sábado, 21 de enero de 2012

Ley SOPA. ¿qué es?


En palabras sencillas la ley SOPA es un conjunto de normativas que pretenden brindar a los propietarios de derechos intelectuales y a las autoridades las herramientas legales para frenar y combatir el tráfico ilegal de contenido protegido por derechos de autoría o propiedad intelectual;


La palabra “SOPA” es una abreviatura que corresponde a las palabras “Stop Online Piracy Act.”
 
Actualmente es un proyecto de ley introducido en la Cámara de Representantes de Estados Unidos el pasado 26 de octubre de 2011.


Solo es un proyecto de ley pero de llegarse a aprobar se cambiaría por completo los esquemas bajo los cuales funciona buena parte de internet y las restricciones al uso o descarga de contenido sería bastante grande. Inclusive las sanciones o penalidades por el uso indiscriminado de contenido protegido por los derechos de autor serían drásticas.


Algunos sitios consideran la Ley SOPA como un atentado contra la libertad de expresión y señalan como sus principales efectos nocivos:
  • Las redes de navegación anónimas serían ilegales
  • Posiblemente las comunicaciones por internet serían espiadas para determinar si se está usando contenido ilegal de conformidad con la ley SOPA
  • Enlazar a páginas con contenido ilegal sería una de las formas por las cuales ser sancionado.
En El Salvador, la legislación concerniente al mundo cibernético es poca, encontrandose distribuida una serie de artículos en distintas leyes de materias distintas. Existe también una serie de normativas internacionales que son aplicables en El Salvador.

En una próxima entrega me comprometo a incluir una entrada de blog sobre las distintas normativas actuales referentes al mundo cibernético, aplicables dentro de la legislación salvadoreña.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

miércoles, 18 de enero de 2012

En el matrimonio ¿qué es de quién?

El matrimonio es la unión entre dos personas con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida, esto incluye el área económica o patrimonial de cada cónyuge. 

El Código de Familia de El Salvador establece un capitulo especial para determinar las normas que regulan las relaciones económicas de los cónyuges entre si, y de estos con terceros; a éstas normas se les denomina Régimen Patrimonial del matrimonio.

Existen tres clases fundamentales de Régimen Patrimonial a los cuales la gran mayoría de cónyuges se someten el día de la celebración de su matrimonio en El Salvador.

  1. Separación de bienes.
  2. Participación de las ganancias.
  3. Comunidad diferida.

El Código de Familia Salvadoreño permite incluso formular un Régimen Patrimonial distinto a los enumerados anteriormente, siempre y cuando no contraríen lo establecido en las leyes de familia y afines de El Salvador. 

Cuando  los contrayentes no expresan a cuál de los régimenes se someten, por disposición legal se les aplica el de Comunidad diferida, puesto que no se concibe un matrimonio sin régimen patrimonial ademas de ser considerado el más equitativo por la doctrina imperante en El Salvador sobre esta materia. Otro dato importante a saber, es que los regimenes patrimoniales pueden ser sustituidos o modificados dentro del período que el matrimonio está vigente.

Veamos los rasgos más sencillos de cada uno de los regímenes patrimoniales:

Separación de Bienes.
Cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuviere al contraer matrimonio, de los que obtuviere durante él y sus frutos presentes o futuros.
En otras palabras: los patrimonios de cada cónyuge no se mezclan, pertenecen a cada uno por separado.

Régimen de participación en las ganancias
Cada uno de los cónyuges adquiere el derecho a participar en las ganancias obtenidas por su cónyuge, durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. Por ejemplo si uno de los cónyuges compra una casa, ese inmueble y sus frutos o rentas beneficiará a ambos.

Comunidad diferida.
En este caso los bienes adquiridos a título oneroso, los frutos, rentas e intereses obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante la existencia del régimen, pertenecen a ambos y se distribuirán por mitad al disolverse el mismo.

Este es el régimen más comunmente empleado, en mi opinión personal lo denomíno: "regimen amoroso" por que es adoptado bajo la premisa que, entre los cónyuges "lo tuyo es mio y lo mio es tuyo".

No hace mucho tuve la oportunidad de asesorar a una pareja que había decidido contraer matrimonio y les sugería otro régimen patrimonial que no fuese el de comunidad diferida, la razón era sencilla: los regímenes patrimoniales surten su efecto principalmente, cuando el matrimonio va a disolverse; por lo general un divorcio conlleva desaveniencias y conflictos entre los cónyuges en la vida matrimonial. Siendo este el caso, el régimen patrimonial debe adoptarse en función del interés particular de cada uno de los cónyuges y a la vista de un posible divorcio, analizando con cabeza fría este aspecto.

Suponga que tiene que divorciarse, si ha elegido bien el régimen patrimonial, sus cosas e intereses estarán a salvo de beneficiar a su excónyuge, persona que en ese entonces tendrá problemas con Usted. 

Por tal razón es más recomendable el régimen de separación de bienes. Al respecto se argumenta que cuando se contrae matrimonio no se está pensando en divorciarse, sin embargo los caminos de la vida son insospechables y la posibilidad existe, por tanto vale la pena preparase para un evento incierto que puede que llegue o que no llegue a suceder. En caso de que no suceda, aun cuando se haya adoptado el régimen de bienes separados o cualquier otro similar, estoy seguro que si el amor persiste, los cónyuges no se negaran la participación en las ganancias o el uso y disfrute de los bienes propios del otro cónyuge.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.


domingo, 15 de enero de 2012

Acuerdos de Paz en El Salvador.


Más de veinte años han pasado desde que se llegó a varios acuerdos, para detener el conflicto armado que cobró miles de vidas inocentes en El Salvador

Los acuerdos de paz fueron un hecho histórico sin precedentes y de gran trascendencia, que dieron un giro anhelado para los salvadoreños en el desarrollo de la democracia, fueron el punto de salida a una forma de vida que permitiera el desarrollo del pueblo salvadoreño, especialmente en el ámbito político; hoy son conmemorados y se invita a reflexionar sobre los avances y estancamientos en la consolidación de la paz nacional.


“La fecha real de los acuerdos de paz, fue el 31 de diciembre de 1991 y fueron firmados en acto solemne el día 16 de enero del año 1992 en el Palacio de Chapultepec, México.”
Apaneca, El Salvador.

Muchos mencionan la necesidad de pedir perdón por las atrocidades que se cometieron antes, durante y después del conflicto armado, sin embargo pedir perdón es solo un símbolo; más que pedir perdón es necesario considerar nuevos acuerdos que den continuidad al ya firmado el 16 de enero de 1992, acuerdos que respondan a la realidad nacional, y que vayan encaminados a mejorar aspectos de tipo económico, sociales, fiscales, judiciales, de seguridad y otros puntos clave para el desarrollo de la sociedad de El Salvador.


El capitulo VII del acuerdo de paz que puso fin al conflicto armado menciona en su párrafo uno: “El cese del enfrentamiento armado es un proceso irreversible, corto, dinámico y de duración predeterminada, que debe aplicarse en todo el territorio nacional de El Salvador”
Es innecesario perder el tiempo en la búsqueda de culpables sobre los fallos o desatinos que se han tenido en estos 20 años sin conflicto armado, es más productivo seleccionar políticos íntegros que sean capaces de encontrar y trabajar sobre las soluciones de esos problemas que hoy aquejan a la sociedad.
 “Harrison Ford en una de sus películas al dar un discurso menciona las siguientes palabras: vivir en paz no solo significa ausencia de conflicto armado, sino  también de la posibilidad real de tener justicia
Es responsabilidad de todos y cada uno de los miembros de la sociedad salvadoreña  elegir mediante  el voto de elecciones populares, a los representantes políticos que comprendan y deseen resolver los problemas actuales de El Salvador, para que los acuerdos de Paz tengan continuidad y trasciendan de su fecha de firma a un desarrollo constante de la democracia.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

viernes, 13 de enero de 2012

Reconocimiento de Paternidad

Actualmente se entiende por “amor líquido” aquel sentimiento que existe fugazmente entre dos personas por un pequeño lapso de tiempo; luego es posible que la relación termine.

De esa fugaz relación suele suceder que la chica resulte embarazada o de a luz a un bebe siendo madre soltera, y el padre no quiera hacerse responsable negando la paternidad sobre el menor que está por nacer o que ya nació.

Para fortuna del bebé existen medios para que ese señor dé la cara y asuma su responsabilidad.

Es importante que la madre comprenda que todo niño tiene derecho a ser reconocido por su padre y a que le brinde protección y asistencia hasta su mayoría de edad. Y es responsabilidad de la madre proteger los derechos de su hijo frente a todo aquel que no le respete sus derechos.

El derecho del menor de ser reconocido no es a disposición de la madre, ella debe velar por que el padre del menor también se haga responsable de sus necesidades.


Existen mujeres que dicen: "yo voy a sacar adelante a mi hijo sola, no necesito de ese hombre ni mi hijo tampoco". Desde un punto de vista es comprensible pero, "ese hombre" debe responder por sus actos almenos económicamente, la ley lo permite y lo exige en favor del menor de edad a quien no le vendrá mal un ahorro para sus futuros estudios. 

El artículo 146 del Código de Familia de El Salvador establece claramente que el hijo no reconocido puede solicitar al juez, se abra un proceso en contra del supuesto padre, para que responda y demuestre si es o no el progenitor. En todo juicio de paternidad se solicita  la prueba de ADN que demostrará si es o no el progenitor del menor aun encontra de la voluntad de padre. Vea también este artículo Paternidad, prueba de ADN

Tanto hijos menores de edad como hijos mayores de edad pueden solicitar al juez este proceso de paternidad.

En el caso de los menores de edad deberá la madre acudir al juez en representación de su hijo.

También establece la ley que la mujer embarazada puede solicitar al juez el proceso de reconocimiento de paternidad contra ese hombre irresponsable aun cuando el bebé no haya nacido y se encuentre en el seno materno.

Este proceso se inicia de dos formas básicas:
  • Solicitando asesoría técnica a un abogado autorizado y especialista en Derecho de Familia. El abogado presentará una demanda de paternidad al juez de familia exponiendo los argumentos legales y ofreciendo prueba para que se decrete la paternidad. 

  • Solicitando asistencia a la Procuraduría General de la República quienes por medio de sus asesores especializados le brindarán un apoyo judicial para demandar la paternidad de ese hombre y hacerlo responsable económicamente de su hijo.

Otros datos de su interés:

Una mujer embarazada puede solicitar cuota alimenticia a favor de su hijo que aun no ha nacido, siempre y cuando se haya comprobado la paternidad del demandado, lo cual se puede hacer mediante pruebas que su abogado podrá explicarle.

Una mujer embarazada no puede ser despedida de su lugar de trabajo, goza de estabilidad laboral. En ocasiones los padres irresponsables son los jefes de la madre en el centro de trabajo, en estos casos la situación es complicada pero puede solucionarse debido a la protección que la ley ofrece a las mujeres embarazadas. 

Todo menor tiene derecho a conocer a sus padres y que estos se responsabilicen por él. Es un derecho que la madre debe proteger como parte de su responsabilidad legal frente a su hijo.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

sábado, 7 de enero de 2012

Pensión alimenticia especial.

Los matrimonios se constituyen en la actualidad bajo el influjo del amor que los cónyuges se tienen. Pero al transcurrir el tiempo en ocasiones ese amor disminuye y la separación o divorcio es inevitable.

En un pasado no muy lejano, María Isabel se desempeñaba como secretaria administrativa de una empresa importante en El Salvador, pero hace un año y medio sufrió un accidente automovilistico que le dejó postrada en un silla de ruedas sin poder mover sus piernas. A cosecuencia de esto perdió su trabajo y su salud desmejoró.

Juan Antonio, su esposo poco a poco fue dejando de quererla y cansado de la situación le fue infiel y finalmente le solicitó el divorcio alegando ser irreconciliables sus diferencias por tanto era conveniente separarse.


María Isabel y Juan Antonio llevaban una vida con ciertas comodidades puesto que Juan Antonio era ejecutivo con un alto cargo de una compañía y ganaba una cantidad de dinero que les permitía tener ciertos lujos. María Isabel ahora se encontraba con minusvalía, traicionada en el amor y con mucha triztesa, sin embargo consultó a su abogado sobre la situación del divorcio y le respondió lo siguiente:

"Según las leyes salvadoreñas nadie puede ser obligado a permanecer en matrimonio cuando ya no lo desea, por lo tanto la situación del divorcio no se puede evitar.

Pero debido a su condición de salud puede solicitar al Juez de Familia que se le establezca a Juan Antonio la obligación de pagarle a María Isabel una Pensión Alimenticia Especial en razón de su minusvalía y la carencia de medios de subsitencia suficientes. Esta Pensión se establecerá conforme a la capacidad económica de Juan Antonio para beneficio de María Isabel aun cuando ya no sean cónyuges y por un período de tiempo indeterminado."

El divorció esta en proceso en estos días y María Isabel lleva pruebas testimoniales y documentales para comprobar sus argumentos y solicitar la Pensión Alimenticia Especial.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

jueves, 22 de diciembre de 2011

Abogado mentiroso o abogado honesto

La profesión de abogado ha sido desprestigiada por la conducta poco ética de algunos profesionales que, sin escrúpulos, realizan toda clase de artimañas con el fin de obtener un beneficio para su cliente o en provecho propio, de tal forma que es común escuchar a las personas referirse a los abogados en general, como tramposos, aliados con las mafias entre otros improperios destinados a calificar todos los abogados como un gremio de ladrones con licencia. 

En todo negocio humano existen esas personas, y juntamente con ellos hay profesionales probos con un sentido de justicia muy noble, que buscan mantener el honor de la profesión de abogado en alto.
¿Cómo identificar a un abogado mentiroso 
de uno que dice la verdad?
 
Es bien conocida la gran capacidad de convencimiento que muchos abogados logran desarrollar, siendo dificil para los clientes identificar una mentira de una verdad. 


Sin embargo el cliente puede verificar si el abogado que ha contratado le miente o le dice la verdad aplicando estos consejos:

Primero: sepa que las leyes no son complicadas, están redactadas de tal forma que cualquier persona pueda entenderlas. Su abogado tiene la obligación de explicar y responder a todas las preguntas que le haga respecto del problema que está pasando. 


Solicite al abogado el nombre de la ley y los artículos en los que basa su argumento, luego revíselos y constate la veracidad de lo que se le ha explicado.

Segundo: compruebe los hechos que el abogado le ha dicho. La mayoría de procesos judiciales y el expediente judicial solamente puede ser consultando por el abogado y por las partes que en él intervienen, de tal forma que si Usted necesita conocer algo sobre un proceso judicial, puede ir al Juzgado donde se está llevando el proceso, identificarse con el empleado judicial correspondiente y solicitar ver el expediente.

Tercero: hacer otra consulta con otro profesional. Esto le dará otra visión del asunto, pero tome en cuenta que las estrategias de cada abogado para obtener un determinado resultado, pueden variar respecto a la experiencia que se tenga en la materia (juicios laborales, juicios civiles, juicios de familia, etc.). Cada abogado puede tener distintas estrategias y ganar un juicio igualmente; no obstante que Usted tenga varias opiniones le permite ver las distintas soluciones a su problema.

En todo proceso judicial en los que muchos abogados intervienen, existe una gran diversidad de situaciones e inconvenientes difíciles de explicar al cliente y que requieren de paciencia para que se puedan solucionar, debido más que todo, a la lentitud del sistema de aplicación de justica y no tanto al profesional. Un simple trámite puede durar 6 meses o más a pesar que el abogado sea de excelente préstigio y efectividad.

Finalmente si su abogado no le está diciendo la verdad, puede perfectamente sustituirlo en cualquier momento del proceso, buscando otro profesional que lo represente.
 
Aplique la información aquí proporcionada e identificará al abogado mentiroso de aquel que le dice la verdad.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Ahi es donde la puerca torció el rabo (3)

Los problemas comunes.
Tome nota: todos tenemos problemas legales en algún momento pero hay cosas que puede hacer para minimizar su impacto. En mi ejercicio profesional he percibido mayor descuido en los siguientes puntos:

  1. Herencia sin testamento: todos sabemos que en algún momento moriremos, pero pocos nos preparamos para ese acontecimiento. Vale la pena tener previsto el destino de sus bienes por pocos que sean; sus hijos y nietos se ahorrarán tiempo y dinero. Haga un testamento, no vence y puede cambiarlo cuando quiera.
  2. Problemas con el nombre: muchas personas andan por ahí con sus documentos personales y son conocidos en varios trámites con distintos nombres o nombres similares; rectificar su nombre o establecer legalmente sus "conocido por" le evitará problemas en todos los trámites y a sus herederos.
  3. No firmar contrato o contratos vencidos: las palabras se las lleva el viento, la buena fe y la palabra de honor son cosa del pasado. Establezca bien cuales son los términos de su negocio y evite discuciones por mal entendidos desde el inicio.
  4. Firmar documentos sin entender cada aspecto: La pereza mental de analizar un texto le puede salir  muy costoso y se expone al abuso y atrope yo de sus derechos. Pregunte si no entiende "vale más pasar de burro una vez que toda una vida".
  5. Desorden administrativo: por causa de este aspecto un abogado le puede cobrar más. Armar un rompe cabezas de documentos desordenados o escudriñar la existencia de documentos implica tiempo y para Usted implica dinero que habrá de pagar al abogado. Mantenga un registro ordenado de sus trámites importantes: bancos, compra ventas, propiedades, registros, recibos.
  6. No otorgar poder: "el poder" o "mandato administrativo" puede hacerse con limitaciones o ser amplio. Muchas personas salen del país y dejan propiedades y bienes que manejar en manos de sus pariente o amigo cercano pero no dejan un poder que le permite reaccionar con rapidez y autoridad ante cualquier problema. Una persona en el extranjero deberá gastar más en hacer un poder y enviarlo.
  7. Manejo inadecuado de deudas: muchos acreedores son accesibles y al momento de optar por una forma de pago desisten de una acción judicial. Otros por su mala administración caen en juicios de embargo que les terminan descontando dinero por años. Un embargo puede suspenderse,  y Usted puede recuperar el dinero.


Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

Paseo El Carmen en Santa Tecla.

Definitivamente en El Salvador, Santa Tecla es un lugar para el turismo nacional e internacional con una variedad muy atractiva. El pasado 15 de diciembre pasaba sin intención de quedarme pero en una esquina del Paseo el Carmen vi venir una banda de músicos espectaculares que tocaban sus trompetas y tambores con maestría, incluían coreografías, cachiporras, coloridos trajes que me retuvieron con una sonrisa en el rostro. Poco después en un alto parlante se anunciaba la exposición de arte corporal y un show de teatro en conmemoración al día de la mujer tecleña. A continuación las fotografías.

Donde hay emoción hay arte, Donde hay arte hay vida, Donde hay vida hay esperanza, Donde hay esperanza hay redención. 
Luis A. Ferre



El arte es la única forma de actividad por la cual el hombre 
se manifiesta como verdadero individuo.  
Marcel Duchamp



Diciembre estará lleno de actividades por lo general el Paseo El Carmen está abierto los fines de semana pero por ser fiestas dicembrinas todos los días hay una actividad es decir de lunes a domingo. 

Las necesidades y derechos del ser humano incluyen sano esparcimiento que permita cultivar su ser y desarrollarse humanamente con arte y buena diversión.

Visite Santa Tecla.

Si desea más información 
escriba un comentario en este blog.

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...