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Mostrando entradas de marzo, 2024

La violación sexual y su condena.

  Leyendo el periódico de hoy me encuentro este titular de noticia: Violador fue condenado a más de 50 años de prisión. En resumen el hoy condenado tenía a su cargo a dos menores de edad (no detalla que edades, pero debes imaginar que no tenían 18 años cumplidos), les daba bebidas con sustancias para dormir y aprovechaba su estado de somnolencia para cometer los abusos sexuales, todo sucedió en el período de 2014 al 2016 (unos dos años aproximadamente). Al imputado se le   condenó a 26 años de prisión por cada víctima, y se le condenó a $100 en concepto de responsabilidad Civil.   ¿No es indignante el resultado del proceso penal?.   Responsabilidad civil $100, o decir: $50 por cada menor de edad.   Existe un principio en el derecho Penal denominado: prinipio de proporcionalidad que literalmente establece: las penas han de ser necesarias y proporcionadas a la gravedad del delíto cometido. Se espera que la imposición de una pena sea proporcio...

¡Aún vive Acorde Jurídico!

 "Bien enojada la muchacha porque no atendí las redes sociales, se le escuchaba en su tono de voz". Ayer recibí una llamada telefónica de una señorita que se identificó como representante de C-Emprende, de la Universidad Matías Delgado y quería hacerme una pregunta: ¿El emprendimiento Acorde Jurídico sigue activo?- Mi respuesta fue Sí, señorita, Acorde Jurídico sigue activo.  Luego me comentó que se ha intentado comunicar con algún representante de Acorde Jurídico por Instagram, por Facebook y por correo electrónico, pero solo por llamada telefónica había logrado contacto. Con un tono molesto mencionó que no contestaba los mensajes de redes sociales. La verdad es que no pude atender su llamada en redes sociales, porque no suelo dar seguimiento constante a esas plataformas. Es cosa de tiempo, y enfoque en el trabajo. Disculpas a los usuarios de esas redes sociales, si desean contactarme por alguna duda deberán tener paciencia o llamar telefónicamente. C-emprende es un proyec...

Ley seca: 3 días de prohibición de consumir alcohol en El Salvador

Ley seca: 3 días de prohibición de consumir alcohol en El Salvador Antes, durante y después de un proceso electoral, se aplica la ley seca que consiste básicamente en que nadie, absolutamente nadie, en todo el territorio nacional de la República de El Salvador, puede vender comprar y sobre todo consumir bebidas embriagantes, esto con el objeto que todos estén plenamente conscientes (o al menos eso es lo que se espera) al momento de ejercer su derecho al sufragio. Buscando la base legal de esta normativa que prohíbe la comercialización y consumo de bebidas espirituosas, me encontré con muchas fuentes citando el artículo 284 del Código Electoral de El Salvador, y a su vez busqué la citada ley para corroborar su texto literal, me encontré con muchos sitios con información confusa, equivocada, pero a continuación proporciono el enlace al documento verificado y su texto: Código Electoral de El Salvador   Prohibición de Venta y Consumo de Bebidas Embriagantes Código Elector...