Contraer matrimonio siempre es motivo de felicidad. existen personas que se casaran por segunda o tercera vez, y esto requiere ciertos requisitos especiales:
Matrimonio de personas
que han enviudado.
La ley salvadoreña permite que la persona cuyo cónyuge falleció, vuelva a contraer matrimonio; para este caso la ley exige como requisitos:
- Certificación de la partida de defunción de quién fue su cónyuge.
- La partida de nacimiento de ambos contrayentes expedidas con tres meses antes del matrimonio por celebrarse.
- Dos testigos que no deben ser familiares ni parientes.
- Que los futuros cónyuges presenten sus documentos de identificación.
ADVERTENCIA
La ley salvadoreña menciona que el condenado como autor o participe de la muerte del cónyuge del otro no puede casarse con esa persona, ni aun si el juicio estuviese en proceso o pendiente de resolverse, a menos que la sentencia lo declare inocente.
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No existiendo impedimento alguno el matrimonio se celebrará igual que los otros, con la diferencia que aqui se establece. Vea este artículo y obtenga más información básica: Voy a casarme ¿qué debo saber?,
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