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¿Quién puede pedir se le nombre heredero?

Entre las reglas particulares relativas a las herencias contenidas en el Código civil de El Salvador encontramos detalles bastante interesantes que todos deberíamos saber, por ejemplo ¿quién puede solicitar se le nombre heredero, cuando no hay un testamento que lo determine?, pues bien el Código Civil nos da un listado, y dice que “son llamados a la sucesión” como un primer nivel: los hijos, el padre, la madre y el cónyuge y en su caso el conviviente o sobreviviente, en ese orden, tajante y concreto. Luego como un segundo nivel van los abuelos y demás ascendientes; los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a su hijo. (esto último está fuera de tiempo actual, es sujeto a debate ). Posteriormente está otro nivel que son los hermanos del difunto. Luego los Sobrinos del difunto. Después los tíos del finado. Más aun siguen los primos-hermanos del causante. Finalmente La universidad de El Salvador y los hospitales. Dado que no existe testamento sobre ...

¿Casado, Viudo o Divorciado?... es Soltero

En El Salvador se llama Estado Familiar a la calidad jurídica que tiene una persona en relación a la familia y por el cual la ley le atribuye determinados derecho y deberes, otras personas aun le llaman Estado Civil, cuando desde 1994 técnicamente se le conoce como Estado Familiar. Hay 4 Estados Familiares reconocidos por la Legislación de Familia en El Salvador, al menos aun no me percatado si existe una reforma al respecto: 1- Soltero. 2- Casado. 3- Divorciado 4- Viudo. Aun cuando la ley reconoce a las uniones libres la posibilidad de que cada persona invoque un derecho frente al otro, no ha sido establecido el estar "acompañado" como un Estado Familiar. Por otra parte en el año 2017 se aprobó una reforma al Código de Familia, en el articulo 186, donde se acuerda que cuando una mujer pierde a su pareja por muerte, puede optar por conservar el Estado Familiar de "Viuda" o retornar al de "Soltera". De la misma forma si la mujer se...

La donación se puede revocar.

Es curioso, a varios años de haber estudiado leyes, ya graduado y ejerciendo la profesión al revisar la ley civil no termino de encontrar curiosidades legales que en algún momento pase por alto, por ejemplo el hecho que una persona pueda revocar una donación ya efectuada. Sí, es posible, el artículo 1299 del Código Civil de El Salvador expresa claramente esta posibilidad siempre y cuando el donatario (la persona que recibió la donación) caiga en la condición de indignidad para heredar, también llamado por la ley como “ingratitud”. Reza del dicho popular "El que da y quita con el diablo se desquita", pero en este caso no aplica. En lo personal nunca he llevado un caso de este tipo pero de la lectura de la citada ley infiero que el donante puede interponer una demanda o solicitud vía judicial ante un juez de lo civil para revocar la donación, invocando como causales cualquier hecho ofensivo del donatario que le hiciere indigno de heredar al donante. La acc...

El Aguinaldo. ¿Cómo saber cuánto dinero le darán?

En El Salvador, el aguinaldo esta regulado en el Código Laboral a partir del articulo 196 y en ellos se explica cómo calcular el monto de dinero que todo patrono debe reconocer al trabajador por cada año trabajado bajo su dirección, o bien, cuando asì corresponde el porcentaje de tiempo en relación con el dinero que le corresponde en concepto de aguinaldo. Vamos a conocer cómo hace la legislación salvadoreña para calcular el aguinaldo de un trabajador, sabiendo que los patronos  están en la obligación de dar a sus trabajadores, en concepto de aguinaldo, una prima por cada año de trabajo. Dice el artículo 198 del Código Laboral: " La cantidad mínima  que deberá pagarse a trabajador como prima en concepto de aguinaldo será: a) Para quien tuviere un año y menos de tres años de servicio la prestación equivalente al salario de 15 días. Así  por ejemplo si usted entro a trabajar...

¿Qué hacer si te negaron el documento?

En El Salvador el documento que más se utiliza para identificarse en casi todos los trámites es el llamado Documento Único de Identidad (DUI) cuya emisión fue autorizada a partir del año 2000.  Existe la posibilidad que un usuario solicite la emisión del DUI a la autoridad competente y se lo niegue, ante esta circunstancia la ley también ha previsto un procedimiento: se le reconoce al usuario  el derecho de audiencia o recurso para tratar de obtener el DUI o al menos una explicación de porqué no se lo emiten. Dice textualmente el Reglamento de la Ley Orgánica del Registro Nacional de las Personas Naturales: "Artículo 23: Si el interesado en obtener el DUI, considera que se le ha negado sin justa causa legal la extensión del documento, podrá interponer por escrito, dentro de cinco días hábiles a la notificación de la denegatoria, recurso de revocatoria ante el Jefe de la Unidad de Registro e Identificación Ciudadana del RNPN, para que éste realice en el término de c...

Diligencias Notariales de Traducción.

Esto es parte del trabajo que realizo a petición de un cliente: cuando se necesita traducir del idioma inglés al castellano, ( o de cualquier otro idioma al castellano) documentos que son de carácter oficial, es necesario la traducción de forma legal de dicho documento, con las formalidades que la ley exige para ello. Existe en El Salvador una ley denominada Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras diligencias, y entre sus artículos se establece que cuando se desea traducir al castellano un documento emitido en idioma diferente se podrá acudir ante Notario quien nombrará perito traductor a fin de traducir el contenido de dicho documento. Al finalizar el trámite el Notario entrega al peticionario un documento con el peso legal y fuerza suficiente para ser presentado a cualquier institución de El Salvador. Pregunta por nuestros servicios profesionales en esta área, disponemos de diferentes peritos traductores especialistas en idioma inglés, portugué...

La felicidad. Un derecho reconocido.

Ser feliz, parece ser una de las metas más anheladas de todo ser humano, desde pequeño, en la edad adulta, e inclusive años previos al fallecimiento, toda persona natural anhela ese estado emocional tan subjetivo conocido como felicidad, y si preguntamos al mismo tiempo: ¿crees que puede haber felicidad sin justicia?. Entre algunas de las muchas disposiciones legales que he tenido que leer en mi carrera profesional, siempre me ha llamado la atención que en la declaración de independencia de los Estados Unidos de América, se reconoce al ser humano el derecho inalienable de la búsqueda de la felicidad. Transcribo a continuación el párrafo donde se lee parte de esta bonita declaración de Independencia. "Sostenemos por sí mismas como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad..." "La búsqueda d...