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Mostrando entradas de octubre, 2015

Acorde - Jurídico

Acorde - Jurídico  es una armonía conceptual que da forma al perfil de un abogado diferente, cercano como un amigo, enfocado en brindar soluciones efectivas, prácticas y reales. Conozca más sobre el creador de esta marca de servicios legales, obtenga la información para comenzar a solucionar sus asuntos mediante los temas que se publican en este blog, con palabras sencillas usted mismo puede dar los primeros pasos. Bienvenido a este blog. Acorde Jurídico es una Marca Registrada.

Cómo obtener una partida de nacimiento.

La  partida de nacimiento es el documento oficial donde se expresa el nombre de una persona, cuándo y donde nació, el nombre de su mamá y el de su papá; entre otros datos para la identificación de una persona; se requiere  para muchos trámites en el transcurso de la vida, para obtener Pasaporte, registro en escuelas entre otros y se solicita en la Alcaldía Municipal del lugar donde haya nacido. Su costo es bastante bajo, no sobrepasa los $5.00. Cómo obtener el documento. Debe acudir a la Alcaldía Municipal del lugar donde usted nació, o donde nació la persona de quien quiere obtener una partida de nacimiento. Debe solicitar al encargado del Registro del Estado Familiar una partida de nacimiento proporcionando el nombre del inscrito, si lo tiene, proporcione una copia de su partida de nacimiento; si lo tiene, proporcione el año del nacimiento, el número de libro y número de partida. Una vez haya corroborado que en esa Alcaldía se encuentra la partida, debe cance...

4 meses de licencia por maternidad.

Una de las prestaciones más importantes es la licencia por maternidad contenida en el artículo 309 del Código de Trabajo que permite a las señoras embarazadas gozar de 12 semanas de licencia - descanso por maternidad -;  6 semanas antes del parto y 6 semanas posteriores al parto. Ese tiempo que no se trabaja, el patrono debe reconocer una prestación económica y por supuesto le queda prohibido despedir a la recién mamá. El 8 de octubre del 2015 se introdujo una reforma que permite a la mujer embarazada gozar de 16 semanas (4 meses) de prestación por maternidad. Vea aquí la noticia. 4 meses de licencia. Le invito a leer los artículos del Código de Trabajo para conocer cómo aprovechar de este beneficio y los requisitos que la ley establece para poder hacer uso de su derecho. (artículos 309 y siguientes del Código de Trabajo). Que se le presente al patrono una constancia médica donde diga que está embarazada y que exprese la fecha probable del parto. Que la trabajad...