viernes, 30 de septiembre de 2011

Protección de la vivienda familiar.

Ahora su familia puede vivir tranquila.

Sobre las nuevas reformas al Código de Familia, 
Ley Procesal de Familia y Código de Familia.


Cuántas personas al llegar el fin de mes, se preocupan por alcanzar a pagar el cannon de arrendamiento, y no tienen el apoyo del padre o de la madre de sus hijos. 
Apaneca, cerro con rompevientos, El Salvador.

Actualmente con las nuevas reformas en el tema de protección a la vivienda familiar se incluyen datos importantes para brindar la seguridad  que su familia tenga una casa donde poder vivir tranquilamente.

El establecimiento de una protección a la vivienda familiar cosiste en asegurar por medios legales, que un inmueble (casa o apartamento) sea destinado exclusivamente para que la familia tenga donde vivir, sin la preocupación que se les arroje a la calle o se les deje desamparados por cualquier motivo.

Dichas reformas contienen los siguientes puntos:
  •  Si el inmueble o casa tiene una hipoteca o cualquier otro gravamen, puede ser declarada vivienda familiar. Anteriormente no podía constituirse vivienda familiar sobre inmuebles que estuviesen hipotecados, pero actualmente existe la posibilidad que el juez declare una sentencia que permita proteger a la familia, prohibiendo la venta del inmueble que sirve de casa de habitación, o que por la falta de pago sea embargada.
  • La constitución de la vivienda familiar puede ser decretada por un juez de familia, por un juez de paz, y por los procuradores de familia. Anteriormente solo podía hacerse mediante los oficios de un Notario autorizado, ahora existen esas otras posibilidades que permiten al interesado buscar opciones para resguardar legalmente a su familia.
  • Puede decretarse la protección de una vivienda familiar sobre parte del inmueble; anteriormente solo podía constituirse sobre la totalidad de un inmueble que estuviese a nombre de una sola persona.
  • En una sentencia de divorcio los jueces están obligados a pronunciarse sobre la vivienda familiar, por eso si Usted está tramitando un divorcio solicite a su abogado pida al juez, se pronuncie en la sentencia de divorcio sobre la protección y uso de la vivienda familiar.
  • En los casos de familias que alquilan casa para vivir, el juez esta en la facultad de imponer una “cuota para vivienda”, que es similar a la cuota alimenticia; esta cuota para vivienda puede ser utilizada para el pago de la hipoteca del inmueble o para el pago del alquiler, o arrendamiento del inmueble que sirve para que viva la familia; incluso puede solicitarse, reclamar su cumplimiento y ser modificada. 
El incumplimiento de dicha cuota de vivienda también puede ser motivo de restricción migratoria, o denegación de documentos de identidad. 

Paseo El Carmen, Santa Tecla, El Salvador
Por eso si Usted solamente tiene la cuota alimenticia a favor de sus hijos y no le alcanza para pagar el arrendamiento, puede perfectamente por medio de su abogado, solicitar al juez se pronuncie sobre este aspecto, así su ex cónyuge deberá proporcionarle obligatoriamente una cantidad para pagar el arrendamiento de la casa donde vive con sus hijos. 
Si desea más información apegada a su caso particular
deje un comentario en este blog

jueves, 29 de septiembre de 2011

La política es el arte de conducir la sociedad a su verdadero fin.

Muchos pensadores han expuesto su ideas valiosísimas para el desarrollo y fundamentos de una sociedad más digna y humana; resalta para mi la concepción de sociedad que los filósofos Kant, Hegel y sobre todo la de Antonio Rosimni Serbati.

Antonio Rosimni Serbati (Lea aquí su biografía) es un filósofo que vivió alrededor de 1797 a 1855; en sus obras expresa que la sociedad supone la libertad, cada individuo debe considerarse como un fin del estado y no como un simple medio para lograr que todos estén bien dentro de una sociedad.

En la Constitución de la República de El Salvador, justamente se contempla esta idea en el artículo primero que dice “… se reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado...”

Agrega Rosimni entre otras ideas que.
  •  Toda persona debe cooperar con el bien común.
  • La política es el arte de conducir a la sociedad a su propio fin, es decir conducir a la sociedad para beneficio del ser humano.
  • La justicia mantenida con coherencia es el principio conductor del progreso social.
En la filosofía del Derecho suele hablarse de una escala de valores, y en la parte más alta de la misma se encuentra la dignidad humana; es a este fin donde deben orientarse todo el andamiaje lega e institucional de un Estado. Pero sobre todo cada quien debe ser constructor de la justicia, cultivando en si mismo un cuadro de valores adecuado y lógico para mantener relaciones cordiales con otros seres y respetando los derechos de otros.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

¿Cómo demandar por el ataque de un perro?

¿Ha sufrido el ataque de un animal?

Es tan común sufrir un ataque personal o daños a la propiedad,  pero casi nadie exije el pago de una indemnización, o interpone una demanda por lesiones a pesar de ser procedente la petición. 

Tener un animal en casa puede representar un grato entretenimiento personal, pero sin la debida precaución esa mascota se puede convertir en una amenaza a los vecinos.

Son incontables los casos de agresiones o daños que puede generar una mascota, encabezan la lista los perros agresivos y los gatos. Los ataques de estos animales pueden generar graves consecuencias. 

¿Sabía Usted que ante la ley, el dueño de un animal es responsable por los daños y perjuicios ocasionados por el mismo animal?

Los tipos de daños ocasionados pueden pertencer en dos grupos: 

  1. Daños en la persona.
  2. Daños en la propiedad.

Cualquier daño ocasionado en la persona o en la propiedad puede ser objeto de una demanda de indemnización por daños y perjuicios. Inclusive puede considerar entablar una demanda por los daños que el animal del vecino provocó a su mascota, ya sea que la mató o la lesionó.

En el Código Civil de El Salvador se establece la posibilidad de entablar una demanda contra el dueño de un animal, que de manera irresponsable permite que deambule por sitios donde representen algún tipo de amenaza a las personas o a la propiedad privada.

También el Código Penal de El Salvador establece el delito de lesiones culposas con prisión de hasta 3 años. La culpabilidad del dueño puede configurarse cuando, debiendo prever los posibles agresiones de su animal, le permite andar suelto amenazando así a los transeúntes.

En base a los siguientes argumentos puede formularse una demanda:
  • Si el animal con su ataque o invasión de nuestro entorno ocasionó pánico o afectación emocional.
  • Si con el ataque se sufrió una mordida grave o agresión física, provocando sangramiento o asistencia médica. 
  • En caso de ser nuestra mascota la afectada: los gastos ocasionados son una base de la demanda y más aun si fue necesaria la intervención veterinaria.
  • Si en el ataque o invasión de nuestro entorno, el animal destruyó muebles, papeles, techos u otra clase de objetos dejándolos inservibles o necesitados de reparación.
  • Si el ataque provocó la urgente atención médica o quirúrgica para recobrar la salud, con mucha más razón el afectado puede demandar al dueño del animal.


Es válida una demanda por daños ocasionados a la persona humana o a su propiedad privada. 

Toda demanda debe ser acompañada de pruebas, en estos procesos son válidos los testigos, vídeos, fotografías, constancias médicas y otros medios existentes que hagan constar que el animal, propiedad del vecino, es el responsable de los ataques o daños ocasionados.

La información aquí proporcionada es bastante general, para cada caso particular es necesario valorar la mejor opción, la prontitud en entablar la demanda puede ser la vía factible; aveces las autoridades no responden inmediatamente... y en ocasiones desconocen cómo resolver un asunto de estos, por eso consulte con un abogado particular lo más pronto posible o contacte con Acorde Jurídico.

Vea un vídeo de agresión animal haciendo click Aquí 


Puede también iniciar denuncias en los siguientes lugares:
  1. Ministerio de Agricultura y Ganadería, por la tenencia de animales peligrosos.
  2. Policía Nacional Civil.
  3. Ministerio de Salud y Asistencia Social; si el animal tiene alguna enfermedad como la rabia.
  4. Procuraduría General de la República por medio de los centros de mediación y arbitraje.
  5. Alcaldía Municipal donde existan ordenanzas de convivencia social.
Deje un comentario y obtenga más información.
Gracias por visitar este blog.

lunes, 26 de septiembre de 2011

Arrendamiento de casas.

Paseo El Carmen, Santa Tecla, El Salvador.
Este tema es muy extenso pero en estas lineas expongo una parte de ellas:

Los contratos de arrendamiento de casa por lo general se hacen en papel simple con el sello y firma de un Notario. 

Este contrato es perfectamente válido para efectos legales y sirve para amparar los derechos del que da la casa en arrendamiento, y los derechos de la persona que vivirá en esa casa arrendada, sin embargo es recomendable registrarlos en el Centro Nacional de Registros y de conformidad a las Leyes de El Salavador; mediante este trámite se le dá mayor fuerza legar y respaldo a los derechos de ambas partes contratantes; casi nadie lo hace y prefieren no registrarlo.

Una de las cláusulas comunes en este contrato es que "podrá prorrogarse por períodos iguales por las partes cuando asi lo acordaren"; cierto es que se ahorra un poco de dinero al establecer esta cláusula, pero es recomendable que ése contrato se renueve almenos cada tres periódos, puesto que las condiciones siempre cambian y será mejor contemplar las modificaiciones.

¿Quién debe pagar el contrato? 

Deberá ser el que arrienda el inmueble, pues él es quien debe garantizar su derecho de poder vivir en esa propiedad. El inquilino es un mero usufructuario del inmueble no ostenta la propiedad del mismo. Cuando el contrato se ha vencido el dueño perfectamente puede solicitar inmediatamente el desalojo del inmueble y la entrega del mismo por parte del inquilino.

SOBRE LAS LETRAS DE CAMBIO

Este mecanismo utilizado por los que arriendan inmuebles tiene el objeto de asegurar una manera de exigir judicialmente el pago de canones de arrendamiento que han vencido. Las letras de cambio son documentos con fuerza legal suficiente para demostrar ante un Juez que existe un vínculo contractual, y pueden ser utilizadas para solicitar embarguen parte del salario del deudor. Son efectivas pero su trámite y exigencia se vuelve compendioso al momento de la práctica  judicial.

¿Que hacer cuando un inquilino moroso no quiere desalojar una propiedad?

Firma de contrato.
Muchos pseudoprofesionales utilizan métodos anti-eticos para lograr que una persona o familia desalojen un inmueble alquilado, tristemente esos métodos resultan efectivos pero son de doble riesgo, pues pueden dar lugar a una demanda penal en contra de quien práctica estas medidas.

Lo más recomendable es ser puntual al momento de ir a cobrar el canon de arrendamiento. Exigir firma de contrato y Letras de Cambio, Identificar el lugar donde trabaja el contratante del arrendamiento, registrar el contrato en el Centro Nacional de Registros y finalmente utilizar los medios legales o Tribunales para exigir la desocupación del inmueble por medio de demanda.

Si Usted es el inquilino lo recomendable es que pague pronto su deuda, pues las obligaciones se deben honrar. Si Usted no puede pagar de inmediato comuníquese con el dueño o responsable de la casa y explíquele su situación, platicando se entenderán.

Obtenga más información sobre este tema escribiendo un comentario en este blog.

domingo, 25 de septiembre de 2011

Fuera de control: luego un muerto.


Una noticia del mes de septiembre en este año 2011, relataba como un vigilante de una agencia financiera asesinó a un cliente después de discutir por no apagar el celular dentro de la institución financiera. Luego de intercambio de insultos y palabras altisonantes, el vigilante desenfundó su arma de fuego y le asestó unos disparos.

 Este hecho además de un delito es el reflejo de los altos niveles de estrés e intolerancia ciudadana que se vive en nuestro país, producto de múltiples factores, entre esos los económicos y psicológicos de cada persona.

Psicológicos: muchos vigilantes no son aptos psicológicamente para desempeñar un cargo tan delicado cuyo fin principal es mantener el orden y la seguridad de las personas. Un desequilibrio mental o la falta de autocontrol de las emociones pueden hacer cometer un grave daño a su entorno; tal es el caso de esta noticia en el que ese vigilante pasó de ser un garante de seguridad a una amenaza de seguridad.


Económicos: El dinero no es la felicidad pero ayuda mucho a tener cierta tranquilidad. Existen muchísimos casos en los que  vigilantes han utilizado su arma de fuego para cometer ilícitos y conseguir más dinero del que les pagan en su desempeño como vigilantes. Los salarios por ser vigilante son sumamente bajos, esto sumado a la explotación laboral relacionada a extensas jornadas de vigilia nocturna y diurna, hacen que estas personas sean una real amenaza para la ciudadanía común y corriente.

Finalmente cultivar el autocontrol depende de cada quién. Esto mejoraría sustancialmente las relaciones personales de cada uno y su entorno también se vería beneficiado.

sábado, 24 de septiembre de 2011

Compra-venta de vehículos


Llega ese día en que vamos a comprar un vehículo y quizá sea el primero, pero aunque se tenga experiencia en compra y venta de carros no debe dejar de poner en práctica estos consejos, que le ayudarán para que esta transacción no resulte un problema posterior.

  • Verifique que la tarjeta de circulación esté a nombre de esa persona que le está vendiendo: suele suceder que muchas personas no hacen el trámite correspondiente para que un carro esté a su nombre y circulan con ese vehículo a nombre de otras personas. Esto le generará inconvenientes y gastos extra al momento de registralo en SERTRACEN.
  • Asegurese que los números de placa, carácteristicas de la carrocería, número de motor, de chasis vin y otros datos estén bien identificados y que coincidan con lo que menciona la tarjeta de circulación. Si no lo hace es probable que esté comprando un vehículo con alteración en sus características y en caso de una inspección policial usted tendrá que responder por esas alteraciones.
  • Busque siempre ser acompañado al ir a ver un vehículo o al intentar negociar con un comprador.
  • Verifique en SERTRACEN si el vehículo tiene alguna esquela o multa pendiente de pago. Esto lo puede hacer directamente en las oficinas de SERTRACEN o via internet.
  • Es preferible comprar un vehículo que ya ha pasado el proceso de cambio de placas dispuesto por el gobierno desde el año 2011, si no lo ha hecho, al menos asesórese con un mecánico profesional para verificar que su compra es bastante segura.
  • Identifique a su vendedor, guarde una copia de su Documento Único de Identidad.
  • Registre su compra lo antes posible en SERTRACEN: no espere que la tarjeta de circulación llegue a su vencimiento para el cambio. Hágalo lo más pronto posible para asegurar su propiedad. El trámite es personal y muy rápido, evite ser chantageado por personas que rondan las instalaciones de SERTRACEN.
Solicite más información sobre este tema en 
deje un comentario en este blog

Jornadas y horarios de trabajo

¿Cuántas horas al día trabaja Usted?

En la historia se registran revoluciones y desarrollos en el derecho laboral, uno de los más debatidos es el horario de trabajo. 

Al inicio de la revolución industrial los empleados trabajaban como esclavos y por una paga miserable. Actualmente se han definido normativas que regulan esta situación; existen pa♂ses cuyos salarios y horarios de trabajo no son equiparados de tal forma que existe aun mucha explotación laboral.

¿Ha trabajado usted más de las horas pactadas inicialmente?.

Es algo común que los empleados por el temor a ser despedidos extiendan sus horarios de trabajo, y el empleador no dice nada. O bien el empleador le pide que se quede más tiempo trabajando del que se le ha dicho o pactado en el contrato. Lo más triste en ambos casos es que no sea reconocido ese esfuerzo extra.

Los horarios laborales se dividen en diurnas y nocturnas: las diurnas comprenden desde las 6:00 horas hasta las 19:00 horas de un mismo día. 

Las nocturnas comprenden desde las 19:00 horas hasta las 6:00 horas del siguiente día.

También se clasifica la jornada laboral en Ordinaria y Extraordinaria: la jornada Ordinaria diurna no excederá de 8 horas diarias; la nocturna no excederá de 7 horas diarias.

Considerase tiempo de trabajo efectivo todo aquel que el trabajador esta a disposición del patrono, lo mismo que en las pausas indispensables para comer, descansar o satisfacer otras necesidades fisiológicas dentro de la jornada de trabajo.

El pago de horas extraordinarias tiene un calculo diferente al de las jornadas ordinarias.

Defienda sus derechos exíga el pago de sus horas conforme lo establecen las leyes, haga uso de sus herramientas para que los derechos laborales se respeten

Consulte más, escriba un comentario en este blog.

viernes, 23 de septiembre de 2011

Despido laboral. Defienda sus derechos.

Con esta crisis económica mundial las noticias anuncian una creciente pérdida de empleos, muchos de ellos se dan sin estar apegados a las leyes laborales, dañando gravemente al empleado y dejándolo en una situación de vulnerabilidad especialmente sin su fuente de ingreso.


¿Cómo defender sus derechos laborales?


Hay muchos aspectos a considerar en un despido, trataré ilustrar brevemente lo que Usted no debe pasar por alto al momento de ser despedido; le recomiendo ponerse en contacto con un profesional del derecho lo antes posible.

Contrato de trabajo: 

Aunque no tenga contrato laboral por escrito, Usted puede demostrar que trabajó para ese empleador o jefe; la ley establece que se presume legalmente la existencia de un contrato simplemente con haber trabajado para ese patrón por dos días consecutivos. 


Derecho a indemnización en dinero.
Al ser despedido tiene derecho a ser indemnizado con una cantidad equivalente al salario básico. Habrá que hacer un cálculo especial para saber cuánto deberán pagarle; inclusive puede solicitare los salarios que no se devengan mientras se tramita la indemnización por despido injustificado, a esto se le conoce como "salarios caídos".

Sin razón para ser despedido.
La ley presume legalmente que todo despido de hecho es sin justa causa. 


Despido de hecho sin justa causa, significa que su patrón le despidió sin haber tenido una razón de peso para despedirlo. La ley establece cuáles son esas razones de peso. Su patrón o jefe no puede alegar simplemente que ya no lo necesita y despedirle, debe justificar y probar ese despido apegándose al derecho y a lo que establece la ley.

Tiempo límite para reclamar indemnización.
Si ha decidido demandar a su patrono por una indemnización por despido injustificado, debe hacerlo antes de que hayan pasado 60 días desde que lo despidieron, existen plazos para reclamar judicialmente, si este plazo se vence usted no tendrá otra opción que soportar la injusticia.

Opciones para solicitar ayuda
Tiene dos opciones básicas a considerar para solicitar una indemnización laboral por despido injustificado: acudir directamente al Ministerio de Trabajo de El Salvador, o bien solicitar asesoría jurídica con su abogado de confianza lo más pronto posible.


Si desea más información sobre este tema escriba un comentario en este blog

jueves, 22 de septiembre de 2011

La diversión no es un lujo, es una necesidad.

La diversión por el hecho de producir risas y satisfacción suele considerarse algo que está para momentos de ocio y debe dejarse para después de las tareas "importantes".

Esto... es un error


La diversión debería incluirse en la mayoría del tiempo en el que se vive a diario, lastimosamente cunado las personas crecen van abandonando ese nato sentimiento de jugar y divertirse a toda hora. La diferencia sustancial entre un adulto y un niño debería ser exclusivamente que la diversión se hace con responsabilidad.


Ya adulto deberíamos ejercer la profesión que nos llena de ilusión y emociones de tal forma que la diversión sea parte diaria al ejercer.


La diversión debe ser de calidad, no mediocre, debe procurar la satisfacción completa de la necesidad de divertirse para lograr a felicidad completa.

No existe más triteza que ser adulto sin motivos para vivir o desempeñar el trabajo que más nos gusta.


Recientemente asistí a un show de bailarines de Georgia, es un espectáculo inigualable: al ver como desempeñan su trabajo se detecta inmediatamente el gusto y la pasión con la que hacen cada movimiento, sin lugar a duda esas personas disfrutan y se divierten 24 horas al día con su profesión.


Es el punto: si se divierte con su profesión estará destinado unicamente al éxito en todas su fomras de expresión, sea econónmica, social, laboral, personal, etc.


Diviertase lo más que pueda, la vida es muy corta para sufrir. El mundo está lleno de situaciones para divertirse tal como el simple hecho de ver a las personas caminar en un parque o ver a su mascota jugar con un artefacto determinado.

Lo correcto

Es divertirse, reir, gozar cada momento para alargar nuestra vida o bien para que ese momento pequeño que pasaremos en esta tierra sea el mejor momento de la história. 


miércoles, 21 de septiembre de 2011

¿Cómo hacer un divorcio en El Salvador?

Abordemos el tema con sencillas palabras y sin entrar en muchos detalles técnicos.

Lo primero que debe saber es que en El Salvador, puede divorciarse aun cuando su pareja le diga que no le dará la firma para el divorcio. Usted puede elegir permanecer o disolver su unión conyugal ante la ley cuando le plazca, no necesita autorización o visto bueno de nadie.

Los segundo es que puede divorciarse estando físicamente en El Salvador, o por medio de un abogado con autorización especifica para promover su divorcio.

Lo tercero: ¿por donde comenzar para divorciarse?.  


El divorcio consiste en la ruptura completa del vínculo jurídico que une a una pareja ante la ley. 

Luego de tener a su abogado elija entre las tres modalidades para iniciar un proceso de divorcio ¿cuál le conviene más?:
  • Por separación de los cónyuges por uno o más años consecutivos. 
  • Por mutuo consentimiento.
  • Por ser la vida entre los cónyuges insostenible e intolerable.

Cada una de las modalidades tiene sus detalles peculiares, el más sencillo de tramitar es el divorcio por mutuo consentimiento donde se firma un convenio de divorcio y se disuelve el vínculo jurídico. Esta vía es la más rápida y económica.

En las otras dos vías restantes (divorcio por separación de los cónyuges por uno o más años consecutivos y el divorcio por ser intolerable la vida entre los cónyuges), el proceso es más largo y complicado para los cónyuges y la familia en general. Debe plantearse una demanda en un Tribunal de Familia; demanda que debe ser acompañada de pruebas, entre ellas testigos que conozcan del tema del divorcio. 

Todo divorcio debe ser tramitado juntamente con su abogado y termina con una sentencia judicial.

REQUISITOS PARA HACER UN DIVORCIO:

Puede comenzar por recabar documentos para presentar al abogado que ya eligió. Mencionaré solamente los requisitos básicos y comunes a todo divorcio, no obstante hay que tener presente que cada divorcio es muy diferente a todos los demás.
  • Partida de matrimonio.
  • Una Partida de nacimiento de cada uno de los cónyuges.
  • Una Partida de nacimiento de los hijos procreados dentro del matrimonio; aun si fuesen mayores de edad, deberán presentarse juntamente con la demanda o la solicitud de divorcio.
  • Pruebas documentales: constancias, escrituras y otros.
  • Testigos que puedan dar testimonio de los hechos planteados en la demanda.

Cuando los cónyuges están de acuerdo en que van a divorciarse la modalidad es divorcio por mutuo consentimiento y en este caso se omite la prueba testimonial.


Es importante señalar que los procesos de divorcio son desgastantes emocionalemete para toda la familia y se recomienda recibir asistencia psicológica.

Comente su experiencia 
¿Ha pasado por un divorcio?
¿Cómo lo atendió su abogado?
¿Qué le hubiera gustado al tramitar su divorcio?

Gracias por su comentario y por visitar este blog.

lunes, 19 de septiembre de 2011

Caso fortuito o fuerza mayor.

La normativa civil de El Salvador contempla un término que vale la pena dedicar un poco de reflexión, puesto que muchas personas la utilizan sin conocimiento o bien no es empleada en su justa dimensión.

Sobre  el caso fortuito o fuerza mayor.
Primero veamos lo que establece el código Civil de El Salvador:
Art. 43.- Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.


El caso fortuito o fuerza mayor es un término que se aplica a aquellos acontecimiento en los que no se puede preveer su resultado o bien no es posible haber contemplado la existencia del mismo previamente.

Caso fortuito debe entenderse aquellos acontecimientos emergentes de los cuales no se puede tener un control determinado en su producción.

Fuerza mayor debe entenderse una situación o acontecimiento que obliga a una persona a realizar un acto determinado o a omitir ese acto, debidas las circunstancias que le rodean. El caso típico es no poder cruzar un río determinado debido a que creció su cause sin haber podido preveer dicho acontecimiento.

El Caso fortuito o fuerza mayor es alegado comumnete en los Tribunales como una medida dilatoria en los días en que se ha fijado para la realización de una audiencia. El Abogado debe ser astuto al momento de alegar este justo impedimento para no asistir, y además deberá amparar dicha justificación con pruebas fidedignas.


Consulte más sobre este tema 
deje un comentario en este blog

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...