Ir al contenido principal

Mi mujer y mis hijos hacen lo que yo digo.

La cultura del patriarcado no es muy antigua, aun en familias de nuestra época se observa una marcada autoridad del llamado "hombre de la casa"; esta costumbre se arraigo tanto en la humanidad que llegó a designarse la frase "patria potestad" al conjunto de facultades de autoridad que el padre de familia tenía sobre sus hijos, su esposa (mujer) y sobre los bienes de estos.

Actualmente el término: "Patria Potestad" ha sido sustituido por otro término más feliz denominado "Autoridad Parental" que es más inclusiva, puesto que no se refiere solamente a la autoridad o facultades del padre de familia sino también a la autoridad y facultades que la madre de familia tiene en igualdad de derecho y obligación que el padre.

Se entiende a la Autoridad Parental como el conjunto de facultades y deberes que la ley otorga e impone al padre y la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, asistan y preparen para la vida, además para que los representen y administren sus bienes.

¿Qué incluye la Autoridad Parental?

  • Corresponde conjuntamente a ambos padres. Existen excepciones pero generalmente es responsabilidad de ambos padres ejercer la autoridad parental.
  • Cuando los padres son menores de edad, estos ejercen la autoridad parental sobre sus hijos excepto sobre los bienes de los mismos, pues la administración de estos será asumida por los que tuvieren la responsabilidad de cuidar de los padres.
  • Cuidado personal. Consiste en criar a sus hijos bajo un hogar estable, alimentarlos y cuidarlos en general proveerles de lo necesario para su desarrollo.
  • Formación Religiosa.
  • Educación.
  • Corrección y orientación.
  • Representación Legal: implica velar y proteger los derechos de los hijos.
  • Administración de los bienes.


Pero la autoridad parental no esta escrita en piedra y puede adaptarse a las circunstancias. Puede suspenderse la autoridad parental al padre o madre que represente un peligro para el menor de edad. La ley expone esas:

CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA AUTORIDAD PARENTAL

Por la muerte real o presunta de los padres o del hijo.
Por la adopción del menor
Por haberse casado el hijo.
Por la mayoría de edad del hijo.

CAUSAS DE PERDIDA DE LA AUTORIDAD PARENTAL

Cuando alguno de los padres corrompa al menor
Cuando alguno de los padres abandone al menor
Cuando exista fraude de falso parto o suplantación de parto por alguno de los padres respecto del hijo.
Cuando cometieren un delito en contra de su propio hijo.

CAUSAS DE SUSPECIÓN DE LA AUTORIDAD PARENTAL.

Por maltrato habitual o permitir que se maltrate al hijo.
Por consumir drogas o bebidas embriagantes, inmoralidad notoria de alguno de los padres.
Por adolecer de enfermedad mental
Por ausencia no justificada, o por adolecer de una enfermedad prolongada.

Si desea más información escriba a
olmarquez_prog@hotmail.com

Entradas populares de este blog

En temas de trabajo ¿quién debe pagar por el servicio de internet?

 Hace ya varios días tengo la inquietud de resolver esta duda que seguramente a afectado a una gran cantidad de trabajadores, no solo en El Salvador, donde resido, sino en todo el mundo. Por causas sanitarias, cuarentenas, imposibilidad de movilizarse hacia el lugar de trabajo y otras tantas razones, muchos trabajadores han tenido que ingeniárselas para hacerse presente y demostrar al patrono que están trabajando, aun desde casa.  Sí, lo han hecho de forma remota, conectándose con su dispositivo electrónico a un servicio de internet. Pero según la ley, ¿quién debería asumir este costo?. Porque el servicio de internet residencial no es gratis. Y si te conectas por medio de un teléfono celular, la compañía igualmente va a cobrar por el uso de internet. Pues bien, escarbando en la ley Salvadoreña identifico el artículo 29 del Código de Trabajo que dice: Son obligaciones de los patronos: 1)Proporcionar al trabajador los materiales necesarios para el trabajo; así como las herramien...

Cambio de nombre en El Salvador

El nombre propio nos identifica e individualizan de las otras personas; se compone de “nombre” y “apellido”, pero en muchos casos estos no coinciden con los documentos que se poseen o que se han acumulado en el transcurso de la vida. Por ejemplo, a Juan, en su partida de nacimiento quedó consignado que se llama "Juan Antonio Herrera"; se le inscribió en la escuela como "Juan Antonio Pérez", cuando ya estaba trabajando, el patrono lo inscribió en el Seguro Social como "Antonio Pérez Herrera", y así, sin mala intención pero por descuido se fue estableciendo en diferentes momentos que Juan Antonio Herrera, lo conocían e identificaban en con otros nombres. Esa situación genera inconvenientes en muchos casos, por eso es necesario establecer con claridad, y definitivamente, cuál o cuáles son los nombres con los que es conocido "Juan".  Para esto existe un trámite denominado "Diligencias de Identidad Personal", que puede solici...

Cómo saber si es soltero, divorciado o casado.

Cuando inicia una relación surge la duda si él o ella estará casado, divorciado o soltero. A veces cuando ya nos han dicho la duda persiste e ntonces surge un nuevo reto: averiguar si es cierto lo que nos han dicho. Si ya ha decido hacer una investigación sobre este asunto, puedo ayudar, pero solo en lo que se refiere a personas salvadoreñas.  En El Salvador para saber con certeza si una persona es soltera, casada o divorciada deberá atender estas sugerencias: Dónde buscar. Lo más fácil es ver el documento de identidad emitido por una autoridad oficial en El Salvador: el Pasaporte, el Documento Único de Identidad (DUI) o la Licencia de Conducir emitida en El Salvador. Verifique fechas de emisión y de vencimiento. Será un buen inicio. ¿Hay dudas aun?. En casi todos los países del mundo existe un Registro donde se lleva control de la condición familiar de una persona; en ellos se puede saber si está soltera, en matrimonio, divorciada o viudez. Esta ...