lunes, 8 de febrero de 2016

Un Matrimonio en El Salvador.

En el mes de febrero muchas parejas se animan a formalizar legalmente su unión; el amor se materializa en compromisos reales, concretos y todo comienza con estampar la firma de los novios sobre el documento de matrimonio.

Si ya tomó esa buena decisión, le propongo hacer uso del servicio "La firma de amor" con el Aval de la Marca de Servicios Legales, Acorde Jurídico: 1- Un servicio exclusivo donde el Notario va a lo concreto, sin aburrir  a los invitados hablando demasiado pero respetando la solemnidad requerida por la ley. 2- Un servicio completo donde los cónyuges tienen la certeza de obtener un trámite íntegro antes, durante y después del evento, con la puntualidad y diligencia que Acorde Jurídico respalda.

Será un gusto atender sus consultas. 

Escriba un comentario en este blog, o envíe un correo a acordejuridico@gmail.com

¡Feliz mes de febrero!


martes, 1 de diciembre de 2015

¿Cómo calcular el impuesto a las comunicaciones?

En El Salvador se ha impuesto una nuevo tributo, dis-que para financiar los programas que el gobierno ejecuta para el combate de la delincuencia. Ya ha entrado en vigencia el nuevo impuesto pero no se explicó con claridad cómo se hace el calculo y las irregularidades ya se están dando en lo que para mucho es un "cobro indebido".

El domingo 29 de noviembre leí un periódico impreso y en él se trataba de explicar cómo entienden las empresas de telefonía el cobro del impuesto, y según la noticia, será así:

Tomando un caso puntual: en su factura de servicios telefónicos este mes de diciembre el monto es de $30.00 (treinta Dolares de los Estados Unidos de América).


Primer paso.

Primero vamos a quitar el I.V.A. Vamos a restar el 13% del IVA del precio a pagar por la factura de consumo. Hacemos la operación de esta forma:

$30  - 100%
"X" -  13%

30 X 13 / 100... Resultado: 3.9... 
esto es el IVA de $30

Restamos el IVA a la cantidad inicial. Así:

30 - 3.9 Resultado $26.1... 
esto es la cantidad a pagar sin IVA.


Segundo paso.

Vamos a agregar el nuevo impuesto. Al precio sin IVA que obtuvimos anteriormente ($26.1), se le calculará el 5%, que es el monto del nuevo impuesto. Así:

$26.1   - 100%
"X"    -   5%

26.1 X 5 / 100 Resultado: 1.3... 
esto es el monto del nuevo impuesto.

Ahora sumamos ambas cantidades. Así: 

26.1+1.3 Resultado: 27.4... 
esta es la cantidad a pagar, ya con el impuesto nuevo.


Tercer paso.

Agregamos el IVA. Una vez calculado el precio sin IVA más el 5% del nuevo impuesto, se agrega lo que se tenía anteriormente de IVA, y ese será el precio a pagar en total. Así:

27.4 + 3.9 Resultado: 31.3

La víctima final, perdón, quince decir: el consumidor final deberá pagar 31.3 (treinta y un Dólares de los Estados Unidos de América, con tres centavos).


Con este método de calcular el impuesto es claro que en las recargas de $1.00 de saldo en teléfonos pre-pago, haya un incremento de cinco centavos.

Quiero recalcar que este método fue difundido por un periódico impreso, al obtener la revelación correcta de cómo se calcula el impuesto actualizaré esta publicación.

Para finalizar le dejo a reflexionar esta pregunta: 
¿Percibe usted un beneficio directo al pagar este nuevo impuesto de 5%?.

Si te gustaría saber la diferencia entre un impuesto, una contribución especial y una tasa visita esta otra publicación: Qué es qué...


Gracias por visitar este blog.






sábado, 28 de noviembre de 2015

¿Qué es el plazo del giro?

El título de esta publicación fue una pregunta que me hicieron en un examen realizado a su servidor aplicando a un puesto laboral en un banco, fui sincero, jamás lo había oído ni leído

El Plazo del Giro es un término utilizado en en contratos bancarios o financieros, para referirse al tiempo en el que se pone a disposición del cliente, el uso de un crédito otorgado; el usuario tiene un tiempo para hechar mano del dinero que le han otorgado a raíz de un crédito... pasado ese tiempo la disposición del dinero se retira y habrá que gestionar nuevamente la disponibilidad, o para decirlo más técnico: habrá que gestionar un nuevo plazo del giro.

Otros términos que debes conocer:Acreditado: persona que recibe el dinero en concepto de crédito.Acreditante: persona que entrega el dinero en concepto de crédito.

Un ejemplo de esta cláusula contractual dice así:
"El Plazo del Giro para el uso del crédito por parte de El  Acreditado será de 1 año y 2 meses contados a partir de esta fecha, prorrogable anualmente por simple cruce de cartas, previo análisis correspondiente del Banco."

Esta publicación va con un saludo especial a mi examinador. Hoy ya sé la respuesta, pero ya no quiero trabajar en su banco. Me la paso bien atendiendo clientes en el libre ejercicio de mi profesión.

Gracias por visitar este blog.

domingo, 22 de noviembre de 2015

La gallina anda cacareando.

Como dejar pasar esta oportunidad de moverme en este blog como un gallo en su gallinero: con la cabeza en alto, con orgullo y pletórico de alegría, pues la noche del viernes 20 de noviembre he recibido un premio denominado "Primer lugar  en la competencia Modelos de Negocios Pitch-Karaoke", con el Proyecto Acorde Jurídico, en el Centro de Emprendimiento Matías, de la Universidad Dr. José Matías Delgado de El Salvador, en el marco de la celebración de la semana global del emprendimiento, "Encuentro emprendedor" Camino al Éxito.

Si bien fue mi persona quien levantó las manos en señal de triunfo, este logro es también motivo de alegría para otras personas que me rodean día a día, he llegado hasta aquí por su valioso aporte, lo incluyo a usted estimado lector que visita este blog, y le agradezco por su tiempo dedicado a leer mis publicaciones; a los clientes que hoy son amigos y a quienes es un gusto colaborar en resolver sus asuntos legales, también les agradeciendo la confianza depositada en la marca Acorde Jurídico. 

La gallina ha puesto un huevo y anda cacareando de felicidad, el gallo se enorgullece.


Mencionar a las personas que con sus consejos valiosos han impulsado sustancialmente este logro: un agradecimiento enorme al distinguido equipo de C-emprende de la Univesidad Dr. José Matías Delgado, a todos sus capacitadores, a los emprendedores con quienes no fue fácil la competencia, patrocinadores y demás personas involucradas en el esfuerzo de apoyar con su aporte a desarrollar las ideas de muchos emprendedores.

Como parte de los premios recibidos estaré en una breve entrevista radial que será transmitida por la radio EXA - FM. 91.3, el próximo martes 25 de noviembre 2015 por la tarde... queda citado.

¿Y qué más decir?... vean mi sonrisa de oreja a oreja... este premio es una palmada de confianza en la espalda, me llena de ánimos en este proyecto. Gracias.

Recomiendo especialmente visitar este enlace: C-emprende, y obtenga información de mucho valor.



Gracias por visitar este blog

sábado, 24 de octubre de 2015

Acorde - Jurídico

Acorde - Jurídico es una armonía conceptual que da forma al perfil de un abogado diferente, cercano como un amigo, enfocado en brindar soluciones efectivas, prácticas y reales.

Conozca más sobre el creador de esta marca de servicios legales, obtenga la información para comenzar a solucionar sus asuntos mediante los temas que se publican en este blog, con palabras sencillas usted mismo puede dar los primeros pasos.

Bienvenido a este blog.


Acorde Jurídico es una Marca Registrada.



Cómo obtener una partida de nacimiento.

La  partida de nacimiento es el documento oficial donde se expresa el nombre de una persona, cuándo y donde nació, el nombre de su mamá y el de su papá; entre otros datos para la identificación de una persona; se requiere para muchos trámites en el transcurso de la vida, para obtener Pasaporte, registro en escuelas entre otros y se solicita en la Alcaldía Municipal del lugar donde haya nacido. Su costo es bastante bajo, no sobrepasa los $5.00.


Cómo obtener el documento.
  • Debe acudir a la Alcaldía Municipal del lugar donde usted nació, o donde nació la persona de quien quiere obtener una partida de nacimiento.
  • Debe solicitar al encargado del Registro del Estado Familiar una partida de nacimiento proporcionando el nombre del inscrito, si lo tiene, proporcione una copia de su partida de nacimiento; si lo tiene, proporcione el año del nacimiento, el número de libro y número de partida.
  • Una vez haya corroborado que en esa Alcaldía se encuentra la partida, debe cancelar el costo de su trámite.
  • Debe entregar el recibo al encargado del Registro del Estado Familiar, esperar un momento y le entregarán su partida de nacimiento. 

Para quienes nacieron en los años anteriores al conflicto armado en El Salvador, (1980 y años anteriores) en ocasiones es difícil ubicar su partida de nacimiento, debido a que en esos tiempos por los actos bélicos, se quemaban los archivos de estas instituciones públicas encargadas de el Registro de Personas Naturales.

En el año 2015 se aprobó una ley especial para ayudar a las personas que son mayores el asentamiento de su partida de nacimiento que fue extraviada, quemada o destruida por cualquier motivo, sea bélico o incidental, es una ley con vigencia limitada, estará hasta el día 20 de diciembre del año 2016, es importante aprovechar esta oportunidad. Lea aquí la noticia: Nueva ley transitoria.

Si usted requiere asistencia para el asentamiento de su partida de nacimiento, para tramitar una nueva, puede ponerse en contacto con mi persona y será un gusto brindar ayuda, proporcionando opciones de las que dispone para obtener este documento, inclusive si es necesario realzar cambios, juicio de identidad, rectificar o corregir su contenido.

Si vive en Estados Unidos de América y se le dificulta venir a El Salvador puede llamarme al teléfono (281) 591 9729; también si vive en cualquier otro país del mundo puede enviarme un correo electrónico a acordejuridico@gmail.com para brindarle más detalles e información.

Gracias por visitar este blog.




jueves, 8 de octubre de 2015

4 meses de licencia por maternidad.

Una de las prestaciones más importantes es la licencia por maternidad contenida en el artículo 309 del Código de Trabajo que permite a las señoras embarazadas gozar de 12 semanas de licencia - descanso por maternidad -;  6 semanas antes del parto y 6 semanas posteriores al parto.

Ese tiempo que no se trabaja, el patrono debe reconocer una prestación económica y por supuesto le queda prohibido despedir a la recién mamá.

El 8 de octubre del 2015 se introdujo una reforma que permite a la mujer embarazada gozar de 16 semanas (4 meses) de prestación por maternidad. Vea aquí la noticia. 4 meses de licencia.

Le invito a leer los artículos del Código de Trabajo para conocer cómo aprovechar de este beneficio y los requisitos que la ley establece para poder hacer uso de su derecho. (artículos 309 y siguientes del Código de Trabajo).

  1. Que se le presente al patrono una constancia médica donde diga que está embarazada y que exprese la fecha probable del parto.
  2. Que la trabajadora embarazada haya trabajado para el mismo patrono al menos 6 meses anteriores a la fecha probable del parto.

¿Sabías que los papás también tienen derecho a gozar de licencia por paternidad?... el artículo 29 del Código de Trabajo establece como una obligación para el patrono conceder licencia al trabajador por 3 días en caso de nacimiento o adopción, de forma continua o distribuidos en los 15 días posteriores al parto de la madre.

En el caso de los papás no se establecen mayores requisitos pero por analogía le recomiendo que también presente a su patrono la constancia médica que menciono anteriormente, y que le quede constancia de recibido por parte del patrono.




Gracias por visitar este blog.
Consulte, opine, me gustará saber su punto de vista.

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...