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¿Me puedo cambiar el nombre?

Varios clientes me han consultado si es posible cambiar su nombre: Desde el año 1990 existe en El Salvador una "Ley del Nombre de la Persona Natural" que regula todo lo relacionado con nombres y apellidos de personas naturales (reales o físicas, teniendo en cuenta que las empresas para la ley, son personas jurídicas o ficticias).

Dicha ley tiene un capitulo dedicado al cambio de nombre siendo concreta la prohibición que el nombre establecido para una persona NO SE CAMBIARA excepto en casos muy puntuales. Menciona además que si ese cambio se hace con el fin de crear una falsa identidad, al infractor se le hará responder penalmente.

Hay que mencionar que el cambio de nombre en esos casos específicos solo puede ser autorizado por un Juez de lo Civil y con arreglo al procedimiento establecido.

¿Cuáles son esos casos?
  1. Cuando exista Homonimia: cuando dos personas poseen el mismo nombre y apellido, similares en escritura también.El primero en solicitar el cambio será quien cambiará su nombre.
  2. Cuando el nombre de lugar a confunción respecto del sexo de la persona: por ejemplo que un señor se llame Claudi Pérez, siendo un hombre, sexo masculino.
  3. Cuando el nombre es inadecuado para una persona: por ejemplo que una persona se llame Malvoro Sánchez.
  4. Cuando el nombre sea lesivo a la dignidad: por ejemplo Caca López, siendo considerada la palabra caca en El Salvador como una expresión referente a las excretas humanas.
  5. Cuando el nombre sea extrajero y se quiera castellanizar: Por ejemplo Ludwin Va Beethoven cambiarlo por Luis Beethoven.

Transcurrido el proceso correspondiente el interesado deberá poner en orden sus documentos personales, comenzando por la Partida de Nacimiento o Acta de Nacimiento, su pasaporte y Documentos de Identidad.

Consulte a su abogado de confianza para ampilar este tema.

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