El otorgamiento
de un Contrato de Trabajo, en la Legislación Salvadoreña, es una obligación
para todo patrono. La Ley expresa que debe ser otorgado, y se colige como
máximo 8 días después de que el trabajador comenzó a prestar sus servicios.
La ley además
establece como una presunción legal, la existencia del contrato, con el solo
hecho de que una persona preste sus servicios a otra, por más de dos días
consecutivos. Probada la subordinación, también se presume el contrato, aunque
fueran por menor tiempo los servicios prestados.
Existe una
curiosidad legal que me ha hecho escribir esta publicación en este blog, y es
que, el artículo 21 del Código Laboral de la República de El Salvador, menciona
que hay una posibilidad, en la que el trabajador se haya negado a firmar el
contrato, a pesar que el patrono se lo ha solicitado en el tiempo que la ley
establece. El artículo 413 del mismo Código Laboral, menciona que la presunción
legal de la no existencia del contrato, que dicho sea de paso es imputable al
patrono, se destruye con cualquier clase de prueba… ésta puede ser testimonial
o documental, entonces, ¿porque no cubrirse la espalda con una constancia en
papel, de haber presentado para firma el contrato al empleado y que este no lo
quiso firmar?, o ¿Por qué no levantar una acción de personal, con copia al
archivo del empleado y firma de testigos?.
Lo anterior
sería una prueba que salvaría a muchos empleadores. Muchos empleados aprovechan
y logran una indemnización entre otras cosas, por la no existencia de contrato
escrito.
No está de más
recordar que el momento oportuno para firmar un contrato, es justo después que contratante
(patrono), y contratista (empleado), deciden verbalmente que el otro hará un
servicio en beneficio del empleador, por muy pequeño que sea el servicio, debe
quedar algo escrito. Los formatos de contrato de trabajo los venden en
cualquier librería de mediano respeto, en toda la República de El Salvador, su
costo es extremadamente bajo, pero su contenido y existencia puede salvar al
patrono de pagar indemnizaciones de varios cientos de dólares, y no dejo de
insistir en entregar y conservar comprobantes de pago de cada cantidad de
dinero.
Como abogado
independiente ofrezco mis servicios profesionales de representación en asuntos
laborales, tanto a empleadores, como a empleados. Si desea una asesoría
personalizada puede contactarme dejando un comentario en este blog, o
escribiendo a mi correo electrónico.
Gracias por visitar este blog.