sábado, 30 de enero de 2021

Violencia representada en el Arte.

La violencia intrafamiliar es un fenómeno cultural trascendente para el Derecho puesto que se configura como un conjunto acontecimientos que invaden y violentan la esfera jurídica de un individuo. Por eso las leyes contra la violencia hacía las mujeres, que es hasta estos días un hecho notorio de difícil erradicación.

El artista Salvadoreño Ronald Moran creó una obra excepcionalmente ilustrativa para este fenómeno, la conocí como "utensilios" en ella el artista incorpora una serie de instrumentos generalmente utilizados en labores de cocina, envueltos en una especie de algodón suave y que dan ganas de tocar. Algo importante de mencionar es que si hubiese conocido la obra tal cual se observa, hubiera seguido creyendo por todos estos años que en realidad esos utensilios estaban recubiertos de un algodón suave, amable al tacto, dulce, esponjoso, digamos: una envoltura de amor. Pero ¡no!, Ronald Morán utiliza ese simbolismo para obtener ese efecto pero analizando más a profundidad la obra descubrimos la realidad.

La violencia doméstica es a todas luces al interior de una familia, no está expuesta a simple vista. Las apariencias permiten creer que todo está bien, pero en el fondo, en el interior existen roses, punzones verbales o emocionales, golpes, acciones cortantes de la personalidad, que marcan y dejan huella para la vida. Así de cruel es la violencia intrafamiliar, la violencia doméstica y cualquier otra violencia de género oculta; disfrazada de amor de ternura, muchas personas comenten estos abusos, mujeres contra hombres, hombres contra mujeres, jóvenes contra ancianos y viceversa.


La obra de Ronald Moran, son esos utensilios de concina, de esos que se usan ahí donde se cocina el alimento diario, de extremo a extremo vemos utensilios que se usan con cierta gentileza y acercándonos al centro los que requieren de mayor ímpetu o fuerza para lograr un cometido. Fueron envueltos no en algodón como aparenta, sino, en un material áspero, incomodo tal cual la parte áspera de una esponja de cocina. Así se disfraza la violencia, así de cruel.

Gracias por leer este blog.

lunes, 25 de enero de 2021

¿De qué color es tu honestidad?

Walterio Iraheta es un artista salvadoreño que ha expuesto en muchos países al rededor del mundo, sus obras son excepcionales, llenas de contenido y riqueza expresiva que son sin lugar a dudas obras de arte. Hace años, tuve la oportunidad de servir como voluntario, guiando grupos de escolares y visitantes de todas las edades por las salas de un importante museo de El Salvador, en él estaba la obra "Escala de Valores".



En ella observamos un conjunto de atomizadores comunmente utilizados en las labores de limpieza, pintados en tonos desde el blanco, pasando por tonos de gris hasta llegar al negro.

Excelente pieza para visualizar como los valores tienen un matiz diferente para cada persona.

Hablemos por ejemplo del valor jurídico de la "Vida", ahora te pregunto ¿qué valor tiene para ti un embrión de humano en gestación dentro del útero de la madre? algunos, los pro-aborto dirán que no es un ser vivo, otros dirán que ya es vida humana y hay que respetarla.

Pongamos otro ejemplo: el valor de la honestidad ¿qué tan honesto eres, en un día normal?, siempre hay días con más mentiritas que otras. ¿O me equivoco? dice por ahí un poema 

"que existe la virtud yo no lo niego, pero siempre en conjunto defectuoso, hay rasgos de virtud en el malvado, y rasgos de maldad en el virtuoso"

(Verdades Amargas- No estoy seguro de su autoría unos dicen que es anónimo y otros del poeta Ramón Ortega)

Pues bien, en el ámbito jurídico pasa lo mismo, la justicia, como valor supremo y cardinal a obtener por toda sociedad, es también tan ambiguo y subjetivo como lo es la tonalidad de los grises, blancos y negros del arte de Walterio Iraheta.

Gracias por visitar este blog.


sábado, 16 de enero de 2021

El gran Luigui

Encontré este bonito vídeo casero en YouTube y debo compartirlo en esta oportunidad, por que su contenido es bastante ilustrativo de lo que sucede con muchos niños en latino américa. 

Tengo bien claro que en toda sociedad la niñez y los ancianos son grupos de población marginada y sub-valorada. Los niños son quienes aportarán la solución en un futuro no muy lejano, los adultos, mayores de edad, son expertos en a vida, tienen tanto que compartir para aprender pero ambos están in-visibilizados, anulados.

Este niño, con el seudónimo "El Gran Luigi" y tiene un talento en potencia y véalo usted mismo...




Dejo además este otro tema que podría ser de tu interés.Los derechos del niño en El Salvador

Gracias por visitar este blog.

Deja un comentario o consulta.


Abogado y Notario 

El Salvador Centro América

Familia-Laboral-Penal

Contratos-Poderes-Compraventa-Demandas





jueves, 14 de enero de 2021

Ya vienen los novios, ¡pongan la música!


Como Notario, y a lo largo de estos años, concluimos que la temporada de matrimonios se incrementa en los meses de febrero, junio-julio y noviembre-diciembre; ¿habrá alguna misteriosa energía que fluye por esos meses, en los que las parejas deciden contraer nupcias?. Aun no lo sé, pero sí que se incrementan las solicitud de servicios matrimoniales por alguna razón.

El solemne acto matrimonial previsto en las leyes de El Salvador, son un evento sobrio, en el que no suele haber tanta ceremonia como lo es en un evento religioso, no obstante puede diseñarse de tal forma que el la reunión sea memorable, respetando los lineamientos que la ley exige para el acto correspondiente.

En las bodas religiosas suelen usar la famosa "Marcha Nupcial escirta por Mendelsshon" y para la salida de los novios, la aria de Wagner: Lohengrin; 

Te invito a ver esta otra publicación sobre la 

música en una boda


En los casos donde he presidido un solemne acto matrimonial como Notario autorizante, procuro sobre todo lo apegado a la ley, sin extenderme mucho en su desarrollo pero dando la solemnidad adecuada. En torno al evento mis clientes han tenido la libertad de desarrollar otros detalles: música de entrada, música para la firma del documento, espacio para las fotos, decoración de la mesa principal, etc.

Gracias por leer este blog.

Deja tu comentario.

miércoles, 13 de enero de 2021

En temas de trabajo ¿quién debe pagar por el servicio de internet?

 Hace ya varios días tengo la inquietud de resolver esta duda que seguramente a afectado a una gran cantidad de trabajadores, no solo en El Salvador, donde resido, sino en todo el mundo.

Por causas sanitarias, cuarentenas, imposibilidad de movilizarse hacia el lugar de trabajo y otras tantas razones, muchos trabajadores han tenido que ingeniárselas para hacerse presente y demostrar al patrono que están trabajando, aun desde casa. 



Sí, lo han hecho de forma remota, conectándose con su dispositivo electrónico a un servicio de internet. Pero según la ley, ¿quién debería asumir este costo?. Porque el servicio de internet residencial no es gratis. Y si te conectas por medio de un teléfono celular, la compañía igualmente va a cobrar por el uso de internet.

Pues bien, escarbando en la ley Salvadoreña identifico el artículo 29 del Código de Trabajo que dice:

Son obligaciones de los patronos:

1)Proporcionar al trabajador los materiales necesarios para el trabajo; así como las herramientas y útiles adecuados  para el desempeño de las labores, cuando no se haya convenido que el trabajador proporcione estos últimos.

Me disculparán mis clientes que son Empleadores, pero una conclusión elemental sería que todo empleador debería proporcionar, al menos, un monto económico adicional al salario pactado mensualmente para el trabajador,  con el objetivo que pague el servicio de internet con el cual realiza su trabajo.

Esta es solo una opinión a la luz del citado artículo, podrían haber situaciones y excepciones muy particulares.

Gracias por leer este blog.

Deja tu comentario, o consulta.




sábado, 9 de enero de 2021

¿Cómo ubicar un inmueble en El Salvador, sin tener una sola pista?

En todos las oficinas del Centro Nacional de Registro, así como en las Alcaldías Municipales suele haber una oficina de catastro que, en sencillas palabras, es la oficina que se encarga  de llevar un registro y localización de los inmuebles, en ella se busca detallar las medidas lineales y superficiales, la naturaleza de cada inmueble, su valor y productividad, su nomenclatura y demás características.

 


En específico, en el Centro Nacional de Registro existe una oficina catastral a la que todo ciudadano puede llegar a solicitar información sobre un inmueble. Si tu objetivo es averiguar si una persona tiene o no propiedades en El Salvador, debes pedir primero un Indice Registral, por el departamento en el que estas investigando. Luego con esa información que te brinden ahí puedes solicitar en catastro una ficha registral, y a su vez, solictar al técnico que te la entregue te explique cuál, de las parcelas ahí reportadas, es la que tu estás investigando.

 

Mediante una ficha catastral usted puede obtener información sobre la titularidad del inmueble, número de parcela, matrícula y otros datos importantes al momento de vender, donar, comprar o realizar cualquier otra acción legal relacionada con los inmuebles.

 

Con la ficha catastral usted no obtiene un resultado concluyente sobre el estado legal de una propiedad, pero si le puede dar suficientes pistas para iniciar un trámite determinado, por ejemplo, remedición de inmuebles, venta o compra de inmueble, reunión de inmueble.

 

Espero esta información te haya servido como una guía. Si tienes alguna pregunta puedes escribirla en los comentarios de esta entrada o enviarme un correo electrónico.

 

Gracias por visitar este blog.

 

sábado, 2 de enero de 2021

¿Cómo es declarar bajo juramento en un Juzgado de Familia en El Salvador?.


El año 2006, yo era un egresado de la carrera de ciencias jurídicas, los primeros seis meses de ese año me encontraba trabajando en un juzgado de familia, como pre-requisito de graduación me habían asignado en calidad de practicante al resolutor número cuatro de ese juzgado; para ponerte en contexto, un practicante es una persona que sin experiencia colabora en las actividades del juzgado para desarrollar audiencias, búsqueda de documentos, levantamiento de texto, asistencia en la obtención de firmas entre otras actividades; diré, en resumen, que es el colaborador de más bajo rango en la estructura de un juzgado. En tal carácter no percibes dinero o remuneración alguna por tu trabajo, (cosa en la que no estoy muy de acuerdo pero bien, eso es lo usual), tu ganancia es el conocimiento que estás obteniendo.

 

Una de esas mañanas mi superior jerárquico, como lo he dicho, era del resolutor número cuatro, me delegó la asistencia en una audiencia donde se pronunciaría la sentencia definitiva en un divorcio por la causal de separación de los cónyuges por uno o más años consecutivos; en la reunión se presentarían testigos y entre mis responsabilidades estaba juramentar al testigo y tomar su declaración, que se haría frente al juez y demás partes involucradas.

 

En ese entonces, la juramentación de un testigo estaba aún regulado por el artículo 311 del Código Civil; actualmente lo regula el artículo 364 del Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles.

En la nueva normativa se dice que previamente al acto de declaración tomará al testigo juramento o promesa de decir la verdad, dejando optativo el “jurar” o “prometer”. Con el tiempo detecté que para algunas personas el “jurar” es algo sumamente delicado y “prometer” tendría un valor de menor rango; en mi opinión y ante este tipo de situaciones, ambas categorías de compromiso son similares precisamente por las consecuencias que se esperan obtener con el acto de declaración.

Más arriba en el mismo articulado del Código de Procedimientos Civiles, se menciona que el testigo tiene ciertas obligaciones que no son ineludibles, el artículo 362 menciona la obligación de responder a las preguntas que se le formulen, la obligación de decir la verdad y comparecer al acto de audiencia probatoria. Las consecuencias de negarse a cumplir las obligaciones de ley, pueden ser graves y van desde una multa impuesta al testigo, proceder judicialmente contra el testigo por el delito de desobediencia, e inclusive podría incurrir en el delito de falso testimonio, como autor, por no decir la verdad.

 

Pues bien volviendo a nuestra anécdota, ya instalada la reunión para ventilar la etapa de la audiencia en la que se presentarían los testigos, noté que eran cuatro personas, dos por cada parte en el divorcio. La ley es precisa en muchas ocasiones, pero en otras también solo da las directrices, por ejemplo para realizar el acto de juramentación, así que ésta fue la formula que utilicé para juramentar al testigo:

De aquí en adelante Practicante seré yo, el redactor de este artículo y Testigo, pues el testigo. Conduje uno por uno a los testigos a la reunión donde estaba el juez los abogados y las partes, en cada oportunidad, por separado se les tomó la declaración y se les pregunto:

Practicante: Diga su nombre por favor.

Testigo: Julio Antonio Pérez.

Practicante: Voy a tomarle juramento antes de su declaración, le advierto previamente que de no cumplir con su promesa o juramento de decir la verdad, usted podría ser acusado del delito de falso testimonio, regulado en el artículo 305 del Código Penal; debe tener claro también que en consecuencia de este acto de juramentación, este día, usted estará obligado a responder todas las preguntas que se le formulen, estará obligado a decir la verdad de lo que sabe, por haber visto, oído o leído en relación al caso de divorcio que nos ha reunido aquí. Por favor levante su mano derecha en señal de promesa o juramento y responda a la siguiente pregunta: ¿Jura, o promete decir la verdad ante lo que fuere preguntado en esta reunión?.

Testigo: Si, lo Juro (lo prometo).

Queda debidamente juramentado puede tomar asiento.

Acto seguido el juez, quien preside la reunión cedía la palabra al abogado correspondiente quienes hacían preguntas o bien el juez intervenía haciendo preguntas.

Una situación que experimenté es que personas con un alto grado de involucramiento religioso se retractaban ante la palabra “jurar” precisamente porque su fe les ordena no jurar de ninguna forma. En el código Civil derogado el artículo 311 precisaba en la fórmula de juramentación que debía hacerse ante Dios y el testigo obligado a decir Si, Juro. En la nueva regulación lo han flexibilizado permitiendo que se prometa o jure, omitiendo involucrar a Dios.

 


Para terminar la anécdota comentarte que se tomó la declaración de los cuatro testigos en la misma forma, y todos rindieron su testimonio, el juez tuvo los elementos finales para tomar la decisión en la sentencia definitiva y el divorcio se decretó…ah! Si me acuerdo de las carreras en cada audiencia, y cuando eran de testigos, eran más, porque terminada la reunión había que salir corriendo a digitar la sentencia con las notas que había tomado en mi libreta de taquigrafía, y no podía ser un trabajo lento, pues las partes impacientes estaban para revisar y firmar el documento, en ocasiones excepcionales firmaban en blanco (cosa que no es correcta) pero por la saturación de la agenda en los juzgados era de atender una tras otra audiencia y levantar el texto de las sentencias era sumamente difícil porque deben llevar la secuencia lógica y adecuada.

 

Si vas a ser testigo, recomiendo ser puntual y no extenderte mucho en la declaración, diciendo la verdad de forma concreta. No te pongas nervioso que solo es una reunión donde se dice la verdad. A la fecha de escribir este texto es 2 de enero de 2021, y mi experiencia fue en el año 2006, pero dudo que haya cambiado mucho la forma en la que se toman este tipo de declaraciones.

 

Gracias por leer este blog.

jueves, 24 de diciembre de 2020

El año 2020 fue duro.

El año que recién está pasando, fue extremadamente duro para toda la humanidad, toda sociedad y algunos les ha traído más infortunio que buenas experiencias.

Quiero felicitar a usted que está leyendo este blog, por haber resistido de una o de otra forma, por buena suerte o por haber luchado incluso desde la cama de un hospital, sin recursos monetarios o con limitantes de movilidad. Felicidades por haber llegado a este día.



Algo queda claro. el ser humano es más resistente, sí, el año 2020 fue muy duro, pero somos más duros los humanos; vamos a reflexionar, vamos a replantearnos metas, a mejorar como sociedad y a darle al 2021 un ánimo con brillo y esperanza, con grandes expectativas de mejoramiento.

Espero estén bien.


Gracias por leer este blog.



Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...