jueves, 22 de septiembre de 2016

Hasta dónde llega el parentesco.

Dice la ley que: el parentesco es la relación de familia que existe entre dos o más personas y puede ser por consanguinidad, afinidad o por adopción.

Es por consanguinidad el existente entre personas que descienden unas de otras, o de un ascendiente común.Es por afinidad el existente entre uno de los cónyuges y los consanguíneos del otro. También existe el parentesco por adopción originado entre el adoptado y los adoptantes, a estos se les aplica lo preceptuado para el parentesco consanguíneo.

Para determinar hasta dónde llega el parentesco de una persona habrá que determinar el grado y la línea que puede determinarse por la proximidad del número de generaciones, así cada generación constituye un grado y la serie de generaciones procedentes de un ascendiente común forman línea de parentesco.

Finalmente la ley reconocer un alcance del parentesco: en cuanto al parentesco por consanguinidad en la línea recta es indefinido, y en la línea colateral hasta el cuarto grado. En el de afinidad hasta el segundo grado. El parentesco por adopción opera en forma idéntica al de consanguinidad.

Dato curioso: En el matriomonio no hay parentesco de ningún tipo, el hombre y la mujer unidos en matrimonio no son parientes entre sí.

Gracias por visitar este blog.
Consulte más, deje un comentario.

Registrar un nacimiento o un matrimonio...

Existen acontecimientos en la vida de todo ser humano que debe ser inscrito en los respectivos registros públicos, por constituir un hecho relevante y con trascendencia legal, la ley menciona cuáles son esos acontecimientos de los cuales debemos dar noticia inmediata a la autoridad competente:

Los nacimientos.
Los matrimonios.
Los divorcios.
Las defunciones.

Si en casos excepcionales y por otras circunstancias no se inscriban de manera inmediata existen procedimientos para que un Juez especializado ordene el registro de dichos acontecimientos, siempre de la mano de un buen abogado usted podrá resolver su asunto legal.


Gracias por visitar este blog.
Consulte más

lunes, 5 de septiembre de 2016

Las leyes ¿son obra humana?

A todo estudiante de las leyes y ciencias jurídicas se le enseña que a través del tiempo se han desarrollado diferentes teorías del origen de las leyes. Unos dicen que las leyes están ahí, creadas por las misma naturaleza, que el hombre simplemente las descubre y las plasma en papel. Otros dicen que las leyes son creación del mismo hombre, que ante la necesidad de regular una actividad humana las plasma en papel para su reconocimiento general. Es un tema muy extenso, con debates interesantes y conceptos muy complicados que en ocasiones, a los que ya hemos obtenido el grado de Licenciado en estas ciencias se nos complica comprenderlas en su totalidad.

En esta ocasión mostraré la publicación en youtube del usuario TopMas+ quien de una manera divertida nos muestra cómo en algunos países se han creado leyes "raras" con el objeto de regular conductas humanas. 

Debo aclarar, por cualquier duda, que con esta publicación espero brindar a mis lectores una lectura amena y fuera de toda seriedad,  disfrutar de un buen momento.  


Gracias por visitar este blog.

lunes, 25 de julio de 2016

7 años como profesional

El 25 de julio del 2008 se me juramentaba como profesional de las ciencias jurídicas, aún recuerdo ese bonito momento y una de las razones para establecer el nombre a este blog es que disfruto mucho tocar el piano, aunque no con tanta destreza como la chica del vídeo que muestro a continuación.

Gracias por visitar este blog. 
Tenga usted un feliz día.


viernes, 3 de junio de 2016

Has encontrado la solución

En este blog hay más de 200 publicaciones de temas que pueden ayudar a resolver el problema de un amigo, de un familiar o el que tu estás viviendo.

Busca en la lista de archivo, ubicada en a la derecha de tu pantalla el tema que más te interesa. 


Encontrarás información muy interesantes, datos puntuales, suficiente y valiosa para toma una decisión importante.

Consulta el archivo de Acorde Jurídico.

Has tu propuesta... ¿qué tema te gustaría leer?
Envía tus propuestas al correo electrónico acordejuridico@gmail.com

Gracias por visitar este blog.




lunes, 30 de mayo de 2016

Contrato de arrendamiento.



Para seguridad de ambas partes en el negocio de arrendar un inmueble, la existencia de un contrato escrito es de vital importancia. Si ya lo tiene, vale la pena considerar la actualización de las cláusulas contractuales o al menos renovar las garantías de pago.

¿Necesita conocer más sobre este tema?, consulta dejando un comentario o escribiendo al correo acordejuridico@gmail.com

jueves, 3 de marzo de 2016

La Nacionalidad en El Salvador

La nacionalidad es una condición que se le atribuye a una persona por haber nacido dentro del territorio de un Estado o Nación, el tema de la nacionalidad es complejo por sus implicaciones sociológicas antropológicas jurídicas entre otras que no abordaremos en este momento, nos referimos aquí a cómo está abordado el tema en La Constitución de la República de El Salvador, la cual se limita a estableces quienes son Salvadoreños por Nacimiento:


  1. Los nacidos en el Territorio de El Salvador, se les otorga la calidad de salvadoreños por nacimiento.
  2. Los hijos de padre o madre salvadoreños, nacidos en el extranjero; también existe la posibilidad que el hijo opte por la nacionalidad del país donde nació siendo que tiene doble nacionalidad.
  3. Los originarios de los demás Estados que constituyeron la República Federal de Centroamérica, que teniendo domicilio en El Salvador, manifiesten a las autoridades competentes su voluntad de ser salvadoreños, sin que se requiera la renuncia de su nacionalidad.
En El Salvador existen procedimientos y trámites correspondientes para obtener una calidad de salvadoreño por naturalización, residente temporal, residente permanente, entre otras calidades migratorias que deben realizarse ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

En Acorde Jurídico tenemos la experiencia y el conocimiento para asesorar a cualquier persona que desee realizar trámites migratorios, brindando un servicio integral y acompañamiento personal en las gestiones para obtener la calidad migratoria solicitada, entre algunos documentos:

  1. Declaración Jurada de manutención
  2. Presentación de solicitudes con firma legalizada.
  3. Traducción de documentos en mandarín, inglés, francés, portugués al idioma castellano.
  4. Certificación de documentos.
  5. Asesoría en la presentación de documentos, reunión de documentos. 

Consulte más, escriba un comentario o envíelo al correo electrónico acordejuridico@gmail.com para mayores detalles.

Gracias por visitar este blog.

lunes, 8 de febrero de 2016

Un Matrimonio en El Salvador.

En el mes de febrero muchas parejas se animan a formalizar legalmente su unión; el amor se materializa en compromisos reales, concretos y todo comienza con estampar la firma de los novios sobre el documento de matrimonio.

Si ya tomó esa buena decisión, le propongo hacer uso del servicio "La firma de amor" con el Aval de la Marca de Servicios Legales, Acorde Jurídico: 1- Un servicio exclusivo donde el Notario va a lo concreto, sin aburrir  a los invitados hablando demasiado pero respetando la solemnidad requerida por la ley. 2- Un servicio completo donde los cónyuges tienen la certeza de obtener un trámite íntegro antes, durante y después del evento, con la puntualidad y diligencia que Acorde Jurídico respalda.

Será un gusto atender sus consultas. 

Escriba un comentario en este blog, o envíe un correo a acordejuridico@gmail.com

¡Feliz mes de febrero!


Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...