con el documento puede corroborar quién es el propietario legítimo de ese inmueble.

Si Usted no es el propietario legitimo, no puede vender ni generar ningún otro acto jurídico.
Si tiene dudas, haga un comentario en este blog.



miércoles, 17 de julio de 2013

Cómo debe ser un líder.


Líderes en cambios sociales.

Las grandes reformas sociales que se dan a nivel mundial, o localmente en los países, siempre han sido impulsadas por personajes con ciertas características no comunes a la gran mayoría de la población.

Conforme a mi opinión los personajes que impulsan los cambios sociales poseen un ingrediente indispensable: dotes de liderazgo. Por muy buenas que sean las ideas, si no se tiene el don del liderazgo, nunca germinarán. Aun cuando las ideas sean malas si el personaje posee liderazgo encontrará un rebaño o todo un batallón de seguidores que le ayudaran a desarrollar dichas ideas.

Otra característica indispensable es la determinación: ninguna idea concebida puede dar sus frutos si no se le dedica todo el recurso personal y material disponible. Es difícil tener determinación a través del tiempo y las circunstancias, y los personajes que han impulsado las reformas sociales más significativas a nivel mundial lo supieron, quizá consiente o quizá inconscientemente.

Es además indispensable que el personaje impulsor de las reformas sociales tenga satisfecho al menos, una de sus necesidades primarias: el alimento o sustento diario. Una persona con liderazgo, con determinación pero que no posea lo suficiente para comer o satisfacer sus necesidades básicas, no tardará en abandonar su empresa, pues al final de cuentas el alimento es la vida, la fuente de energía de todo ser humano, con el estomago vacío no se duerme bien, no se puede pensar con plenitud.

Las primeras dos características que deben poseer los personajes que impulsan las reformas sociales son dones de nacimiento y se desarrollan conforme a la personalidad del individuo. Pero la última característica citada depende de las circunstancias que le rodean en el transcurso de la vida.

Ahora veamos algunos ejemplos en casos históricos, que confirman mi tesis expuesta.

Rosseau: uno de los principales autores e impulsor de una de las reformas sociales de connotación mundial como la Revolución Francesa, donde se abolía la monarquía y comenzaba a organizarse el Estado. Rosseau tenía sus comodidades, o al menos sus necesidades satisfechas. Para su época un trabajador, un súbdito no podía dedicarse a la música, a la filosofía o a la escritura, no había tiempo para eso, había que conseguir el sustento diario y pagar los tributos al rey so pena de castigos, calabozo o muerte. Al contrario, Rosseau no se preocupaba tanto por qué comer el siguiente tiempo, o el siguiente mes, dándole tranquilidad para pensar y fraguar las ideas que se llevaron a cabo en la revolución francesa.

Mahatma Gandhi: al revisar su biografía se encuentra con un personaje que proviene de una clase media, su padre era gobernador, pudo costearse estudios en una universidad de Inglaterra, sus días fueron más austeros ya casi al final, pero para entonces se había granjeado suficiente prestigio y fama, que haber sido su voluntad, hubiese tenido lo necesario para vivir. Lo que caracteriza a este personaje es que abandono sus privilegios, todo por lograr su objetivo, liberar a la India de la dominación Inglesa.

En El Salvador también tenemos algunos ejemplos de personajes que han impulsado reformas sociales, reconocemos a la Independencia de la República de El Salvador,  llevada a cabo alrededor del año 1815 como una reforma social importante de la historia Salvadoreña. Los Próceres son el más brillante de los ejemplos.

José Simeón Cañas: Doctor y presbítero (Sacerdote católico), tenía suficientes posibilidades económicas para educarse, estudiar comprar una casa y sobrevivir sin mayores trabajos. Fue un líder de la Independencia de El Salvador de la entonces recién conquista española. Promovió la abolición de la esclavitud en El Salvador.

José Matías Delgado: prócer e impulsor de la independencia de El Salvador, coetáneo de José Simeón Cañas, obtuvo licenciatura en leyes, un doctorado y profesó el sacerdocio católico, su familia era adinerada, poseía lo necesario para vivir. Fue un personaje líder con todas las características que antes mencioné.

En la actualidad (año 2013) se dice de la carencia de liderazgos en El Salvador, y si damos un vistazo comprobamos que es cierto. Se ha dicho que mucho depende de la educación que se imparte en los primeros días de vida, y puede ser también cierto, puesto que se invade la autonomía y autenticidad de las personas, obligándolo a aprender bajo ciertas premisas para llegar a determinado resultado. Otra razón es que el liderarzgo esta escondido en otras áreas sociales no muy expuestas al público.

Muchas buenas ideas son ahogadas en las aulas por regaños, por supuestos ¨correctivos¨ que pretender hacer de lo anormal, normal, de lo original, lo común.

Se educa para graduarse y buscar un empleo, no se educa para ser empresario independiente. Se enseña a seguir las reglas preestablecidas, en vez de abrir brechas y conocer nuevos caminos. Finalmente cuando se llega a la conciencia del error cometido se está en un punto que es difícil un cambio, cuando ya se tienen hijos, responsabilidades y deudas.

Por esto y por muchos otros factores los líderes no surgen, no por que no existan, sino por que son agobiados desde sus primeros años para no desafiar los paradigmas.


Qué opina Usted?, 
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miércoles, 26 de junio de 2013

¿Cómo reclamar la indemnización al FONAT? Parte 2

Para dar seguimiento al artículo publicado anterior a este, nos planteamos la siguiente pregunta:

¿Cuánto tiempo tiene para pedir la indemnización?
El artículo 26 del Reglamento de la Ley del FONAT, establece un plazo para reclamar en debida forma la indemnización. Primero hay que descifrar lo establecido por el legislador en el mencionado artículo, que literalmente dice: “Las solicitudes de reclamo de prestaciones deberán presentarse dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente de ocurrido un accidente de tránsito”.  Deberá comprenderse que luego de pasado un mes de ocurrido el accidente, el solicitante tiene 15 días “hábiles” para iniciar el trámite. Si por ejemplo el accidente de tránsito ocurrió el 1 de enero, el solicitante deberá iniciar el trámite entre los días comprendidos del 1 de febrero al 15 de febrero. De tal forma que el solicitante tiene un mes y 15 días para llenar los requisitos necesarios e iniciar el trámite de indemnización.


Aquí es donde radica la principal crítica de su servidor: el accidentado o el doliente por un fallecido en accidente de tránsito, necesita el dinero de inmediato para comprar medicamentos, pagar atenciones y curaciones, pagar gastos de sepelio, el ataúd, servicios funerarios dignos. Sin embargo la indemnización llega más tarde que temprano, luego de que el solicitante ha logrado franquear varios trámites burocráticos, y por sobre todo ya ha invertido gran parte de su escasa fortuna en lo que debió ser auspiciado por el FONAT oportunamente.

Pero el siniestro artículo no termina ahí, menciona en su último inciso que “quienes no presenten las solicitudes de reclamo dentro del plazo señalado en el inciso anterior, perderán el derecho a reclamar las prestaciones que correspondan”. De tal forma que el solicitante ha de estar pendiente de no dejar pasar este tiempo.

Finalmente cabe mencionar que el Reglamento del FONAT determina que en ciertos supuestos, los solicitantes pierden su derecho a ser indemnizados, tal es el caso de aquellas personas “que con su acción dolosa” se haya encaminado a producir lesiones o muerte, con el fin de obtener los beneficios contemplados en la Ley. Esto está bien, puesto que existe una acción dolosa, pero existen pocas personas que voluntariamente se lanzan a sufrir un accidente de tránsito.

Las personas arrolladas por automóviles son casos puntuales que pueden ser analizados, también bajo los artículos 93, 95, 96, 97 del reglamento general de tránsito y seguridad vial, que establece los deberes de los peatones en la vía pública; en ellos se plantea que deben usar de la señalización vial establecida como pasarelas, zonas peatonales entre otras. En El Salvador la señalización pública y su respeto es una utopía.

También se presenta como un dato curioso la presunción de culpabilidad del peatón involucrado en un accidente de tránsito, establecida en el artículo 178 del mismo cuerpo legal citado. Considero injusto atribuir culpabilidad al peatón que solo dispone de sus dos piernas  o en casos excepcionales de sus muletas o silla de rueda, cuando frente a él se presenta un automotor con cuatro ruedas, varios kilogramos de peso superior y un motor potente.

Existen otros datos que puede conocer leyendo la Ley del FONAT y su reglamento al cual me remito para mayor detalle.


Consulte más, deje un comentario en este blog.

viernes, 14 de junio de 2013

Sensacionalismo en televisión.

Los periodistas tienen en sus manos una gran responsabilidad: dar a conocer a las masas la información sobre el acontecer más reciente en diversos temas. Ellos como comunicadores tienen que conocer un vasto lenguaje, manejando muy bien el idioma castellano, los modismos locales y las palabras que, no siendo propiamente del castellano, forman parte de nuestro muy particular lenguaje salvadoreño.

El sensacionalismo es utilizado para llamar la atención de la población y por tal motivo algunos  comunicadores utilizan palabras o frases inadecuadas, o en el peor de los casos, volviendo la descripción del hecho noticioso dramático y ofensivo a la dignidad de quienes han sido noticia.


En el año 200(6?) los medios de comunicación se comprometieron con la población mediante una publicación difundido en medios escritos, para evitar el sensacionalismo. Dicho compromiso se deja de lado pocos años después por algunos medios que buscan más audiencia en sus programas televisivos, aun a costa de difundir imágenes y descripciones inadecuadas dañando el honor y la dignidad de muchas personas.

¿Qué dice la Constitución de la República de El Salvador al respecto?

ARTICULO 6.- Toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás. El ejercicio de este derecho no estará sujeto a previo examen, censura ni caución; pero los que haciendo uso de él, infrinjan las leyes, responderán por el delito que cometan.

...Se reconoce el derecho de respuesta como una protección a los derechos y garantías fundamentales de la persona.
Los espectáculos públicos podrán ser sometidos a censura conforme a la ley.

Veamos ahora el comunicado en un medio impreso del año 2006:





El sensacionalismo vende, es atractivo y sobre todo entretenido, pero lesiona derechos de las personas; finalmente es una manera grotesca de divertirse, más que todo si se trata de enfermedades como el alcoholismo, o las formas de accidentarse o de morir de algunas personas.

Gracias por su visita a este blog.

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...