viernes, 13 de enero de 2012

Reconocimiento de Paternidad

Actualmente se entiende por “amor líquido” aquel sentimiento que existe fugazmente entre dos personas por un pequeño lapso de tiempo; luego es posible que la relación termine.

De esa fugaz relación suele suceder que la chica resulte embarazada o de a luz a un bebe siendo madre soltera, y el padre no quiera hacerse responsable negando la paternidad sobre el menor que está por nacer o que ya nació.

Para fortuna del bebé existen medios para que ese señor dé la cara y asuma su responsabilidad.

Es importante que la madre comprenda que todo niño tiene derecho a ser reconocido por su padre y a que le brinde protección y asistencia hasta su mayoría de edad. Y es responsabilidad de la madre proteger los derechos de su hijo frente a todo aquel que no le respete sus derechos.

El derecho del menor de ser reconocido no es a disposición de la madre, ella debe velar por que el padre del menor también se haga responsable de sus necesidades.


Existen mujeres que dicen: "yo voy a sacar adelante a mi hijo sola, no necesito de ese hombre ni mi hijo tampoco". Desde un punto de vista es comprensible pero, "ese hombre" debe responder por sus actos almenos económicamente, la ley lo permite y lo exige en favor del menor de edad a quien no le vendrá mal un ahorro para sus futuros estudios. 

El artículo 146 del Código de Familia de El Salvador establece claramente que el hijo no reconocido puede solicitar al juez, se abra un proceso en contra del supuesto padre, para que responda y demuestre si es o no el progenitor. En todo juicio de paternidad se solicita  la prueba de ADN que demostrará si es o no el progenitor del menor aun encontra de la voluntad de padre. Vea también este artículo Paternidad, prueba de ADN

Tanto hijos menores de edad como hijos mayores de edad pueden solicitar al juez este proceso de paternidad.

En el caso de los menores de edad deberá la madre acudir al juez en representación de su hijo.

También establece la ley que la mujer embarazada puede solicitar al juez el proceso de reconocimiento de paternidad contra ese hombre irresponsable aun cuando el bebé no haya nacido y se encuentre en el seno materno.

Este proceso se inicia de dos formas básicas:
  • Solicitando asesoría técnica a un abogado autorizado y especialista en Derecho de Familia. El abogado presentará una demanda de paternidad al juez de familia exponiendo los argumentos legales y ofreciendo prueba para que se decrete la paternidad. 

  • Solicitando asistencia a la Procuraduría General de la República quienes por medio de sus asesores especializados le brindarán un apoyo judicial para demandar la paternidad de ese hombre y hacerlo responsable económicamente de su hijo.

Otros datos de su interés:

Una mujer embarazada puede solicitar cuota alimenticia a favor de su hijo que aun no ha nacido, siempre y cuando se haya comprobado la paternidad del demandado, lo cual se puede hacer mediante pruebas que su abogado podrá explicarle.

Una mujer embarazada no puede ser despedida de su lugar de trabajo, goza de estabilidad laboral. En ocasiones los padres irresponsables son los jefes de la madre en el centro de trabajo, en estos casos la situación es complicada pero puede solucionarse debido a la protección que la ley ofrece a las mujeres embarazadas. 

Todo menor tiene derecho a conocer a sus padres y que estos se responsabilicen por él. Es un derecho que la madre debe proteger como parte de su responsabilidad legal frente a su hijo.


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