martes, 6 de mayo de 2025

La idea de la bicileta no está mal pero...

 LEY MARCO PARA EL USO Y FOMENTO DE LA BICICLETA


Considerandos:
II. Que la Constitución asegura a todas las personas el derecho a circular libremente por el territorio nacional, atendiéndose a las normas establecidas en la ley.

IV. Que la bicicleta utilizada como medio de transporte, vendría a resolver el problema de desplazamiento de muchas personas; con la posibilidad que a futuro se sustituya paulatinamente y en forma creciente a los vehículos motorizados.


VI. Que los desafíos que las ciudades del siglo XXI presentan, se relacionan con la contaminación local, el calentamiento global y el alza inevitable en los precios de las energías tradicionales dependientes de los combustibles fósiles, como el carbón, el petróleo, el gas natural y el gas licuado del petróleo; siendo la bicicleta una alternativa ante este problema. 


... y no perdamos de vista lo beneficioso para la salud.


¿Qué busca esta ley?

Objeto de la ley Art. 1.- La presente normativa tiene como objetivo principal generar un marco regulatorio que promueva el uso y fomento de la bicicleta como medio de transporte ecológico y amigable, tanto en el ámbito urbano como en el rural.

Solo quedemos con el "ámbito Urbano".
Estimado lector de este blog, si usted ha vivido en El Salvador sabe lo caótico que es movilizarse por las calles, aceras y sendas urbanas, la topografía es sumamente variada: calles con mal asafaltado, calles con deterioro impresionante, vías urbanas con un desnivel desafiante hasta para los vehículos; la cultura vial es un tema aparte (tanto que el reglamento de Transito es la regulación legal más violentada en todo el país) los conductores de vehículos en todos los tipos y tamaños suelen cometer infracciones, tanto como se les atoja.

La ley marco para el uso de la bicicleta contiene todo lo necesario para enamorarse del uso de la bicicleta y por mi experiencia en las calles he notado que el Estado ha construido ciclovías en la zona Urbana y he tenido la oportunidad de utilizarlas, pero dichas vías son poco utilizadas por quienes usan las bicicletas como medio de transporte; al igual que los sitios destinados para aparcar la bicicleta estas ciclovías son menospreciadas por los conductores de vehículos o bien están ubicadas en zonas donde no es lo más idóneo.

Las personas que utilizan a diario el transporte público recibirían de buen agrado si estas ciclovías fuesen respetadas, que los conductores no sean tan salvajes en las vías o que las mismas rutas de ciclismo pasaran por los lugares más concurridos por las personas que usan el transporte público.

En ese cuerpo normativo en pro del uso de la bicicleta hay dos regulaciones que me gustaría abordar.

PRIMERO:

Promoción en los centros laborales. 
Art. 15.- Las instituciones públicas y privadas incentivarán mensualmente a los trabajadores que utilicen la bicicleta como medio de transporte. Igualmente deberán de facilitar el uso de vestidores con ducha al interior del centro de trabajo.


SEGUNDO:

Implementación de parqueos para bicicletas 
Art. 16.- Los edificios públicos, comerciales, centros educativos, centros de trabajo, terminales, estaciones y paradas de transporte público y privado colectivo existentes, deberán contar con estacionamientos adecuados para bicicletas; en un plazo no mayor a dos años a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. 

A la fecha no conozco una sola empresa, centro comercial o institución pública que haya cumplido con este precepto legal y la ley tiene ya más de dos años de existir. Se siguen construyendo centros comerciales, edificios de apartamentos, se abren centros laborales y no, ninguno absolutamente tienen este detalle. La consecuencia es que nadie quiere usar una bicicleta para ir a estos lugares, especialmente porque los vigilantes de seguridad ven con desconfianza o desprecio a quienes usan la bicicleta. Lo sé por que lo he experimentado.

Gracias por leer este blog. 
Deja tu comentario o sugerencia de temas para abordar.


lunes, 5 de mayo de 2025

El caos del Transporte Público en El Salvador.

Esta semana de mayo, días 5 al 9 serán cruciales.

El transporte público en El Salvador ha sido un caos en todo lo que llevo de vida, siempre han existido disputas legales, políticas, reyertas que parecen no tener una solución de ninguna manera. Y es que en ese ambito es bien conocido que se han enquistado intereses económicos fuertes, en algún momento, siguiendo las noticias al respecto, se mencionaba que ha existido una especia de mafia entre algunos transportistas, agentes de gobierno que autorizan las rutas y dan la subvención, ventas de repuesto y crimen organizado. Un tema por demás delicado en extremo porque tiene una fuerte incidencia en la actividad nacional, en la actividad económica, y en el bolsillo de los salvadoreños que a diario deben movilizarse a sus actividades cotidianas.

El transporte público en El Salvador debe ser proporcionado por el Estado pero puede, por regulación del artículo 120 Constitución concesionar dichos servicios, el cual deberá retornar al Estado para que éste lo proporcione pasado como máximo 50 años de haber sido concesionado. Esto en El Salvador, no se ha verificado, al menos en lo que yo llevo de vida no lo he visto, se ha generado algunas prorrogas aun cuando se ha visto que las empresas que prestan el servicio de transporte púbico no prestan un buen servicio.

¿Será que el Estado puede brindar un mejor servicio que los particulares? Dado el record que tiene las instituciones públicas lo dudo, pero podrían sorprendernos.

Los relajos que se ven en las noticias tenga por seguro que tienen a la espalda, intereses de poder, dominio de mercado, intereses económicos que están siendo sacudidos.

Mientras tanto como usuarios del transporte público toca encontrar soluciones alternas, desde caminar de un punto a otro, hasta usar medios alternos como bicicletas, aventones de vecinos, transportes alternos como taxis o uber.


Gracias por leer este blog





viernes, 2 de mayo de 2025

El tema "Inclusivo"

Por temporadas algunas palabras se vuelven muy utilizadas en estos días la palabra ganadora es "inclusivo", o sus variantes.

A todos nos gusta que nos traten con respeto, considerando nuestro punto de vista, pensamientos, ideas, capacidades físicas, habilidades, edad, cualquier aspecto diferenciador no debería ser un impedimento si la sociedad y su interacción conlleva ser "inclusivo".

La condición humana es por naturaleza lo contrario... en suma, es un ideal al que se aspira pero la realidad siempre es será exclusiva.

La constitución de a República de El Salvador dice que todos son iguales ante la ley, pero eso no es cierto, siempre existe una categorización de personas por cualquier razón que usted pueda imaginarse, desde el trato por capacidad económica hasta por condición psicológica; para buena suerte existen consagrados y establecidos los derechos de las personas en las leyes y diferentes normativas, plasmados en papel se configuran como el resguardo perfecto.

Aquí entramos los abogados, para todas esas situaciones donde el ser humano se comporta de forma naturalmente exclusiva, un abogado, aboga por que se cumpla el derecho consagrado en la ley: si te discriminan por alguna razón existirá la manera de reclamar el cumplimiento de la ley.

La tecnología es donde más se ve este concepto.

la tecnología pretende ser "inclusiva", sí, pero es un reto enorme para los desarroladores porque en aras de volver un trámite una gestión una acción determinada en algo fácil, comienza a excluir personas que no pueden utilizarla,por ejemplo las personas mayores de 60 años quienes acostumbrados al papel les cuesta aceptar o confiar en métodos de pago electrónicos, por ejemplo. Otro ejemplo, las personas que tienen sus dedos de las manos atrofiados, o por alguna razón no pueden manipular dispositivos electrónicos, para ese grupo población no se piensa en "inclusivo" quedan totalmente excluidos.

Las infraestructuras de la ciudad.

En El Salvador este tema es casí un tabú... no existe una infraestructura pensada en todos para ser inclusivos... evidencias sobran aceras sin acceso a personas con problemas de movilidad o que se movilizan en silla de ruedas; facilidad de encontrar servicios sanitarios públicos, especialización vial adecuada para todos. No, eso no lo encontrará, los edificios con oficinas de gobierno algunos, tienen ciertas facilidades pero se percibe que es algo no importante. En El Salvador también existen leyes que pretenden hacer de todo "inclusivo" pero en todos los temas a tratar se verifica un poco desarrollo en el tema.

Gracias por leer este blog.



lunes, 28 de abril de 2025

Conozcamos a los personajes.

Constantemente mis clientes o amigos no distinguen a los diferentes actores que se ven involucrados en un caso legal y ahora te los dejo por acá:



Fiscal: es un abogado del Estado que se encarga de perseguir el delito. En un caso penal siempre verás al fiscal acusando al detenido ante el juez. No es malo, no es bueno, solo se encarga de aplicar la ley en su función como empleado del Estado, buscando que se aplique la ley. Generalmente el fiscal persigue la aplicación de la ley de oficio, es decir, sin que venga alguien a generar una denuncia; hay casos en los que previa denuncia, el fiscal inicia un caso, pero también lo hacen de forma autónoma al percatarse de un hecho delictivo.

Procurador: es un abogado del Estado adscrito a la Procuraduría General de la República, este abogado es designado para representar a las personas que no tienen recursos para costeare un abogado privado que defienda sus intereses en un juicio; no le cobran al usuario, el Estado sume el costo de sus servicios. Hay abogado procurador de derecho laboral, de derecho penal.... derecho familiar y más, dependiendo de la materia. Aunque hay áreas del derecho que ellos no abordan. 

Abogado particular: es un abogado que por instrucciones de un cliente ejerce la defensa o inicia busca los medios para iniciar la persecución de un delito mediante una denuncia o demanda, o con el objeto de lograr que se alcancen los objetivos del cliente. El abogado particular sí cobra honorarios por sus servicios al cliente. En este punto el abogado particular inclusive podría participar en compañía de un Fiscal en carácter de querellante.

Querellante: en palabras sencillas es un abogado que interviene en un juicio colaborando, de alguna manera en la aplicación de la ley.

Victima: persona particular que ha sufrido un acontecimiento en el que se puede verificar un delito.

Victimario: el que comete el delito.

Demandante: persona que inicia la acción legal para buscar justicia.

Demandado: persona que debe responder a una exigencia legal.

Encartado: suele se el mismo imputado, la persona a quien se le acusa de un delito.

Testigo: persona que conoce información valiosa en un hecho relevante jurídicamente y que declarará sea para que la parte demandante o para el demandado pueda probar sus alegatos.

Encontramos otros actores, los jueces por ejemplo, a ellos dedicare otro articulo, porque se dividen en diferentes ya sea por la materia a la que se dedican o al nivel en el rango jerárquico que ostentan, están los jueces de paz, los jueces de instrucción, de sentencia, los magistrados, jueces de lo laboral, de lo civil, de lo penal y otros; no olvidamos los custodios de los centros judiciales que no son lo mismo que los Policías, como entre estos últimos están los policías de diferentes divisiones, hay policías elite y otros que protegen a las personas "importantes" los PPI, los policías de transito y los policías de turismo... luego tenemos a los agentes municipales del Cuerpo de Agentes municipales que tienen autoridad solo en la jurisdicción municipal donde desarrollan su trabajo y con respecto a cuestiones de administración del municipio, ante un arresto ellos deben llamar a la Policía Nacional Civil; luego de ellos están los vigilantes privados.

Luego están los empleados públicos administrativos de los cuales con los que más contacto tenemos los abogados son los de los tribunales, entre ellos encontramos los: 

Miembros del equipo multidisciplinario de los juzgados de familia: son especialistas en materia específica para ilustrar al juez de familia sobre la situación que se le plantea en una demanda o diligencia.

Colaboradores Judiciales: son el personal que acompaña al juez en su actividad, dentro de ellos el Secretario del Juez, siempre firma en las sentencias. Los demás colaboradores se encargan de hacer que los procesos continúen, cumpliendo plazos, gestionando diligencias, elaborando actas, archivando informes. 

Como puedes ver hay muchos actores/personajes pero en este articulo nos limitamos a aquellos con los que más tratamos los abogados, por eso el don de gentes es indispensable para desarrollar esa profesión, saber lidiar con todas las personas involucradas sabiendo que algunos tienen un modo de ser no muy agradable, otros son desconfiados, aquellos son amables, estos son descuidados, olvidadizos. Con todo eso es de lidiar y ser responsables en el trato. Recuerdo a una cliente que me reclamó porque yo no me exalté como ella para exigir a un empleado de Migración que hiciera una gestión a la cual se consideraba tenía derecho. Me reclamó, me dijo que yo no estuve a la altura, y es que mi personalidad no explota en rabietas, en gritos, en exigencias con altas voces en publico, soy más bien un abogado conciliados, conversador, llego a las personas comprendiendo su situación personal, empatizando con su trabajo; creo que es la mejor forma de arreglar las cosas. 

Espero te haya servido esta información para comprender mejor el mundo legal y sus actores.


Gracias por leer este blog.

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