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viernes, 13 de enero de 2012

Reconocimiento de Paternidad

Actualmente se entiende por “amor líquido” aquel sentimiento que existe fugazmente entre dos personas por un pequeño lapso de tiempo; luego es posible que la relación termine.

De esa fugaz relación suele suceder que la chica resulte embarazada o de a luz a un bebe siendo madre soltera, y el padre no quiera hacerse responsable negando la paternidad sobre el menor que está por nacer o que ya nació.

Para fortuna del bebé existen medios para que ese señor dé la cara y asuma su responsabilidad.

Es importante que la madre comprenda que todo niño tiene derecho a ser reconocido por su padre y a que le brinde protección y asistencia hasta su mayoría de edad. Y es responsabilidad de la madre proteger los derechos de su hijo frente a todo aquel que no le respete sus derechos.

El derecho del menor de ser reconocido no es a disposición de la madre, ella debe velar por que el padre del menor también se haga responsable de sus necesidades.


Existen mujeres que dicen: "yo voy a sacar adelante a mi hijo sola, no necesito de ese hombre ni mi hijo tampoco". Desde un punto de vista es comprensible pero, "ese hombre" debe responder por sus actos almenos económicamente, la ley lo permite y lo exige en favor del menor de edad a quien no le vendrá mal un ahorro para sus futuros estudios. 

El artículo 146 del Código de Familia de El Salvador establece claramente que el hijo no reconocido puede solicitar al juez, se abra un proceso en contra del supuesto padre, para que responda y demuestre si es o no el progenitor. En todo juicio de paternidad se solicita  la prueba de ADN que demostrará si es o no el progenitor del menor aun encontra de la voluntad de padre. Vea también este artículo Paternidad, prueba de ADN

Tanto hijos menores de edad como hijos mayores de edad pueden solicitar al juez este proceso de paternidad.

En el caso de los menores de edad deberá la madre acudir al juez en representación de su hijo.

También establece la ley que la mujer embarazada puede solicitar al juez el proceso de reconocimiento de paternidad contra ese hombre irresponsable aun cuando el bebé no haya nacido y se encuentre en el seno materno.

Este proceso se inicia de dos formas básicas:
  • Solicitando asesoría técnica a un abogado autorizado y especialista en Derecho de Familia. El abogado presentará una demanda de paternidad al juez de familia exponiendo los argumentos legales y ofreciendo prueba para que se decrete la paternidad. 

  • Solicitando asistencia a la Procuraduría General de la República quienes por medio de sus asesores especializados le brindarán un apoyo judicial para demandar la paternidad de ese hombre y hacerlo responsable económicamente de su hijo.

Otros datos de su interés:

Una mujer embarazada puede solicitar cuota alimenticia a favor de su hijo que aun no ha nacido, siempre y cuando se haya comprobado la paternidad del demandado, lo cual se puede hacer mediante pruebas que su abogado podrá explicarle.

Una mujer embarazada no puede ser despedida de su lugar de trabajo, goza de estabilidad laboral. En ocasiones los padres irresponsables son los jefes de la madre en el centro de trabajo, en estos casos la situación es complicada pero puede solucionarse debido a la protección que la ley ofrece a las mujeres embarazadas. 

Todo menor tiene derecho a conocer a sus padres y que estos se responsabilicen por él. Es un derecho que la madre debe proteger como parte de su responsabilidad legal frente a su hijo.


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sábado, 7 de enero de 2012

Pensión alimenticia especial.

Los matrimonios se constituyen en la actualidad bajo el influjo del amor que los cónyuges se tienen. Pero al transcurrir el tiempo en ocasiones ese amor disminuye y la separación o divorcio es inevitable.

En un pasado no muy lejano, María Isabel se desempeñaba como secretaria administrativa de una empresa importante en El Salvador, pero hace un año y medio sufrió un accidente automovilistico que le dejó postrada en un silla de ruedas sin poder mover sus piernas. A cosecuencia de esto perdió su trabajo y su salud desmejoró.

Juan Antonio, su esposo poco a poco fue dejando de quererla y cansado de la situación le fue infiel y finalmente le solicitó el divorcio alegando ser irreconciliables sus diferencias por tanto era conveniente separarse.


María Isabel y Juan Antonio llevaban una vida con ciertas comodidades puesto que Juan Antonio era ejecutivo con un alto cargo de una compañía y ganaba una cantidad de dinero que les permitía tener ciertos lujos. María Isabel ahora se encontraba con minusvalía, traicionada en el amor y con mucha triztesa, sin embargo consultó a su abogado sobre la situación del divorcio y le respondió lo siguiente:

"Según las leyes salvadoreñas nadie puede ser obligado a permanecer en matrimonio cuando ya no lo desea, por lo tanto la situación del divorcio no se puede evitar.

Pero debido a su condición de salud puede solicitar al Juez de Familia que se le establezca a Juan Antonio la obligación de pagarle a María Isabel una Pensión Alimenticia Especial en razón de su minusvalía y la carencia de medios de subsitencia suficientes. Esta Pensión se establecerá conforme a la capacidad económica de Juan Antonio para beneficio de María Isabel aun cuando ya no sean cónyuges y por un período de tiempo indeterminado."

El divorció esta en proceso en estos días y María Isabel lleva pruebas testimoniales y documentales para comprobar sus argumentos y solicitar la Pensión Alimenticia Especial.


Si desea más información 
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domingo, 4 de diciembre de 2011

Pensión alimenticia/ Cuota alimenticia.

La consecuencia de la separación de los cónyuges o de un divorcio cuando hay hijos generalmente amerita una asignación de una cantidad de dinero al padre o madre que tiene la guarda y cuidado personal de los hijos, técnicamente esto se conoce como cuota alimenticia que comprende vestido, vivienda, alimentación, recreación, salud entre otros factores necesarios para el sano desarrollo de una persona.

Ya anteriormente publiqué una entrada en este blog que hacía referencia a la protección de vivienda familiar que es parte de la cuota alimenticia y que recomiendo de un vistazo. 

Claramente la cuota alimenticia implica una cantidad de dinero, que debe ser acorde a la capacidad económica del padre o madre que la aporta. Esta es definida  atraves de una sentencia judicial después de seguir un proceso, mediante el cual se investiga y prueba la capacidad económica del demandado, los medios por los que obtiene dinero, cómo y en qué se lo gasta.

Una forma muy recomendada es mediante descuentos directos al salario que devenga la persona obligada de dar una cuota alimenticia. Esta cantidad de descuento es depositada en una cuenta especial donde el beneficiario puede retirarla.

También esta la opción que el  peticionario puede solicitar que esa cantidad de dinero se le entregue directamente o bien que le sea canalizada atraves de la Procuraduría General de la República como se mencionó anteriormente.

Si desea más información escriba directamente 
al autor del blog mediante su correo electrónco.


jueves, 1 de diciembre de 2011

Prueba de paternidad: el ADN

En tiempos pasados los hombres solían tener, de forma clandestina, amores con otras mujeres aparte de su esposa legítima; muchas de estas mujeres quedaban embarazadas,  daban a luz a su hijo, pero el padre no los reconocía y negaba tener algún tipo de relación con el menor, la consecuencia era una serie de discriminaciones a la mujer y al hijo. 

Actualmente la situación persiste en cuanto a la promiscuidad masculina, pero no sobre la paternidad de un hijo.


En estos tiempos existen métodos fiables para obligar a un hombre a hacerse responsable de los hijos que engendra, primeramente mediante un proceso judicial "de paternidad"; aún así hay muchos hombres que niegan ser padre del menor, sin embargo para no dar lugar a dudas existen las pruebas de ADN que una vez practicado solo quedan dos opciones: es el padre o no es el padre.




¿Qué significa ADN?


Las letras A-D-N son una abreviatura de las palabras: ácido deoxiribunucléico.

El ácido deoxiribunucléico es una sustancia encontrada en todos los seres vivientes, y por medio de ella podemos saber qué genes son los que nos dan las características particulares de cada uno, y sobre todo que caracteristicas heredamos de nuestros padres biológicos; la precisión de la prueba es bastante acertada en determinar la paternidad de un hobre respecto de un niño.

Anteriormente y por risible que parezca, se basaban en la coincidencia de rasgos físicos para determinar si dos personas tenían algún vínculo de parentesco, ubicaban a las personas una al lado de la otra y poniendo mucha atención buscaban similitudes o diferencias para establecer si eran o no padre e hijo.

¿Cómo hacen la prueba de ADN?


La prueba debe ser realizada por un laboratorio con especialidad en este tipo de pruebas. 

No es una prueba dolorosa, puesto que para obtener la muestra de laboratorio simplemente se necesita una gotita  de sangre, raíces capilares (cabello), tejidos conservados (piel), entre otros que deberán proporcionar las dos personas que quieren saber si son padre e hijo, pero es más común que se efectúe con un hisópo con algodón, el cual se frota dentro de la mejilla del paciente para recoger células sueltas. 

Este procedimiento es seguro, aún en recién nacidos.


Cuando la prueba de ADN es solicitada a consecuencia de un proceso de paternidad, el Tribunal que conduce el caso ordena a las personas dirigirse a un laboratorio específico, para resguardar la fidelidad de la prueba, conociéndose esto  como "resguardo de  una Cadena de Custodia".

Una Cadena de Custodia se requiere para que los resultados de las pruebas de ADN sean legalmente admisibles en el proceso judicial.  



Sin embargo, muchos pacientes desean conocer su parentesco o filiación con otra persona por interes personal, por tranquilidad de conciencia o por simple curiosidad, y no tienen intención de usarla para fines judiciales. Al respecto tiene dos opciones buscar en las farmacias una prueba de  ADN casera o bien dirigirse a un laboratorio que ofrezca este servicio.

Conozca otras preguntas comunes sobre esta prueba y sus respuestas haciendo click en PRUEBA DE ADN

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lunes, 28 de noviembre de 2011

El robo de un bebe.

Creo haber escrito ya anteriormente sobre este tema, muchas personas creen que este tipo de delitos nunca les pasará que nunca serán víctimas de una situación de estas; esta bien, pueden pensar lo que sea, pero la realidad es que hay gente inescrupulosa que realizan este vandalismo con las más viles intenciones.

Los robos de bebes se dan con más frecuencia de lo que se cree, y son poco conocidos vía medios de comunicación. 

Proporciono un enlace para que conozcan el final de uno de los casos de robos de bebe más recientes en El Salvador, espero sea ilustrativo para que tenga o recomiende a sus seres queridos más precaución con sus hijos de cualquier edad.


Mujer pasará seis años en prisión por intentar robar un bebé
Una mujer fue condenada a guardar prisión por el robo de un recién nacido hace dos años en el Hospital de Maternidad de la capital. La procesada fue capturada cuatro días después del robo, en su casa de habitación donde escondía al bebé


Si desea más información comuniquese con el autor del blog mediante el correo electrónico proporcionado.

jueves, 24 de noviembre de 2011

Nuevo matrimonio para mujeres.


No es poco común que una persona luego de haberse divorciado, conozca a una nueva pareja y decida contraer matrimonio; sin embargo esta situación no es tan sencilla para una mujer.

El Código de Familia establece una regla especial para la mujer que va a casarse nuevamente, luego de haberse divorciado.

Una mujer recién divorciada puede casarse inmediatamente quede ejecutoriada la sentencia que decreta su divorcio; esto se refiere a que ya han pasado 5 días desde que la sentencia se emitió y que el proceso se dio por concluido totalmente.

Cuando una mujer desea realizar nuevamente un matrimonio debe comprobar que no está embarazada. Para tal efecto debe acudir a un Notario de la República y realizar un proceso breve mediante el cual se establece que no está embarazada.

El proceso antes mencionado NO será necesario cuando la pareja, hoy divorciada, hubiese estado separada por más de 300 días, o se haya decretado el divorcio por la causal de separación absoluta.

Todo lo anterior es aplicable a personas que se divorcian de una persona para contraer nuevas nupcias con otra. Pero si Usted se divorció, luego se reconcilió con su ex cónyuge y desea volver a contraer nupcias con esa misma persona, lo puede hacer perfectamente.

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sábado, 5 de noviembre de 2011

Los trucos del patrón para no pagar al empleado

Al finalizar el año laboral para muchos patronos se vuelve incomodo tener que despedir al personal que ya no es necesario.

La ley manda que se le pague una indeminización por despido al trabajador, más las prestaciones; pero hay algunos trucos que los patronos utilizan para no pagar lo que la ley les manda.

  1. Despiden al trabajador. Sea cual sea la causa deberá ser justificada tal como lo establece la ley; las causas justificadas están enumeradas y puntualmente descritas en el Código Laboral, si no encaja en ninguna de esas causas el despido es injustificado, y da derecho al trabajador exigir una indemnización.
  2. Promesa de pago de su liquidación en 15 o 20 días después de ser despedido. Esta artimaña es motivada por  razones de trámite del pago, pero en realidad pretende ganar tiempo para que el trabajador no tenga oportunidad de colocar la respectiva denuncia de despido injustificado.
  3. Promesa de volver a contratar en los próximos días. Al igual que la excusa anterior es para agotar el derecho del empleado de entablar la respectiva denuncia por despido injustificado.
Recomendaciones básicas.

Luego de ser despedido, asesorese de un abogado de su confianza y expliquele cada detalle de lo sucedido.

Al momento de ser despedido solicite al patrón le dé una constancia de trabajo con fechas que detallen desde cuándo comenzó a laborar y cuándo finalizó, su salario devengado, jefe inmediato, firma del su jefe inmediato, dirección del lugar de trabajo, nombre de la empresa, nombre del empleado, número de Documento de Identidad del empleado y otros datos que contienen una básica recomendación de trabajo; justifique que la usará en sus próximas búsquedas de trabajo. Esta recomendación puede ser su arma más letal para exigir una indemnización por despido. Con ella comprobará que desempeñó un trabajo para ese patrón.

En los próximos 5 días de su despido acuda al Ministerio de Trabajo para denunciar el hecho, entable la denuncia respectiva y explique al asesor todo lo concerniente a su contratación y despido.

viernes, 4 de noviembre de 2011

Mi mujer y mis hijos hacen lo que yo digo.

La cultura del patriarcado no es muy antigua, aun en familias de nuestra época se observa una marcada autoridad del llamado "hombre de la casa"; esta costumbre se arraigo tanto en la humanidad que llegó a designarse la frase "patria potestad" al conjunto de facultades de autoridad que el padre de familia tenía sobre sus hijos, su esposa (mujer) y sobre los bienes de estos.

Actualmente el término: "Patria Potestad" ha sido sustituido por otro término más feliz denominado "Autoridad Parental" que es más inclusiva, puesto que no se refiere solamente a la autoridad o facultades del padre de familia sino también a la autoridad y facultades que la madre de familia tiene en igualdad de derecho y obligación que el padre.

Se entiende a la Autoridad Parental como el conjunto de facultades y deberes que la ley otorga e impone al padre y la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, asistan y preparen para la vida, además para que los representen y administren sus bienes.

¿Qué incluye la Autoridad Parental?

  • Corresponde conjuntamente a ambos padres. Existen excepciones pero generalmente es responsabilidad de ambos padres ejercer la autoridad parental.
  • Cuando los padres son menores de edad, estos ejercen la autoridad parental sobre sus hijos excepto sobre los bienes de los mismos, pues la administración de estos será asumida por los que tuvieren la responsabilidad de cuidar de los padres.
  • Cuidado personal. Consiste en criar a sus hijos bajo un hogar estable, alimentarlos y cuidarlos en general proveerles de lo necesario para su desarrollo.
  • Formación Religiosa.
  • Educación.
  • Corrección y orientación.
  • Representación Legal: implica velar y proteger los derechos de los hijos.
  • Administración de los bienes.


Pero la autoridad parental no esta escrita en piedra y puede adaptarse a las circunstancias. Puede suspenderse la autoridad parental al padre o madre que represente un peligro para el menor de edad. La ley expone esas:

CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA AUTORIDAD PARENTAL

Por la muerte real o presunta de los padres o del hijo.
Por la adopción del menor
Por haberse casado el hijo.
Por la mayoría de edad del hijo.

CAUSAS DE PERDIDA DE LA AUTORIDAD PARENTAL

Cuando alguno de los padres corrompa al menor
Cuando alguno de los padres abandone al menor
Cuando exista fraude de falso parto o suplantación de parto por alguno de los padres respecto del hijo.
Cuando cometieren un delito en contra de su propio hijo.

CAUSAS DE SUSPECIÓN DE LA AUTORIDAD PARENTAL.

Por maltrato habitual o permitir que se maltrate al hijo.
Por consumir drogas o bebidas embriagantes, inmoralidad notoria de alguno de los padres.
Por adolecer de enfermedad mental
Por ausencia no justificada, o por adolecer de una enfermedad prolongada.

Si desea más información escriba a
olmarquez_prog@hotmail.com

jueves, 3 de noviembre de 2011

Me quieren despedir por que estoy embarazada.

La legislación laboral de El Salvador prevé los despidos por embarazo y protege a la mujer con el objeto de conservar su empleo. 

Muchos patronos al tener rumores o presumir el embarazo de una trabajadora, la despiden de inmediato para evitar el pago de las prestaciones por maternidad; o bien las trabajadoras no hacen uso de su derecho por miedo a ser despedidas.

Tan pronto como sepa de su embarazo hágalo saber a su patrono, mostrando una constancia médica con firma y sello de la institución de salud que le atendió.

Tenga en cuenta las siguientes pautas para defender sus derechos:

    • Una mujer embarazada tiene derecho a conservar su empleo mientras está esperando a su bebe. 
    • Tiene derecho a cuidados médicos y a gozar de 12 semanas de licencia pagadas por su maternidad. De esas 12 semanas deberá tomar 6 después del parto, esto es obligatorio, para el patrón respetar su cumplimiento y para la trabajadora gozar de esos días post parto.
    • Existe una reforma  este período de descanso, visita este enlace y corrobora la información: 4 meses de licencia por maternidad.
    • Una madre en período de lactancia, tiene derecho a una hora, dentro del horario de trabajo, para alimentar a su bebe.

    Recomendaciones en caso de despido:
    • Denuncia personalmente de forma inmediata en el Ministerio de Trabajo. Encontrará un asesor que se encargará de gestionar su reinstalación en su cargo laboral y la garantía de recibir el pago por maternidad. Si no firmó contrato laboral no importa siempre haga la denuncia y se la tomarán en cuenta. En el peor de los casos Usted puede exigir una indemnización por despido injustificado.
    • Puede solicitar a su abogado de confianza la represente e interponga la denuncia laboral en su nombre.
    • Cuando visite su médico SIEMPRE solicite una constancia de embarazo y guárdela en un lugar seguro, saque copias y si es el caso llévela el día que vaya a denunciar su despido.
    • Existen plazos para presentar esta denuncia, por esta razón, hágalo de inmediato.


    Esta información aplica para todo tipo de trabajadoras embarazadas sean secretarias, asistentes administrativas, operarias en maquilas, trabajadoras domésticas, empleadas de instituciones, servicios de limpieza... en general todo tipo de trabajadoras embarazadas.

    Muchas veces el no tener contrato laboral hace presumir a las trabajadoras, que no tienen derecho ni manera de comprobar su trabajo, pero esto no es así, las leyes laborales establecen mecanismos efectivos para verificar que una persona fue empleada por otra persona. De tal forma que  no dude en denunciar este abuso laboral y exija su derecho.

    Gracias por visitar este blog.
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    lunes, 31 de octubre de 2011

    ¿Cuál es mi parentesco con esa señora?

    Básicamente el parentesco es la relación de familia que existe entre dos o más personas. Jurídicamente se entiende por parentesco el vínculo que une entre si a un grupo de personas dentro de la familia, que a su vez provienen de un ascendente común.


    CLASES DE PARENTESCO
    • Por consanguinidad: existe entre personas que descienden unas de otras.
    • Por afinidad: es el vínculo que existe entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro.
    • Por adopción.
    Nota importante:
    Entre cónyuges o compañeros de vida no existe parentesco alguno.


    *************************************************************************
    Un solo acto de relación sexual entre un hombre y una mujer, no es suficiente para dar origen al parentesco por afinidad, debe existir una estabilidad y notoriedad de la relación de conviviente, entre un hombre y una mujer durante un período de tiempo prolongado.

    La afinidad se afecta por el divorcio y la suspensión de la vida en común.

    No hay parentesco por afinidad entre los consanguíneos de un cónyuge y los consanguíneos del otro. Por ejemplo: los hermanos de la esposa no son parientes de los hermanos del esposo.

    Proximidad del parentesco:

    La ley ha determinado el grado de parentesco teniendo en cuenta las generaciones que median entre las personas. A cada generación se le asigna un grado. La linea del parentesco puede ser recta o colateral

    La linea recta se forma cuando unos son ascendentes y otros son descendentes directamente... por ejemplo: el nieto y el abuelo, la línea se encuentra escalonadamente de forma directa.

    La línea colateral está formada por personas que descienden de una misma cabeza, pero no son generantes o engendrados entre si, es el caso de los primos, los hermanos, los sobrinos y tíos. Véase los gráficos para su mejor comprensión.

    ¿Cómo determinamos el parentesco entre una persona y otra?

    Se realiza de una manera sencilla, se parte del primer grado y así se van sumando los grados. Hay que decirlo que en línea recta tanto ascendente como descendente, el conteo es ilimitado; pero en cuanto a la línea colateral se cuenta ascendiendo al tronco común y luego bajando.


    Algunos efectos jurídicos del parentesco en el ámbito civil y familia:

    • El Derecho recíproco de alimentos
    • El derecho de relaciones y trato
    • Los impedimentos matrimoniales
    • Derecho sucesorio (ser herederos de una persona al morir).
    • Imposibilidad de actuar como testigos en los matrimonios
    • Llamamiento para ejercer la tutela de un menor de edad o una persona con facultades especiales.

    En materia penal el parentesco también tiene sus efectos puesto que puede constituir un elemento integrante del cometimiento del delito, así en el incumplimiento de los deberes de asistencia económica.

    Otro caso es la celebración de un matrimonio ocultando los impedimentos para celebrarlo contemplados en la ley. Vea más sobre este tema en este enlace Matrimonios ilegales.


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    viernes, 28 de octubre de 2011

    Servicios domésticos. Derechos Laborales.

    Las personas que se dedican al servicio doméstico (en El Salvador: muchacha o doméstica.), de las casas particulares gozan de los mismos derechos que cualquier trabajador.


    Usualmente no se les hace un contrato escrito, pero la subordinación existe y puede probarse con solo haber trabajado para un mismo patrón durante dos días.

    Un trabajador del servicio doméstico puede pedir indemnización cuando es despedida si causa justificada.

    Un trabajador del servicio doméstico puede exigir el pago de prestaciones como el seguro social.


    Un trabajado del servicio doméstico tiene derecho a que se le paguen las horas extra trabajadas, conforme a la ley, y también se le den vacaciones remuneradas.


    Existen muchos otros derechos que la mujer embarazada que se dedique al servicio doméstico puede exigir sin temor a ser despedida. 


     Sugerencias:


    Asesórese con un abogado de su confianza, sobre los derechos laborales de las personas que trabajan prestando servicios domésticos, para conocer lo básico en cuanto a la contratación de sus servicios.

    Solicite a su patrono un contrato escrito, donde se le establezca el trabajo a desempeñar con la mayor precisión posible, el tiempo que será contratada, el día de inicio de las labores, el horario de trabajo y otros datos necesarios para tener claro el tipo de trabajo que se desempeñará..

    Al finalizar cada año solicite a su patrono una constancia de trabajo firmada por su patrono, que contenga el número de DUI y una copia tanto del trabajador y del patrono anexadas.

    ¿Qué hacer cuando ha sido despedida(o)?

    Muchas personas despiden a sus empleados domésticos sin causa justificada, y no entregan la correspondiente indemnización que la ley manda, menos aún las prestaciones de ley.

    Debe tener claro que como trabajador del servicio doméstico tiene los mismos derechos que cualquier otro trabajador y al ser violentados puede acudir al ministerio de Trabajo para exigir la indeminzación por despido injustificado; es necesario que tenga presente que solamente podrá iniciar este trámite antes de transcurridos 60 días, después del día en que fué despedida, de lo contrario esa denuncia no progresará y no habrá manera de exigir indemnización alguna.


    miércoles, 19 de octubre de 2011

    Requisitos para sacar a un menor del país.

    También los niños deben tener sus papeles en regla al momento de salir del país, por ejemplo, su pasaporte y la autorización por escrito del otro padre, si viaja solamente con uno de ellos.

    Por diversas razones los niños deben viajar solamente con su mamá o solamente con su papá; en estos casos es necesario que el padre o madre que no irá acompañando al niño, le dé una autorización para salir.  Este documento tiene ciertos requisitos que se exponen a continuación:

    Toda autorización debe realizarse en acta ante Notario de la República, donde firmará el progenitor autorizante, es decir el padre que no viajará acompañando al menor.

    El acta Notarial deberá contener:
    • Los nombres, apellidos, edad, la profesión u oficio a la que se dedica la persona que autoriza y los mismos datos de la persona autorizada para viajar con el menor.
    • El acta deberá expresar claramente el destino donde viajará el menor, incluyendo estado, provincia, pueblo, calle, avenida, conjunto residencial, número de casa en los casos que aplique;
    • El tiempo que permanecerá en ese lugar y si será permanente, temporal o definitivo.
    • El acta deberá contener los datos de la partida de nacimiento y del pasaporte del menor.
    • La ley... (Ley Especial de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia por sus siglas LEPINA)... establece que el permiso que se le otorga al autorizado, solo es vigente por un año.
    Nota importante: la dirección de migración y extranjería de El Salvador, pone a disposición de toda la población que va a viajar con un menor de edad, el servicio de pre-chequeo del acta notarial para salir con un menor de edad. 


    Simplemente tiene que acudir a una de las oficinas de la dirección de migración y extranjería para que le den el visto bueno del documento redactado por el Notario, también le pondrán un sello que certifica que el documento está correctamente redactado de tal forma que no pueda ser objetado por el agente fronterizo el día de su viaje. Este servicio es gratuito.

    El permiso para que un menor de edad pueda salir del país puede ser otorgado a un tercero que no es ni la madre, ni el padre del menor, en los casos previstos por la ley. Por ejemplo cuando existe un tutor legalmente establecido.

    Los tutores son personas responsables del cuidado personal del menor en casos de ausencia de los padres; son nombrados por un juez en un proceso especial. Existen muchos casos en los que menores de edad están al cuidado de sus abuelos o tíos, pero ellos no tienen el nombramiento de tutor tal como lo establece la ley. En este caso vale la pena consultar a su abogado.

    Para poder viajar con un menor de edad es necesario tener el nombramiento judicial de tutor, adoptante o ser el progenitor(a) biológicos del niño.


    El documento que el Notario extiende al interesado, consiste básicamente en un acta donde se establecen los datos antes mencionados y en los cuales se autoriza a una persona para que pueda salir del país con ese menor. 


    En los casos de las personas que viven en el extranjero tienen dos vías:

    • Que el padre o madre que van a salir del país le deje otorgado al otro progenitor el documento antes de salir. O bien se lo dejen otorgado al tío o abuelo(a)... esto aplica aun en caso de que estos últimos no sean tutores del menor.
    • Que estando uno de los dos en el extranjero, acuda a una oficina consular de El Salvador, en el país donde se encuentra y solicite se le extienda el acta. Luego se la envíe por un correo certificado al interesado en El Salvador.

    Para el caso de los tutores es un poco más complicado, puesto que se recomienda seguir las diligencias judiciales con anticipación suficiente para obtener el nombramiento entre otros aspectos a considerar bajo este tema de la Tutela de menores.

    Si se viaja con varios menores de edad deberá otorgarse un acta por cada menor.

    ¿Qué sucede si no lleva este documento 
    al momento de intentar viajar 
    con un menor?

    Básicamente el agente fronterizo no le permitirá salir del país con ese menor hasta que no le presente los documentos en regla.

    En casos más graves es probable que se le notifique a las autoridades policiales o de la Fiscalía General de la República de su intento de emigrar a otro país sin los documentos legales, lo que le presentará a su persona un record o antecedente nada agradable.

    Finalmente pasará un mal momento y tendrá que retornar a su destino inicial, muy disgustado, incurriendo en gastos innecesarios de dinero y tiempo.


    Cuánto es lo justo que le deben cobrar por una autorización para salir del país con un menor de edad?

    En el gremio de los Notarios, los costos varían dependiendo de cada profesional, en mi opinión personal una autorización para salir del país con un menor, justamente cobrado, oscila entre los $15.00 hasta los $30.00 Dólares de los Estados Unidos de América, siendo que se otorgue en El Salvador.

    Siendo otorgada en las sedes consulares de El Salvador en países extranjeros los precios pueden incrementarse sustancialmente.


    miércoles, 12 de octubre de 2011

    Demanda de paternidad: ¿de quién es el hijo?.

    Uno de los derechos fundamentales de los niños (hijos), es conocer quien es su mamá y su papá biológicos. Pero en muchas ocasiones y por diversas causas un menor de edad según la Partida de Nacimiento solo tiene mamá. 

    En este sentido el Código de Familia establece las reglas a seguir para lograr individualizar al padre de dicho niño; una manera es la Declaración judicial de Paternidad.

    La persona indicada para iniciar el proceso de Declaración Judicial de Paternidad es el titular del Derecho es decir el hijo. Pero es más común que lo haga la madre del hijo en representación de este último.

    Supongamos que es la madre quien inicia el proceso: deberá acudir a un abogado particular o a la Procuraduría General de la República para ser asesorada por un especialista en este tema, quien agotará las medidas administrativas para que el presunto padre lo reconozca.

    Pero en muchas ocasiones el presunto padre se niega a reconocer su paternidad y el caso pasa a manos de un Tribunal de Familia. En esta etapa se demostrará con pruebas las razones por las que se le atribuyen la paternidad a esa persona.

    Existen varios factores a considerar


    • La presunción de paternidad establecida en el artículo 141 del Código de Familia de cuándo se presume la paternidad de un hombre.
    Se presume la paternidad del hombre que haya convivido con la madre durante el período de la concepción.Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los 300 días siguientes a la disolución del matrimonio.
    • Pruebas de ADN.
    • Manifestación expresa o tácita de ser el padre.

    Un dato importante es que la ley establece que para solicitar la declaratoria judicial de paternidad no existe un limite de tiempo... es decir, que se puede iniciar el proceso en cualquier momento aun cuando los hijos ya alcanzaron la mayoría de edad.

    Además puede ser solicitada por los descendientes del hijo (si hubiese fallecido), contra el supuesto padre o contra sus herederos.

    Solicite más información 
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    Símbolos patrios en El Salvador

     En estricto sentido ¿cuáles son los símbolos patrios en El Salvador, según la Ley? Y entonces ¿qué son la flor nacional, el árbol nacional,...