Ir al contenido principal

¿Quién puede pedir se le nombre heredero?


Entre las reglas particulares relativas a las herencias contenidas en el Código civil de El Salvador encontramos detalles bastante interesantes que todos deberíamos saber, por ejemplo ¿quién puede solicitar se le nombre heredero, cuando no hay un testamento que lo determine?, pues bien el Código Civil nos da un listado, y dice que “son llamados a la sucesión” como un primer nivel: los hijos, el padre, la madre y el cónyuge y en su caso el conviviente o sobreviviente, en ese orden, tajante y concreto.
Luego como un segundo nivel van los abuelos y demás ascendientes; los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a su hijo. (esto último está fuera de tiempo actual, es sujeto a debate).
Posteriormente está otro nivel que son los hermanos del difunto.
Luego los Sobrinos del difunto.
Después los tíos del finado.
Más aun siguen los primos-hermanos del causante.
Finalmente La universidad de El Salvador y los hospitales.

Dado que no existe testamento sobre los bienes del difunto, se le llama a esto “aceptación de herencia intestada”; intestada porque no existe testamento.

Cualquiera de los enunciados en el listado anterior que pretenda se le nombre heredero puede acudir a un juez probando la legitimidad de su petición, que los herederos del nivel superior y posterior no existen o solicitando se pronuncien si aceptan o no la herencia dejada al fallecer determinada persona.

Los trámites que implican la aceptación de una herencia sin testamento pueden llevarse a cabo por dos vías, una es mediante un Notario de El Salvador y la otra mediante un Juez de lo civil. Muchas veces el trámite es realmente engorroso porque es necesario probar que el peticionario está legitimado para aceptar herencia, pero de todas maneras es recomendable comenzar lo antes posible para que se alcance el objetivo.

Y usted, ¿ya comenzó a tramitar la herencia de su tío rico? En Acorde Jurídico le podemos ayudar. Deja un comentario o haz una consulta.

Gracias por visitar este blog.

Comentarios

Entradas populares de este blog

En temas de trabajo ¿quién debe pagar por el servicio de internet?

 Hace ya varios días tengo la inquietud de resolver esta duda que seguramente a afectado a una gran cantidad de trabajadores, no solo en El Salvador, donde resido, sino en todo el mundo. Por causas sanitarias, cuarentenas, imposibilidad de movilizarse hacia el lugar de trabajo y otras tantas razones, muchos trabajadores han tenido que ingeniárselas para hacerse presente y demostrar al patrono que están trabajando, aun desde casa.  Sí, lo han hecho de forma remota, conectándose con su dispositivo electrónico a un servicio de internet. Pero según la ley, ¿quién debería asumir este costo?. Porque el servicio de internet residencial no es gratis. Y si te conectas por medio de un teléfono celular, la compañía igualmente va a cobrar por el uso de internet. Pues bien, escarbando en la ley Salvadoreña identifico el artículo 29 del Código de Trabajo que dice: Son obligaciones de los patronos: 1)Proporcionar al trabajador los materiales necesarios para el trabajo; así como las herramien...

Cambio de nombre en El Salvador

El nombre propio nos identifica e individualizan de las otras personas; se compone de “nombre” y “apellido”, pero en muchos casos estos no coinciden con los documentos que se poseen o que se han acumulado en el transcurso de la vida. Por ejemplo, a Juan, en su partida de nacimiento quedó consignado que se llama "Juan Antonio Herrera"; se le inscribió en la escuela como "Juan Antonio Pérez", cuando ya estaba trabajando, el patrono lo inscribió en el Seguro Social como "Antonio Pérez Herrera", y así, sin mala intención pero por descuido se fue estableciendo en diferentes momentos que Juan Antonio Herrera, lo conocían e identificaban en con otros nombres. Esa situación genera inconvenientes en muchos casos, por eso es necesario establecer con claridad, y definitivamente, cuál o cuáles son los nombres con los que es conocido "Juan".  Para esto existe un trámite denominado "Diligencias de Identidad Personal", que puede solici...

Cómo saber si es soltero, divorciado o casado.

Cuando inicia una relación surge la duda si él o ella estará casado, divorciado o soltero. A veces cuando ya nos han dicho la duda persiste e ntonces surge un nuevo reto: averiguar si es cierto lo que nos han dicho. Si ya ha decido hacer una investigación sobre este asunto, puedo ayudar, pero solo en lo que se refiere a personas salvadoreñas.  En El Salvador para saber con certeza si una persona es soltera, casada o divorciada deberá atender estas sugerencias: Dónde buscar. Lo más fácil es ver el documento de identidad emitido por una autoridad oficial en El Salvador: el Pasaporte, el Documento Único de Identidad (DUI) o la Licencia de Conducir emitida en El Salvador. Verifique fechas de emisión y de vencimiento. Será un buen inicio. ¿Hay dudas aun?. En casi todos los países del mundo existe un Registro donde se lleva control de la condición familiar de una persona; en ellos se puede saber si está soltera, en matrimonio, divorciada o viudez. Esta ...