jueves, 24 de noviembre de 2011

Nuevo matrimonio para mujeres.


No es poco común que una persona luego de haberse divorciado, conozca a una nueva pareja y decida contraer matrimonio; sin embargo esta situación no es tan sencilla para una mujer.

El Código de Familia establece una regla especial para la mujer que va a casarse nuevamente, luego de haberse divorciado.

Una mujer recién divorciada puede casarse inmediatamente quede ejecutoriada la sentencia que decreta su divorcio; esto se refiere a que ya han pasado 5 días desde que la sentencia se emitió y que el proceso se dio por concluido totalmente.

Cuando una mujer desea realizar nuevamente un matrimonio debe comprobar que no está embarazada. Para tal efecto debe acudir a un Notario de la República y realizar un proceso breve mediante el cual se establece que no está embarazada.

El proceso antes mencionado NO será necesario cuando la pareja, hoy divorciada, hubiese estado separada por más de 300 días, o se haya decretado el divorcio por la causal de separación absoluta.

Todo lo anterior es aplicable a personas que se divorcian de una persona para contraer nuevas nupcias con otra. Pero si Usted se divorció, luego se reconcilió con su ex cónyuge y desea volver a contraer nupcias con esa misma persona, lo puede hacer perfectamente.

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