La palabra extradición viene de los
vocablos latinos: “ex” que significa: fuera de. Y por otra parte el vocablo
“traditio”, que significa acción de entregar.
Al fusionar los dos vocablos se
compone la palabra "extradición" con significado actual y definido como el
procedimiento que hace un Estado pidiendo se le entregue una persona que se
encuentra físicamente en el territorio de otro Estado, para juzgarla por su
posible participación en un delito.
En otros casos se trata de personas que ya
han sido condenadas en el Estado solicitante y el reclamo de extradición se
sustenta en la ejecución de la pena que esta persona debe cumplir.
"LA EXTRADICION SE CONSIDERA COMO EL ACTO VERIFICADO POR UN ESTADO, QUE ENTREGA A UN INDIVIDUO, ACUSADO O CONDENADO POR COMETER UN DELITO DENTRO DEL TERRITORIO DEL ESTADO RECLAMENTE, QUIEN ES COMPETENTE PARA JUZGARLO Y QUE HA SIDO RECLAMADO AL ESTADO DONDE SE HA REFUGIADO"
El procedimiento debe llenar todos
los requisitos formales y materiales, entre ellos la existencia de un convenio
o tratado internacional entre los Estados que van a participar en la
extradición de una persona. La inexistencia de un convenio o tratado
internacional dificulta el procedimiento, al menos, bajo la legalidad.
La Constitución de la República de El Salvador menciona el tema de la extradición, que luego son desarrollados por la legilación secundaria o bien por tratados internacionales.
Referencia: Tesis doctoral Hugo René Baños Sánchez
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